Publicidad

Corte de Puerto Montt acoge recurso de estudiante contra universidad


En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección presentado por un estudiante de Ingeniería de Ejecución Industrial, a quien se le negó el reintegrarse a la Universidad Aconcagua tras cancelar una deuda pendiente.

Los ministros Teresa Mora Torres, Hernán Crisosto y la fiscal judicial Mirta Zurita, decidieron acoger la acción cautelar presentada por Nicolás Núñez Guineo contra la casa de estudios.

El estudiante -que cursó dos años la carrera de Ingeniería de Ejecución Industrial y mantuvo una deuda por tres años más-, intentó retomar sus estudios; sin embargo, la universidad le negó tal derecho aduciendo razones académicas.

El fallo establece que no se dieron razones justificadas de por qué se le negó la matrícula al estudiante, pese a que cumplía con los requisitos para retomar la carrera.

Así, la resolución judicial señala que «del análisis de estas normas aparece claro que el recurrente sólo reprobó una vez dos asignaturas en el segundo módulo del cuarto semestre, esto es, Operaciones Unitarias y Legislación Laboral, no habiéndose señalado en el informe por la recurrida las razones por las cuales a este alumno no se le otorgaron los derechos a cursar por segunda vez dichas asignaturas, ni a cursarlas en la modalidad de tutoría o gracia que contempla el Reglamento Académico, privándosele injustificadamente de su calidad de alumno regular, vulnerándose su derecho de propiedad sobre dicho bien incorporal, su derecho a la enseñanza y derecho de igualdad, por no otorgársele las oportunidades que el Reglamento Académico contempla, en su artículo 44, para cursar por segunda oportunidad las asignaturas reprobadas por primera vez, a todos los estudiantes, recibiendo el recurrente un tratamiento discriminatorio perjudicial por parte de la recurrida, que no ha aportado antecedentes que fundamenten adecuadamente su decisión».

El dictamen agrega que por estas consideraciones la universidad debe «mantener la calidad de alumno regular, debiendo ser restituido a clases con todos sus derechos y obligaciones».

La decisión se tomó con el voto en contra del ministro Crisosto, quien consideró que no se produjo vulneración de derechos y que la decisión se encuentra ajustada los reglamentos de la casa de estudios.

upi/pa/cdr

Publicidad

Tendencias