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Corte Suprema declara ilegal retención de títulos a alumnos morosos de universidades


La Corte Suprema ratificó la ilegalidad en que incurrieron dos casas de estudios al negarle a ex alumnos documentos propios de su vida estudiantil por tener deudas previas con ellas.

En dos fallos de la Tercera Sala del máximo tribunal del país, se ratificaron las decisiones de las Cortes de Apelaciones de Temuco y Puerto Montt que acogieron dos recursos de protección en contra de las universidades de La Frontera y San Sebastián.

En el primer caso se detectó la vulneración de los derechos constitucionales de Andrea Reuca Neculman, a quien en diciembre de 2010 se le negó por parte de la Universidad de La Frontera el certificado de título de la carrera de Historia y Geografía que cursó y aprobó en 2009, por mantener una deuda de aranceles de poco más de $1 millón.

«(La decisión de la casa de estudios) debe estimarse como arbitraria, desde que manifiestamente aparece desprovista de una adecuada fundamentación racional», dice la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco ratificada por la Suprema.

Mientras que en el caso de Puerto Montt, el tribunal de alzada acogió un recurso presentado por Francisca Sáez Suárez contra la Universidad San Sebastián, a quien, al igual que el caso anterior, se le negó su certificado de título en abril de 2011 tras aprobar toda la carrera de medicina veterinaria, por mantener una deuda de poco más de $3 millones.

«(La decisión de la casa de estudios) es injustificada y carente de razón lógica y por lo tanto arbitraria, puesto que condiciona la entrega del certificado al pago de la deuda pendiente y con ello discrimina a la actora al privarla de la documentación que necesita y a la que otros ex alumnos en su misma situación académica pueden acceder», dice el fallo de la Corte de Puerto Montt que ratifica el máximo tribunal del país.

upi/so

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