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Condenan a Registro Civil a indemnizar a mujer por error en herencia


La Corte Suprema condenó al Servicio de Registro Civil e Identificación a pagar una indemnización de perjuicios que asciende a $9 millones a Ena Muñoz Contreras, una mujer que fue afectada por el actuar negligente de la institución, al autorizar erróneamente la inscripción de una herencia.

En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala Héctor Carreño, Sonia Araneda, Carlos Künsemüller y Haroldo Brito, además del abogado integrante Rafael Gómez, acogieron el recurso de casación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había dejado sin efecto el pago compensatorio por los hechos denunciados.

Los hechos dan cuenta que el Registro Civil incurrió en un error en favor de una persona que no era heredera legítima de una vivienda ubicada en el sector de Miraflores de Viña del Mar. Al autorizar la posición efectiva al tercero, éste la vendió, provocando un perjuicio al patrimonio de Ena Muñoz.

«Es efectivo que puede haber errores y para ello la ley otorga los mecanismos de solución, pero no es aceptable que en dos programas computacionales utilizados por la institución, a saber sistema de red familiar y programa computacional denominado «monito web» (fojas 46 de la contestación de la demanda), el sistema haya arrojado la existencia del matrimonio de la causante en el año 1944, que ella era viuda, que tenía hermanos que murieron antes que ella, que tenía un sobrino nieto y no haya podido determinar la existencia de una hija debidamente inscrita con posterioridad al año 1944, por lo que ciertamente el Servicio no funcionó como se esperaba que debía hacerlo», sostiene la resolución.

upi/pa/cvl

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