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Presentan reforma sobre cierre de faenas mineras para yacimientos con hidrocarburos


A la Comisión de Minería y Energía del Senado fue remitido para su estudio el proyecto de ley sobre condiciones especiales para el cierre de faenas mineras de yacimientos que contengan hidrocarburos.

El proyecto, iniciado en moción de los senadores Jaime Orpis, Isabel Allende, Ximena Rincón, José Antonio Gómez y Baldo Prokurica, busca que el Presidente de la República, vía decreto supremo, establezca condiciones especiales para el cierre de faenas mineras de yacimientos que contengan hidrocarburos y que éstas se rijan por lo indicado en la ley respectiva.

El texto legal señala que «la exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo».

Añade que «no obstante, la facultad del Presidente de la República para fijar los requisitos y condiciones inherentes a cada provecto, en materia de cierre de faenas mineras deberá regirse por lo consagrado en la ley respectiva».

Agrega que esta norma «se aplicará también a los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional y a los situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional».

Igualmente especifica que «el Presidente de la República podrá poner término en cualquier tiempo, sin expresión de causa y con la indemnización que corresponda, a las concesiones administrativas o los contratos de operación relativos a explotaciones ubicadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional».

Cabe recordar, que la ley, sobre cierre de faenas mineras, fue aprobada recientemente en el Congreso Nacional. Ésta señala que el cierre de las faenas de la industria extractiva minera se regirá por ella, sin perjuicio de las demás normas que resulten aplicables en los ámbitos específicos de su competencia.

upi/so

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