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Corte de Concepción desestima desaforar a diputado Jorge Sabag (DC)


El pleno de la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el desafuero del diputado Jorge Sabag (DC) tras analizar la solicitud formulada por el Ministerio Público para indagar el supuesto delito de negociación incompatible.

En fallo dividido de siete votos contra seis, la instancia judicial integrado por los ministros Claudio Gutiérrez (presidente) Sara Herrera, Renato Campos, María Leonor Sanhueza, Eliseo Araya, Juan Villa, Diego Simpértigue, Juan Rubilar, Jaime Solís, Carlos Aldana, Rosa MacKay, Hadolff Ascencio y Juana Godoy rechazaron la solicitud por encontrar insuficiente los antecedentes aportados para despojar de inmunidad al parlamentario.

«Que analizados los referidos antecedentes de acuerdo con las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, se concluye que tales indicios resultan insuficientes para llevar a esta Corte de Apelaciones al convencimiento necesario para formular la declaración de haber lugar a la formación de causa en contra del H. Diputado señor Sabag Villalobos en relación a los hechos que se le imputan en la investigación realizada por el Ministerio Público y que se relaciona con una eventual comisión del delito de fraude al Fisco, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal y, subsidiariamente, de negociación incompatible, que contempla el 240 del citado cuerpo legal, como, asimismo, que exista la presunción de haber tenido el nombrado parlamentario alguna participación en los mismos, lo que motivará, en definitiva, el rechazo de la solicitud de desafuero», consigna el fallo.

La resolución se adoptó con el voto en contra de los ministros Claudio Gutiérrez, Sara Herrera, María Leonor Sanhueza, Eliseo Araya, Jaime Solis y Rosa MacKay que consideraron que en esta etapa procesal bastan los antecedentes aportados:

«Que al respecto, estos sentenciadores estiman que la petición de desafuero del Honorable Diputado don Jorge Eduardo Sabag Villalobos, se aviene perfectamente con los antecedentes acumulados durante la investigación efectuada por el Ministerio Público, y ello no puede ser entendido, en caso alguno, como una desprotección para la mencionada autoridad pública, precisamente porque dentro del procedimiento judicial podrá ejercer todos los derechos que estime le correspondan. (…) Que atendido lo anterior, es que se estima que el desafuero solicitado respecto del señalado parlamentario, otorgado que fuere, será la necesaria consecuencia del principio de igual protección de la ley en el ejercicio de todos los derechos de este último, ya que en el Juicio Oral podrá hacer valer las eventuales deficiencias que haya detectado en la investigación, cuestionar el mérito de los antecedentes reunidos, si procediere, discutir la naturaleza jurídica de las asignaciones parlamentarias, la calidad legal de los fondos de las mismas, el carácter de empleados o funcionarios públicos de los parlamentario y, finalmente si el inmueble arrendado en calle Rio Claro N° 1.050 constituye o no una sede u oficina distrital», sostuvieron los disidentes.

upi/so//

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