Publicidad

Suprema confirma sentencia del TDLC que multó a Telefónica Móviles por discriminación


La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó por unanimidad la sentencia del Tribunal de Libre Competencia (TDLC) que acogió las demandas interpuestas por OPS Ingeniería Ltda., ETCOM S.A., Interlink Global Chile Ltda. y Sistek Ltda. en contra de Telefónica Móviles de Chile S.A. (TMCH) y condenó a esta última al pago de una multa de tres mil UTA.

En su sentencia, de octubre de 2009, el TDLC determinó que TMCH incurrió en una práctica de discriminación arbitraria de precios, que se tradujo en un estrangulamiento de los márgenes de sus competidores en el mercado de prestación de servicios de terminación de llamadas fijo-móvil on-net, y en una práctica de negativa de venta, con el objeto de traspasar su posición dominante en la telefonía móvil al mercado de prestación de servicios de terminación de llamadas fijo-móvil on-net.

Por otro lado, el TDLC desechó las demandas de OPS Ingeniería Ltda. y Sistek Ltda. en la cual solicitaban que se sancionara a TMCH por supuestos bloqueos de servicios.

Por todo lo anterior, el tribunal prohibió a la Telefónica Móviles cobrar a las empresas que ofrecen el servicio de terminación de llamadas fijo-móvil on-net, precios arbitrariamente discriminatorios, respecto de los que establecen para sus demás clientes del servicio de telefonía móvil y le ordenó que se abstenga en el futuro de realizar cualquier hecho, acto o convención que signifique discriminar en relación a las características de quien accede a sus servicios, salvo que ello se funde en circunstancias objetivas y aplicables a todo el que se encuentre en las mismas condiciones.

upi/mf/cf

Publicidad

Tendencias