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	<title>El Mostrador &#187; José Aylwin</title>
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	<description>El primer diario digital de Chile - Noticias, reportajes, multimedia y último minuto</description>
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		<title>Chile huele a quemado</title>
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		<pubDate>Thu, 05 Jan 2012 05:49:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Conflicto Mapuche]]></category>
		<category><![CDATA[Incendios forestales]]></category>

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		<description><![CDATA[Mientras los lonkos mapuche Pascual Pichún y Aniceto Norin fueron condenados el 2004 por el supuesto delito de amenaza de incendio terrorista de una propiedad forestal de menos de 10 hectáreas, a una pena de 5 años y un día de cárcel, el culpable del incendio del Parque Torres del Paine, de ser sancionado, lo será con una multa de a lo más 4 UTM, o con un máximo de 61 días de presidio.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los incendios que han afectado el centro y el extremo austral del país en los últimos días han impactado a la opinión pública.  La destrucción de un centenar de viviendas, dejando más de quinientos damnificados, así como de monocultivos forestales a consecuencia del fuego en las comunas de Quillón y Florida en la  Región del Bío Bío, y la devastación por las llamas de más de 12 mil hectáreas, muchas de ellas de bosque nativo, en el Parque Nacional Torres del Paine, patrimonio ambiental de Chile y de la humanidad, son sin duda los hechos más dramáticos.</p>
<p>Al igual que en otras latitudes, los incendios son comunes en épocas de verano.  Ellos se han vuelto cada vez más recurrentes y de mayor magnitud con el cambio climático acelerado que hoy vive el planeta.  Sin embargo, son muchos los antecedentes que nos hacen pensar que en Chile no estamos haciendo bien las cosas.  Que incendios como los ocurridos en los últimos días, si bien constituyen un fenómeno cada vez más habitual en las estaciones  cálidas, podrían prevenirse de muchas formas, y así el daño ambiental, material y el sufrimiento que éstos provocan, podría evitarse.  Entre estos antecedentes, me parece relevante destacar los siguientes:</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> Mientras los lonkos mapuche Pascual Pichún y Aniceto Norin fueron condenados el 2004 por el supuesto delito de amenaza de incendio terrorista de una propiedad forestal de menos de 10 hectáreas, a una pena de 5 años y un día de cárcel, el culpable del incendio del Parque Torres del Paine, de ser sancionado, lo será con una multa de a lo más 4 UTM, o con un máximo de 61 días de presidio.</blockquote></div>
<p>1.- El incendio ocurrido en las comunas de Quillón y Florida se produce en una de las regiones del país (Bío Bío) de mayor concentración de plantaciones de monocultivos exóticos (pino radiata y eucaliptus), monocultivos que procesa, entre otras, la planta de celulosa de Nueva Aldea, de propiedad de forestal Arauco, allí emplazada, planta que también resultó afectada por el incendio.  La expansión de las plantaciones exóticas en Chile, iniciada ya hace décadas, ha sido financiada por cuantiosos subsidios otorgados por el estado.  No obstante existir abundante información sobre los graves impactos  ambientales que éstas provocan, entre ellos el secamiento de las fuentes de agua y la pérdida de biodiversidad, sin hablar de sus impactos sociales, como la emigración y el empobrecimiento de la población.  Paradójicamente, tales plantaciones, que producen impactos adversos en los ecosistemas del país y los dejan expuestos a siniestros como el incendio de los últimos días, han generado utilidades millonarias, que en el caso de Arauco ascendieron el 2010 a más de 700 millones de dólares.  Arauco se lleva las utilidades, el estado debe apagar los incendios.  Gran negocio para Chile.</p>
