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Oceana valora fallo contra termoeléctrica Castilla y plantea retiro del proyecto


La organización internacional de conservación marina Oceana, destacó el reciente fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta a favor de los vecinos y pescadores de Totoral, quienes habían presentado un recurso de protección contra la aprobación de la Central Termoeléctrica Castilla, en la Región de Atacama.

Los magistrados acogieron la tesis de los detractores del proyecto termoeléctrico que considera un aporte de 2.100 megawatts al Sistema Interconectado Central (SIC). Los jueces de Antofagasta actuaron como subrogantes legales de sus pares de Atacama, debido a que éstos señalan estar inhabilitados por haberse pronunciado sobre el mismo tema anteriormente.

El director ejecutivo de Oceana, Alex Muñoz, sostuvo que la sentencia «confirma que la Central Castilla obtuvo su permiso ambiental de manera irregular. Sin embargo, lo más importante es que este hecho nos da una oportunidad como país para evitar el error que significa construir hoy la termoeléctrica a carbón más grande de Sudamérica. Nuestro futuro energético debe estar en las energías renovables no convencionales, especialmente en el norte del país donde la energía solar y eólica son abundantes».

El 15 de febrero de 2011, el entonces Seremi de Salud de Atacama, doctor Nicolás Baeza Prieto aprobó la instalación del proyecto termoeléctrico en la zona de Totoral, ya que consideró que su producción era solamente «molesta» y no «contaminante», tal como ya lo había señalado su antecesor, Raúl Martínez, contraviniendo lo que el 19 de enero de 2010 había dicho la autoridad en esa época, Pilar Merino.

Al respecto, el ex seremi Baeza resaltó que: «yo estoy absolutamente tranquilo que la decisión adoptada en la Comisión de Evaluación Ambiental en su momento era la técnicamente correcta, donde además le hicimos ver a la empresa MPX una serie de exigencias medioambientales para el correcto funcionamiento de la planta Castilla».

En todo caso, la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta es apelable ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema, como última instancia.

«Se incurre en una ilegalidad (…) que permitió calificar de molesta una industria contaminante, permitiendo su emplazamiento en un lugar que de acuerdo al Plan Comunal sólo admite bodegas o establecimientos industriales molestos o inofensivos, ilegalidad que importa una vulneración al 19 N° 8, esto es el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación vulneración que afecta directamente a los recurrentes quienes representan a personas naturales que pueden ver afectado su entorno al calificar simplemente de industria molesta el proyecto Central Termoeléctrica Castilla lo que en definitiva podrá permitir calificar favorablemente dicho proyecto en un emplazamiento que no corresponde», concluye el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

upi/so//

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