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Justicia ordena a colegio reincorporar a joven que no le renovaron matrícula por tener promedio bajo


La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección presentado por la madre de un adolescente en contra del Colegio San José, que no le renovó su matrícula por tener una calificación promedio inferior a 5,5 y le ordenó reincorporarlo inmediatamente al curso que le corresponde este año (Cuarto Medio).

En fallo unánime, los ministros de la Sala de Verano del tribunal de alzada Álvaro Mesa, Leopoldo Llanos y Fernando Carreño, acogieron la medida cautelar, advirtiendo que el plantel educacional incurrió en un acto arbitrario e ilegal al condicionar la renovación de la matrícula a la obtención de un 5,5 promedio anual. Toda vez que el menor había obtenido un 5,4 como nota promedio.

El fallo determina que este tipo de exigencia atenta contra el Interés Superior del Niño, la Convención de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, y la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, número 2 de la Constitución Política; esto es, la igualdad ante la ley.

«La recurrida no ha permitido la plena satisfacción de los derechos, deseos y sentimientos del alumno. Lo que le ha transmitido no es disciplina, sino miedo; no lo que significa la superación, sino el fracaso: no lo que significan lo valores, sino el utilitarismo colectivo del colegio por tener logros académicos. En esas circunstancias claramente tanto la comunicación verbal de 29 de diciembre de 2010, como la carta de 5 de enero de 2011, son actos arbitrarios, carentes de racionalidad y fundamento, pues se ejerce discriminación sobre un menor, sin dar motivos realmente plausibles, del por qué no se quiere renovar la matrícula», establece la resolución.

upi/so/pa/bp//

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