<p>2.- Nadie puede desconocer que el patrimonio ambiental del país se encuentra desprotegido de múltiples maneras.  Ello como consecuencia del modelo económico impulsado por el estado chileno, el que como sabemos, se basa fundamentalmente en la extracción y procesamiento de recursos naturales.  También como consecuencia de la debilidad del sistema nacional de áreas protegidas, sistema que además de no proteger adecuadamente los diversos ecosistemas existentes en el país, se encuentra en la actualidad no solo desfinanciado, sino también en manos de una entidad privada (CONAF).  Así, por ejemplo, al año 2007 CONAF destinaba a las áreas protegidas de todo el país tan solo 13 millones de dólares, en contraposición a los 46 millones de dólares que destinaba a subsidiar las plantaciones de monocultivos, como las de Arauco en la región del Bío Bío.  No es casual entonces que el personal de CONAF en Torres del Paine, no haya estado preparado para combatir el incendio iniciado hace unos días atrás.  Era algo que debía haber sido previsto.  Cabe señalar que el proyecto de ley presentado el año 2011 por la actual administración para la creación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, si bien entrega la tuición del servicio de biodiversidad al Ministerio del Medio Ambiente, cuestión por cierto valorable, no prevé potenciar financieramente la administración de dichas áreas, sino que por el contrario, propone su administración por privados a través de un sistema de licitaciones.  Cabe preguntarse entonces: ¿Cómo responderán los privados, cuyo fin es el lucro, frente a siniestros como el ocurrido en Torres del Paine en caso de asumir su administración? ¿Se harán responsables de ellos o traspasarán la responsabilidad al estado?  La respuesta es obvia.</p>
<p>3.  De de acuerdo a la legislación vigente -la  Ley de Bosques-, que data de la década del treinta, la penalidad establecida para los incendios de bosques es de una multa de hasta 4 UTM, o de sanciones penales que no superan los 61 días de presidio.  Se trata de penas tan exiguas, que difícilmente podrán incidir en un cambio en las conductas irresponsables de los usuarios de áreas protegidas del estado, tanto nacionales como extranjeros, quienes no parecen tener mayor preocupación por el cuidado de estos bienes comunes.  Ello contrasta dramáticamente, por ejemplo, con la severidad de las penas establecidas para el delito de “incendio terrorista”, las que aún luego de la modificación de esta ley el 2010, pueden alcanzar hasta 20 años de presidio.  Solo un caso para graficar esta realidad; mientras los lonkos mapuche Pascual Pichún y Aniceto Norin fueron condenados el 2004 por el supuesto delito de amenaza de incendio terrorista de una propiedad forestal de menos de 10 hectáreas, a una pena de 5 años y un día de cárcel, el culpable del incendio del Parque Torres del Paine, de ser sancionado, lo será con una multa de a lo más 4 UTM, o con un máximo de 61 días de presidio.  Esta evidente injusticia es consecuencia tanto de la negligencia de los legisladores para reformar una legislación anacrónica, así como de los tribunales de justicia para interpretar y aplicar las leyes vigentes de manera adecuada.  Con razón el parlamento y el poder judicial cuentan con la confianza de tan solo el 13 % de la población, según la última encuesta del CEP de diciembre de 2011, entidad que nadie puede acusar de extremista o menos de ambientalista.</p>
<p>Chile huele a quemado.  Si no nos hacemos cargo de las realidades aquí descritas que están detrás de estos incendios, y que intentan dar pistas de los temas críticos que deben ser abordados para enfrentarlos, no lloremos después por las desgracias que éstos provocan.</p>
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		<title>Carabineros no aprende</title>
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		<pubDate>Thu, 29 Dec 2011 11:06:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Posteos del Día]]></category>

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		<description><![CDATA[Es importante que Carabineros sepa que somos muchos quienes pensamos que ha llegado la hora de que sus autoridades aprendan de sus errores y enmienden con urgencia su actuación en materia de derechos humanos. Lo mismo es válido para el gobierno, cuyas autoridades no pueden seguir avalando el comportamiento abusivo de agentes del Estado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En días pasados la Corte de Apelaciones de Temuco acogió dos recursos constitucionales presentados en favor de comunidades mapuche de la Araucanía que han sido víctimas de hechos de violencia policial. Se trata de un recurso de protección y otro de amparo por acciones imputables a carabineros que atentan en contra de la integridad física y síquica y/o amenazan la libertad personal y seguridad de los integrantes, en particular niños, de las comunidades de Wente Winkul Mapu (Chequenco) y Temucuicui, ambas de la comuna de Ercilla.</p>
