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SVS deja a disposición del mercado propuesta normativa que regula a corredores de bolsa


La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) presentó este martes una propuesta de normativa que regula el actuar de los corredores de bolsa, agentes de valores y corredores de la bolsa de productos, elevando los estándares, la cual quedó a disposición para comentarios del mercado hasta el 18 de noviembre.

La propuesta incluye elevar los estándares relativos a conflictos de interés, perfil de inversionista y registro de operaciones. Para esto, los intermediarios deberán establecer e implantar políticas, procedimientos y controles que den garantía que su actuar estará guiado por los principios y criterios mencionados en la propuesta normativa.

La SVS informo, además, que de esta manera se incorpora la exigencia que en el contrato celebrado por las partes se establezca, entre otras medidas, la obligación del intermediario de actuar siempre en el mejor interés del cliente y de comunicarle oportunamente cualquier conflicto de interés que pueda surgir en la relación comercial entre ambos.

De la misma manera, se establece la obligación de informar al cliente antes de la compra o venta de cada tipo de producto o contratación de cada tipo de servicio, la existencia de eventuales beneficios indirectos que percibirá el intermediario por su actuar, como por ejemplo, si percibe una comisión de parte de un emisor en un proceso de colocación de las acciones que están siendo adquiridas por el cliente.

A su vez, la propuesta de normativa establece la obligación de conocer al cliente y ofrecerle servicios y productos acordes a su perfil, para lo cual los intermediarios deberán requerir toda la información que les permita determinar aquellos productos y servicios que están acordes a ese perfil del cliente, esto es, aquellos que se adecuan a las características personales y particulares de cada cliente.

Para determinar el perfil de éste, señala la SVS, el intermediario debe tener en consideración al menos los siguientes elementos: nivel educacional, edad, experiencia y condición laboral, capacidad de ahorro y situación financiera, grado de conocimiento de los mercados y productos financieros, horizonte y objetivo de inversión, y tolerancia al riesgo, entre otros factores.

En esta línea, la propuesta contempla que si un cliente quisiera contratar un servicio o adquirir un producto que no sea acorde a su perfil, se le deberá advertir previamente de ese hecho, y si aun así el cliente mantiene su instrucción, se cumplirá con su mandato. La voluntad del cliente y la advertencia del intermediario, deberán quedar suficientemente documentadas.

Asimismo, con el objetivo de evitar que quienes desempeñen funciones para el intermediario estén expuestos a potenciales conflictos de interés al momento de asesorar al cliente y ofrecerle servicios y productos acordes a su perfil, la propuesta de normativa requiere a los intermediarios que cuenten con políticas de remuneraciones, incentivos o comunicacionales que estén en concordancia con ese objetivo y, por ende, privilegien los intereses de los clientes por sobre los del intermediario, las empresas del grupo empresarial de éste o los propios de su personal.

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