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SVS pone en consulta normativa que eleva estándares de funcionamiento de clasificadoras de riesgo


La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), puso a disposición para comentarios del mercado, una propuesta de normativa que establece los requisitos que deberán cumplir los socios principales y personas encargadas de la clasificación de riesgo, y el contenido mínimo que deberá tener la reglamentación interna de la clasificadora de riesgo.

Esta normativa busca elevar los estándares en cuanto al funcionamiento y moderniza los requisitos de inscripción de las clasificadoras de riesgo, derogando las Normas de Carácter General N°22 y N°25.

Asimismo, hoy se puso en consulta una propuesta de normativa que establece los requisitos y condiciones para la realización de actividades complementarias por parte de las entidades clasificadoras de riesgo.

Según se informó desde la SVS, la propuesta de normativa contempla la exigencia de contar con un reglamento interno, que deberá mantenerse a disposición del público en cada sitio web.

Normas, principios, procedimientos, métodos y criterios de asignación de categorías de clasificación, incluyendo factores de carácter cualitativo y cuantitativo. Para ello la entidad deberá definir la importancia relativa que tendrá cada indicador en la clasificación final de cada instrumento, teniendo que ser revisados con un periodicidad de al menos una vez al año, los procedimientos de clasificación, a fin de verificar la efectividad de los mismos y determinar, si corresponde, la procedencia de incorporar modificaciones.

Adicionalmente, la segunda propuesta de norma puesta hoy en consulta, enumera y consolida en un solo cuerpo normativo todas las actividades complementarias que podrán efectuar las clasificadoras de riesgo, tales como: publicación de informes económicos o financieros, clasificación de solvencia, de estándares de gobierno corporativo y de gestión y servicios de peritajes y valorización.

En esta línea, la iniciativa establece que las clasificadoras de riesgo, previo al inicio de realizar actividades complementarias, deberán incorporar a su reglamentación interna las normas, políticas y procedimientos que regirán para la prestación de dichas actividades.

Estas propuestas de normativas estarán para consulta desde hoy hasta el 30 de enero de 2014.

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