<p>En el caso del recurso de protección presentado en favor de la comunidad de Wente Winkul Mapu, la Corte dispuso en su fallo que “…Carabineros de Chile, en lo porvenir, deberá abstenerse de realizar actos de violencia contra mujeres y niños y de lanzar bombas lacrimógenas en las patios de las viviendas  particulares de la comunidad indígena ya referida.” En el caso del recurso de amparo en favor de la comunidad de Temucuicui, la Corte ordenó a Carabineros en su sentencia  “…efectuar los procedimientos policiales en dicho sector con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose, en lo sucesivo, de afectar los derechos fundamentales de las personas amparadas, teniendo una especial consideración respecto de los menores de edad.” En el mismo caso, la Corte dispuso además que los hechos que dieron origen al amparo, en especial la detención de un niño –de 12 años- por carabineros, vulneran las normas de la Convención de Derechos del Niños (arts. artículos 6.2 y 16.1), así como el Convenio 169 de la OIT (artículo 3.2).</p>
<p>Ambos fallos constituyen un precedente fundamental frente a los hechos de violencia policial que afectan los derechos humanos de la población civil, incluyendo a niños. Ellos son, a su vez, demostrativos de la preocupación de la Corte de Apelaciones de Temuco por proteger los derechos de la población frente a la actuación abusiva de los agentes policiales del Estado, por largo tiempo denunciada, y frente a la cual la actitud de Carabineros, con el respaldo de las autoridades civiles, se ha mantenido inalterada.</p>
<p>Días atrás, sin embargo, Carabineros apeló de ambos fallos. Se trata de una decisión grave que da cuenta de la falta de autocrítica de esta institución frente a sus evidentes excesos, y de la falta de disposición de sus autoridades institucionales para acatar la normativa tanto interna como internacional sobre derechos humanos que, como entidad del Estado, está obligada a respetar.</p>
<p>Igualmente graves y preocupantes son las afirmaciones del subsecretario del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Ubilla, quien confirmó hace unos días la decisión de Carabineros de apelar del fallo que prohibió el uso de bombas lacrimógenas en comunidades. Resulta inaceptable que el subsecretario Ubilla se limite a dar cuenta de la apelación de Carabineros a los fallos aquí comentados, y a afirmar que corresponde a la justicia resolver de manera adecuada el caso. Ello por cuanto es responsabilidad de la autoridad civil instar a que las fuerzas de orden y seguridad que dependen de ella, como es el caso de Carabineros, ciñan su actuación a los derechos humanos.</p>
<p>Recordemos que las denuncias relativas al actuar abusivo de Carabineros en comunidades mapuche con resultados de muerte, o de tortura y otros tratos crueles y degradantes, han sido realizadas por largo tiempo no tan solo por las comunidades afectadas y organismos de derechos humanos nacionales que monitoreamos esta práctica, sino que también por diversas instancias de Naciones Unidas, tales como el Comité de Derechos del Niño (2007), el Comité Contra la Tortura 2009) y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (2009). Dicha preocupación fue asimismo planteada por la representación de UNICEF en Chile frente a hechos de violencia policial que afectaron a niños mapuche el 2009.</p>
<p>Este año 2011, además, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ordenó una medida cautelar en favor de los clanes rapa nui de isla de Pascua, quienes fueron víctima del actuar abusivo y desproporcionado de efectivos de fuerzas especiales de Carabineros, ordenando al Estado cautelar los derechos de los integrantes de este pueblo. Más recientemente, en una audiencia especial sobre violencia de los agentes policiales del Estado chileno en contra de la población civil, la misma CIDH calificó su actuación -al avalar el uso de la fuerza represiva en las manifestaciones estudiantiles- como “deplorable, lamentable y desproporcionada”.</p>
<p>La preocupación por la actuación abusiva de Carabineros en contra de civiles, y en especial en contra de integrantes de pueblos indígenas, ha sido planteada también en forma reiterada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos desde su creación y puesta en marcha el 2010. Fue precisamente en el contexto de las denuncias hechas por el INDH este año en relación a las actuaciones irregulares y abusivas de Carabineros en las manifestaciones públicas verificadas en el contexto de las movilizaciones estudiantiles, que esta institución anunció en noviembre pasado la creación de una oficina de derechos humanos. Aunque tardía, se trataba de una decisión valorable, que hacía presagiar la revisión de sus procedimientos y comportamientos para garantizar que éstos fueran compatibles con los derechos humanos de la población civil.</p>
