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El 1 de julio se conocerá si procede o no levantar secreto bancario a cuenta de la Quintrala


La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago fijó para el 1 de julio la lectura de sentencia del incidente que definirá si procede o no la petición formulada por el Ministerio Público para levantar el secreto bancario a la cuenta de María del Pilar Pérez, a fin de obtener mayores pruebas en su contra.

Lo anterior, luego que el Ministerio Público impugnara la decisión del juez de garantía Daniel Aravena de excluir como prueba para el juicio oral un informe financiero en el cual se demuestra que adquirió un celular que facilitó al sicario José Mario Ruz Rodríguez, autor material del asesinato del ingeniero Diego Schmidt-Hebbel.

Al respecto, el fiscal Carlos Gajardo, afirmó que «se trata del monitoreo de una tarjeta de crédito que da cuenta que en un día específico, el 26 de febrero, la imputada hizo una compra en una tienda que coincide efectivamente con la compra de un teléfono celular incautado posteriormente en poder del imputado Ruz Rodríguez después del asesinato de Diego Schmidt Hebeel».

Junto con esto, el persecutor comentó que «básicamente porque confirma la prueba del Ministerio Público que es que la imputada le proporcionó el teléfono a Rodríguez y para eso es importante acreditar que ella misma lo compró con su tarjeta de crédito (…) en su oportunidad se solicitó levantamiento del secreto mediante autorización judicial y en este caso no era necesario por lo tanto no se solicitó».

El defensor penal público, Andrés Ruitord, sostuvo que «las pruebas obtenidas vulneran el derecho de garantía de mi representaba, no se contaba con autorización judicial necesaria y por lo tanto no es una prueba válida para el inicio del juicio. El secreto bancario requiere previa autorización judicial y nosotros creemos que no es tanto el contenido sino la forma en que se obtuvo la prueba, no es una prueba válida para el inicio del juicio y vulnera el derecho de privacidad y del debido proceso.»

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