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Presentan proyecto para obligar a autoridades eclesiásticas de culto a denunciar delitos


Los senadores Alejandro Navarro (MAS), Lily Pérez (RN), Camilo Escalona (PS), Antonio Horvath (RN) y Pedro Muñoz (PS) presentaron una moción para incluir a los sacerdotes, pastores y diáconos dentro del listado de autoridades o representantes del Estado que tienen la obligación de informar hechos que, por sus características, revisten caracteres de delitos.

La iniciativa que será analizada por la Comisión de Constitución del Senado, modifica el Código Procesal Penal y señala que las autoridades eclesiásticas o de culto superiores, de cualquier confesión religiosa, sean de derecho público o derecho privado, y, en general los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos y sacerdotes, estarán obligados a denunciar a las autoridades competentes los delitos cometidos por personas consagradas institucionalmente a su respectivo culto, en ejercicio o con ocasión de su

ministerio.

A juicio de los legisladores impulsores de la iniciativa «la obligación que la ley ha impuesto a ciertas personas, en torno a denunciar la comisión de delitos, dice relación con la responsabilidad que tienen respecto del bienestar de otras personas a su cargo y de la sociedad toda».

Es por ello que consideran que «no existe argumento alguno que justifique no incorporar a este catálogo de personas obligadas a denunciar, a los jefes eclesiásticos, o autoridades responsables por personas que han consagrado su vida institucionalmente a una determinada doctrina de fe, en cuanto estos cometan delitos o bien sean víctima de alguno en especial».

Recordaron que «en los últimos años hemos asistido a un aumento sostenido de denuncias por delitos sexuales cometidos por sacerdotes católicos y protestantes. Con todo, los hechos que más han causado revuelo mediático han sido hechos en los que se han visto involucrados sacerdotes pertenecientes a la doctrina católica».

A raíz de lo anterior, las autoridades eclesiásticas, han optado por investigar internamente dichas situaciones, amparándose en el secreto de confesión, que «si bien es legítimo, desde la óptica de su fe, no constituye un obstáculo válido para que el derecho impere», dijeron los parlamentarios

upi/jp/cf

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