<p>Nadie duda del derecho que asiste a Carabineros de hacer uso de las instancias procesales existentes para lograr la revisión de una sentencia que le involucra. Al apelar de estos fallos, sin embargo, Carabineros no solo contradice su discurso público en la materia, el que hace poco le llevó a crear su oficina de derechos humanos, sino en última instancia, demuestra su incapacidad para aprender y enmendar una conducta reñida con el derecho y la ética que resulta evidente para la gran mayoría de la población, y que esta vez le es representada por la justicia.</p>
<p>Es importante que Carabineros sepa que somos muchos quienes pensamos que ha llegado la hora de que sus autoridades aprendan de sus errores y enmienden con urgencia su actuación en materia de derechos humanos. Lo mismo es válido para el gobierno, cuyas autoridades no pueden seguir avalando el comportamiento abusivo de agentes del Estado, como el que la Corte de Apelaciones de Temuco representa a esta institución en sus recientes fallos.</p>
<p><strong>(*) Texto publicado en <a href="http://www.elquintopoder.cl/fdd/web/guest">El Quinto Poder.cl</a></strong></p>
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		<title>HidroAysén y los límites de la institucionalidad vigente</title>
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		<pubDate>Tue, 17 May 2011 06:42:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Destacado]]></category>
		<category><![CDATA[CEA]]></category>
		<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[HidroAysén]]></category>

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		<description><![CDATA[El proyecto hidroeléctrico es impulsado por dos empresas privadas que han adquirido gratuitamente del Estado derechos de aguas que nos pertenecen a todos. Además obtiene del Estado permisos ambientales sin considerar de manera efectiva la voz de las comunidades que afectan.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La aprobación por la  Comisión de Evaluación Ambiental de Aysén -por once votos a favor y una abstención- del proyecto HidroAysén para la construcción de cinco centrales hidroeléctricas que inundarán 6 mil hectáreas y destruirán para siempre los ríos Baker y Pascua, así como los ecosistemas de la Patagonia chilena, deja en evidencia las múltiples limitaciones de la institucionalidad chilena para garantizar los derechos básicos de los ciudadanos, para proteger el medio ambiente, y en última instancia, para permitir la vigencia de un sistema político que podamos definir como una democracia.</p>
<p>Analicemos algunos de los elementos que hacen posible este proyecto y su aprobación por esta instancia gubernamental.</p>
<p>El proyecto es impulsado por dos empresas privadas que han adquirido gratuitamente del Estado los derechos no consuntivos de aguas sobre dichos ríos, aguas que nos pertenecen a todos, pero que en virtud del Código de Aguas de 1981, y de la Constitución de 1980, permiten, en la práctica, su apropiación por privados.  A través de una ficción legal, si bien dichas empresas no son propietarias de las aguas, las que en teoría nos siguen perteneciendo a todos, lo son de la concesión otorgada por el estado, pudiendo enajenarlas a terceros.  Se trata como sabemos de empresas poderosas.  Solo Endesa concentra el 80% de los derechos no consuntivos de agua del país.  Su poder es tal, que el Congreso Nacional les aseguró en la reforma del Código de Aguas de 2005 la aprobación de una disposición transitoria que les garantizó exención del pago de patente por no uso de las aguas hasta el 2012.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> HydroAysén no sería posible sin la institucionalidad impuesta por la dictadura, que a pesar de las reformas que le han sido introducidas, sigue sin modificarse en muchos aspectos que privan a la ciudadanía de todo poder frente a iniciativas de esta naturaleza.</blockquote></div>
