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Seguros de cesantía no serán exigibles a jubilados a menos que cuenten en un contrato de trabajo


En condiciones de ser analizado por la Sala del Senado quedó el proyecto, en primer trámite, que evitará el cobro de seguros de cesantía en créditos otorgados a jubilados.

Lo anterior luego que la Comisión de Economía concluya el despacho del articulado de la iniciativa.

Así lo dio a conocer el senador José García Ruminot (RN), integrante de la instancia quien explicó que «se acordó una redacción que agrupa varias indicaciones que presentaron los senadores y que apunta a que no se podrá cobrar seguros de cesantía a personas que tienen por único ingreso una pensión».

Sin embargo precisó que «sí procederá este cobro de seguros de cesantía cuando el pensionado cuente con un contrato de trabajo porque hay personas que después de que jubilan continúan trabajando y suman los ingresos de la pensión y del nuevo contrato para aumentar su capacidad de crédito».

García Ruminot detalló que «en ese caso, se les va a poder cobrar seguros de cesantía porque obviamente, están sumando sus ingresos de la remuneración proveniente del contrato».

El legislador RN agregó que «hemos dejado establecido en forma categórica que los pensionados que tengan por único ingreso su jubilación no se les podrá cobrar seguro de cesantía por los créditos que soliciten a cualquiera de las instituciones bancarias o del retail».

upi/so/

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