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Empresa debe indemnizar a dueños de terreno afectado por construcción de vía


En fallo unánime la tercera sala de la Corte Suprema determinó este viernes que empresa constructora Claro, Vicuña y Valenzuela S.A debe cancelar una indemnización a los propietarios de un terreno aledaño a una carretera que resultó con serios daños por la deficiente construcción de la vía.

El monto se determinará más adelante.

La beneficiaria de la compensación económica será Angélica Barrueto Valenzuela, propietaria de un terreno aledaño a la ruta M 24-K Qilvongo-Puente Lautaro, ubicada en la Región del Maule y que se vio afectada por los trabajos realizados por la firma.

La sentencia determina que Claro, Vicuña y Valenzuela S.A. es responsable por el mal emplazamiento de la vía que causó, entre otras, serias inundaciones en el terreno de la mujer demandante.

«Que a través de la prueba antes descrita se ha acreditado que la Empresa Constructora Claro, Vicuña, Valenzuela S.A., desarrolló la obra de la cual fue contratista del Ministerio de Obras Públicas, consistentes en la pavimentación de la ruta M24-K, Quivolgo puente Lautaro, en forma deficientes, lo que fue reconocido por su propia parte y que a consecuencia de esa mala construcción se le ocasionó al actor daños, traducidos en perjuicios físico en la propiedad de la demandante, que se produjeron y se seguirán produciendo si esta situación no se modifica», sostiene la resolución.

upi/so/pa/cf

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