<p>Proyectos como el de HidroAysén obtienen del estado permisos ambientales sin considerar de manera efectiva la voz de las comunidades que afectan.  Así, a pesar de la reciente reforma a la legislación ambiental, la participación ciudadana sigue siendo un mero procedimiento formal en que las comunidades afectadas por iniciativas como ésta tienen nulo poder para incidir en las decisiones de los evaluadores públicos.  La legislación vigente sigue sin prohibir la negociación incompatible, permitiendo a los proponentes de grandes proyectos de inversión negociar fuera del proceso de evaluación de impacto ambiental acuerdos compensatorios que inhiben o distorsionan la participación ciudadana.  La legislación ambiental reformada permite, a su vez, el fraccionamiento de proyectos de un mismo proponente que están indisolublemente vinculados.  Así, en el caso de HidroAysén, la ley permite que el proyecto para la construcción de las cinco centrales en los ríos Baker y Pascua sea tramitado por la autoridad ambiental en forma independiente de la propuesta para la construcción de las líneas de trasmisión, la que tiene una extensión de más de dos mil kilómetros, afecta siete regiones, y entre 4  a 5 mil propietarios, incluyendo entre ellos comunidades mapuche, además de áreas protegidas, cuyo impacto ambiental acumulativo, por lo mismo, es enorme.</p>
<p>HidroAysén, además, es un ejemplo patético del centralismo aún vigente en el país a inicios del siglo XIX, en que el poder político, y el poder económico relacionado a este, sigue radicado en Santiago.  Las decisiones sobre el futuro de las regiones siguen siendo adoptadas por el poder central y no por quienes habitan en ellas.  Las autoridades regionales, como las que componen la Comisión de Evaluación Ambiental de Aysén, son funcionarios públicos nombrados por el Presidente de la República en Santiago, y no por la ciudadanía regional.  En caso de materializarse este proyecto, HidroAysén no tributará en la región, sino lo hará fundamentalmente en Santiago.  Las centrales previstas en el se nutrirán de las aguas de la región, e impactarán significativamente a la vida de las comunidades locales, pero éstas no recibirán, salvo las compensaciones irrisorias para las ganancias que ellas generaran, beneficio alguno de ellos.</p>
<p>En los últimos días hemos sido testigos de la represión a quienes se han manifestado públicamente en rechazo a la aprobación gubernamental de HidroAysén.  Las marchas y movilizaciones públicas pacíficas convocadas por las organizaciones ambientales y ciudadanas en diversas regiones del país, incluyendo Coyaique, Concepción, Valparaíso y Santiago, entre otras, han sido brutalmente disueltas por las fuerzas policiales, siendo los manifestantes heridos o detenidos.  Ello al amparo de un Decreto Supremo de la dictadura, que data de 1983, y que permite restringir el derecho de reunión pacífica sin permiso previo, derecho básico reconocido en tratados internacionales de derechos humanos e incluso en la propia Constitución Política de 1980.  Así como de una práctica represiva sistemática de las policías, en especial de carabineros, que han sido toleradas por la autoridad.  También debido a que los delitos que cometen carabineros en contra de civiles en su actuar represivo siguen siendo competencia de justicia militar, la que los deja en la impunidad.</p>
<p>Es evidente entonces que el proyecto HydroAysén no sería posible sin la institucionalidad aquí analizada, la que como sabemos fue impuesta por la dictadura, y que a pesar de las reformas que le han sido introducidas, sigue sin modificarse en muchos aspectos que privan a la ciudadanía de todo poder frente a iniciativas de esta naturaleza</p>
<p>Tal institucionalidad, como sabemos, se cimenta en una Constitución Política y en una legislación cuya reforma es casi imposible, por los elevados quórums establecidos para estos efectos.  Ello sobre todo teniendo en cuenta los obstáculos que el sistema electoral binominal establece para una representación política amplia, que incluya a todos los sectores de la ciudadanía en el Congreso Nacional, que es el órgano encargado de elaborar legislación que regula proyectos como HidroAysén.</p>
<p>Por lo anterior, que cabe hacer una reflexión sobre las estrategias que los movimientos ciudadanos venimos desarrollando ya por largo tiempo frente a iniciativas como ésta (Ralco, proyectos mineros, forestales, carreteros, entre otros) que afectan a comunidades, a pueblos y al medio ambiente; que nos son impuestas por el mercado, con el aval del estado.</p>
<p>Frente a cada una de estas iniciativas hemos hecho uso de todas las herramientas legales existentes, incluyendo la participación en los procesos de evaluación de impacto ambiental, recursos ante la autoridad administrativa, acciones ante los tribunales de justicia, por citar algunas, intentado por esta vía, con ingenuidad o ilusión, frenarlas.  Los resultados de estas estrategias, salvo contadísimas excepciones, son por todos conocidos.</p>
<p>No sostengo aquí que la ciudadanía, las comunidades y pueblos afectados por proyectos de inversión violatorios de derechos ambientales y políticos básicos no debamos hacer uso de dichas herramientas, sino que resulta imperioso pensar e impulsar otras estrategias complementarias que apunten hacia la remoción de las barreras institucionales que hacen posible iniciativas como HidroAysén.</p>
