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Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso a favor de comuneros mapuche en huelga de hambre


La Corte de Apelaciones de Temuco acogió este martes, en fallo unánime, el recurso de protección presentado por el director regional de Gendarmería de la Araucanía, Marco Fuentes Mercado, a favor de los comuneros mapuche que se encuentran en huelga de hambre en las cárceles de Temuco y Angol.

«Se acoge el recurso de protección deducido por don Marco Fuentes Mercado, a favor de los internos ya individualizados, sólo en cuanto se accede a la peticiones que se declara que la decisión adoptada por los protegidos constituye un atentado a la vida e integridad física de ellos», sostiene el fallo.

El tribunal de alzada autoriza al personal del servicio de prisiones a adoptar las medidas conducentes para internar, en caso de urgencia, a los huelguistas en un centro hospitalario. Esto último «a objeto de que se les brinde una total y completa atención médica en el resguardo de la salud de los protegidos hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio de que haga uso de las demás facultades que le confiere (…) respecto a la alimentación de los mismos de manera de asegurarles su vida e integridad física».

Este fallo se une al emitido ayer lunes por la Corte de Apelaciones de Concepción que también acogió un recurso de protección presentado por otro director regional de Gendarmería, Jorge Mera de la repartición del Bío Bío, por los mapuches que se encuentran en huelga de hambre en esa región.

En esa resolución se estableció que se acogía el recurso indicando que «la huelga de hambre de los internos ya individualizados es potencialmente atentatoria contra sus vidas e integridades físicas», por lo que «se autoriza a Gendarmería de Chile para adoptar todas las medidas que sean necesarias para mantener el buen estado de salud de aquellos, debiendo recibir la atención, cuidados y prescripciones médicas en lo relativo a su alimentación, como también los posibles tratamientos medicamentosos que cada caso amerite, pudiendo incluso, ser trasladados para tales efectos, en situaciones de urgencia, al establecimiento hospitalario que se determine y con las debidas medidas de seguridad», sostiene ese fallo.

upi/so/pa/jp/bp//

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