<p>Me refiero concretamente a la necesidad urgente de aunar fuerzas para la creación de un movimiento diverso, plural e intercultural de los sectores progresistas de este país, que permita la generación democrática de un acuerdo social que se plasme en una nueva institucionalidad jurídico política para el país, que sustituya aquella que nos fue impuesta por la fuerza por la dictadura militar. Un acuerdo social en que los derechos de las personas, de los pueblos y de la naturaleza primen sobre el mercado.  Un acuerdo en que recuperemos el control de bienes comunes, como el agua, hoy apropiados por empresas como Endesa y Colbun. Un acuerdo en que las decisiones sobre el futuro de nuestros territorios sean tomadas por quienes habitamos en ellos, y no por burócratas en Santiago. Un acuerdo, finalmente, en que nadie nos pueda privar del derecho de manifestación pública y excluir de la participación política como lamentablemente ocurre a la fecha.</p>
<p>¿Cuántos HidroAysén más necesitamos para darnos cuenta de ello?</p>
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		<title>Lo que no se ha dicho de la visita de Obama</title>
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		<pubDate>Thu, 24 Mar 2011 06:48:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Barack Obama]]></category>

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		<description><![CDATA[Las elites reaccionarias de este país, que conforman el núcleo duro del apoyo al gobierno de Piñera, que acudieron a La Moneda a celebrar la venida de Obama y su esposa Michelle, de ser ciudadanos estadounidenses jamás habrían votado por él para Presidente, tanto por convicción ideológica como por arraigados prejuicios etno-culturales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La visita oficial a Chile de Barack Obama generó, como era predecible, gran expectación.  Para el gobierno y sus partidarios, su presencia en el país, así como el hecho de que enviara desde Santiago su mensaje a América Latina, constituye un gran logro.  También son un logro las declaraciones que él hizo sobre Chile, país donde según Obama existiría “una democracia vibrante y una economía abierta y una sociedad civil activa”, así como un presidente comprometido con la defensa “de la democracia, de los derechos humanos y de un gobierno transparente”, todo lo cual nos convertiría en un modelo para la región.</p>
<p>Como político de trayectoria que es, Obama bien sabe, sin embargo, que sus dichos serán capitalizados por una administración que en términos ideológicos y culturales, tiene como base de sustentación partidos políticos que son el equivalente chileno de sus adversarios en la política norteamericana, esto es, los republicanos.  En efecto, los partidos de la Coalición por el Cambio que apoyan a Piñera, al igual que el partido Republicano en Estados Unidos, desconfían del Estado y de su rol regulador del mercado, así como de su función protectora de los derechos económicos, sociales y culturales de la población.  Tales partidos, lo mismo que el Republicano en Norteamérica, han intentado imponer sus dogmas religiosos y morales al resto de la población, impidiéndoles el ejercicio de la libertad que tanto pregonan, en este caso en materia derechos sexuales y reproductivos.</p>
<p>Los mismos partidos, al igual que el partido Republicano en el norte, están liderados por sectores cuyos prejuicios étnicos y raciales son profundos, sectores cuyo poder, en el caso de Chile, han convertido a nuestra sociedad en una de las más discriminatorias de América Latina, donde el clasismo y racismo constituyen una práctica cotidiana.  Esto último se manifiesta no solo en la ausencia total de diversidad etno-cultural en el gabinete de Piñera, dominado por una elite monoétnica de origen europeo, sino también en una política pública marcada por la discriminación racial hacia los pueblos indígenas (a modo de ejemplo, un destacado senador de la coalición de gobierno me señaló hace algunos años atrás en relación a los mapuche que él valoraba mucho a los integrantes de este pueblo, pero reconoció que no le gustaría que su hija se casara con uno de ellos).</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> Las elites reaccionarias de este país, que conforman el núcleo duro del  apoyo al gobierno de Piñera, que acudieron a La Moneda a celebrar la  venida de Obama y su esposa Michelle, de ser ciudadanos estadounidenses  jamás habrían votado por él para Presidente, tanto por convicción  ideológica como por arraigados prejuicios etno-culturales.</blockquote></div>
<p>Dicho de otro modo más brutal; las elites reaccionarias de este país, que conforman el núcleo duro del apoyo al gobierno de Piñera, que acudieron a La Moneda a celebrar la venida de Obama y su esposa Michelle, de ser ciudadanos estadounidenses jamás habrían votado por él para Presidente, tanto por convicción ideológica como por arraigados prejuicios etno-culturales.</p>
<p>Es posible que Barack Obama desconozca los detalles internos de la política chilena y que, por las exigencias de la diplomacia, termine brindando y amistando con una élite política que representa valores y propone políticas que poco tienen que ver con aquellas que lo llevaron a la presidencia del país del norte.</p>
<p>Lo que el Presidente de Estados Unidos no puede ignorar, no obstante, es que la democracia chilena está lejos de ser vibrante.  En efecto, Obama debía haber sido informado que en Chile rige un sistema electoral binominal que excluye a importantes sectores de la posibilidad de estar representados en el Parlamento, y que debido a ello y a los elevados quórums establecidos en la  Constitución de 1980, la reforma de esta última es prácticamente imposible; todo lo cual hace que la democracia chilena, lejos de ser vibrante, sea monótona y esté estancada, como lo reconocen la mayor parte de los analistas políticos en el país.</p>
<p>También debía haber sido informado que en Chile rige aún un sistema centralista de gobierno, en que todas las decisiones políticas se toman en la capital, y en donde quienes vivimos en regiones, a diferencia de lo que ocurre en su país con los Estados, no tenemos ninguna posibilidad de tomar decisiones que conciernen a la política o la economía en nuestros territorios.</p>
<p>Tampoco Obama debería ignorar que el Estado chileno tiene serios déficit en materia de derechos humanos como lo ha señalado el propio Consejo de Derechos Humanos de la ONU, del que Estados Unidos es parte.  Ello no tan solo en materia de derechos políticos, como el derecho de participación política al que antes nos refiriéramos, sino también en materia de derechos económicos, sociales y culturales, en particular aquellos de los sectores más discriminados, como los pueblos indígenas, los migrantes y las mujeres.</p>
<p>En efecto, la economía abierta que tiene nuestro país, la que el presidente Obama valora, no solo ha resultado en la depredación de nuestros ecosistemas, sino también ha incrementado la brecha entre ricos y pobres en Chile, ubicando a Chile en el lugar duodécimo de entre dieciocho países de América Latina con peor distribución del ingreso (CEPAL, 2005) y a nivel mundial en el decimoséptimo lugar entre 126 países (Banco Mundial, 2006).</p>
<p>Relacionado con ello, lo que no ha sido informado por la prensa en el contexto de la visita de Obama, y que puede explicar la valoración pública que él hace de nuestro país y de sus gobernantes, y en última instancia, su venida a Chile, es que Estados Unidos está invitando a Chile a ser parte de una nueva iniciativa multilateral comercial conocido como “Acuerdo de Asociación de Transpacífico (TPPA)”.  Se trata de un tratado de libre comercio promovido por Estados Unidos que contaría con la participación de las grandes economías del área pacífico, incluyendo entre otros países a Australia, Nueva Zelanda, Singapur y Vietnam en el Asia Pacífico, y a Chile y Perú, en América Latina. Se trata de una propuesta cuyas negociaciones avanzan –en febrero pasado se desarrolló en Santiago la V Ronda de reuniones del TPPA con participación de representantes de los estados invitados por Estados Unidos a esta iniciativa-, sin que la población, al igual que en el caso de los más de 50 TLCs y acuerdos bilaterales de inversión anteriormente suscritos, haya sido informada de sus contenidos e implicancias.  Menos aún se han generado mecanismos que hagan posible la participación de la sociedad civil chilena –que Obama considera activa- en el proceso relativo a su suscripción.</p>
<p>Se trata de una situación grave, dado que son precisamente los TLCs y acuerdos bilaterales de inversión suscritos por Chile los que han incentivado actividades productivas que han generado graves impactos ambientales y sociales.  Ello, en la medida en que Chile se sigue insertando en los mercados globales exportando recursos naturales que son de todos los chilenos y que han sido apropiados por unos pocos, y a que la normativa laboral y ambiental ha quedado subordinada a los compromisos adquiridos en ellos, limitando la soberanía del país en perjuicio de los trabajadores, las comunidades locales y los pueblos indígenas.</p>
<p>Son algunos de los elementos de trasfondo de la visita de Obama de lo que poco se ha dicho, y que, más allá de las celebraciones oficiales, nos permiten entender su visita, su valoración de Chile, y nos deberían llevar a la reflexión como sociedad.</p>
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		<title>Chile y su política colonial en Rapa Nui</title>
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		<pubDate>Mon, 14 Feb 2011 05:48:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Isla de Pascua]]></category>
		<category><![CDATA[Rapa Nui]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<p>La prensa ha informado profusamente en el último tiempo de los procesos que se siguen en contra de diversos clanes rapa nui por los supuestos delitos de usurpación no violenta y/o violación de morada y amenazas, como consecuencia de la ocupación que desde agosto pasado han hecho en Isla de Pascua de bienes que ancestralmente les pertenecen y cuya propiedad legal hoy detenta el Estado o particulares.  También ha informado, aunque no con la misma acuciosidad en lo referido a su desproporcionada violencia, de los desalojos de dichos clanes efectuados por carabineros, el último de los cuales ocurrió el domingo 6 de febrero y afectó al clan Hitorangui, el que ocupaba el Hotel Hanga Roa, hoy en manos de particulares luego de su privatización por el Estado.</p>
<p>Para muchos se trata de un problema de carácter judicial.  Otros, como el Intendente de Valparaíso Raúl Celis, han llegado a sostener, al menos en el caso del hotel Hanga Roa, que se trata de un conflicto entre particulares en el que al gobierno no puede imputársele “algún tipo de interés”.</p>
<p>Poco o nada se ha informado sobre el trasfondo de estos hechos, ni sobre los antecedentes que llevaron a dichos clanes rapa nui a hacer ocupación de estos inmuebles, o sobre la política desarrollada por el Estado chileno en la isla a contar de 1888, año de su anexión a Chile, política de marcado sello colonialista, que en muy poco difiere de aquella que impulsara España en el territorio continental en el pasado y que tanto cuestionaran O’Higgins y otros próceres de la independencia de nuestro país.</p>
<p>En efecto, pocos saben, o se informa, que la Isla fue anexada al país en 1888 mediante un tratado o acuerdo de voluntades a través del cual los jefes rapa nui habrían cedido la soberanía de la isla al Estado chileno –en la versión rapa nui se reconoce a Chile como un “amigo del lugar”, lo que es bastante diferente- pero que, en caso alguno, renunciaron a sus investiduras o autoridad como jefes o a la propiedad sobre las tierras de la isla.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> El problema de fondo de los conflictos hoy existentes en rapa nui se  mantendrá plenamente vigente en la medida en que el Estado, incluyendo  en él no solo al ejecutivo, sino también al legislativo y judicial,  mantengan su actitud colonial hacia la isla y sus habitantes  originarios, negando la existencia de un pueblo de tradición cultural  diferente al chileno.</blockquote></div>
<p>Tampoco se sabe que desde la suscripción de este tratado a la fecha Chile ha estado lejos de respetar sus contenidos, no solo al someter a los rapa nui a un régimen de semi esclavitud, el que incluyó la relocalización a la actual Hanga Roa y los trabajos forzosos (lunes fiscales) para la Armada, sino también al inscribir las tierras rapa nui a nombre del Fisco en el Conservador de Bienes raíces de Valparaíso en el año 1933, obviamente sin posibilidad alguna de impugnación por parte de los isleños.</p>
<p>Tampoco se sabe que fue solo en 1966, luego de la dictación de la llamada ley Pascua, que creó el departamento y comuna de Isla de Pascua, que los rapa nui pudieron ejercer derechos políticos, siempre limitados a aquellos consagrados para los ciudadanos chilenos, con total desconocimiento de aquellos derechos colectivos que les corresponden como pueblo diferenciado.</p>
<p>También se desconocen los esfuerzos que desde finales de la dictadura sus organizaciones han venido desarrollando a través de distintas vías -incluyendo la administrativa y la judicial- para obtener la restitución colectiva de sus tierras ancestrales.  Tampoco se sabe que los gobiernos de la Concertación, más allá de las políticas de desafectación de algunos lotes de tierras “fiscales” para asignación en forma individual a las familias rapa nui, no cumplieron los compromisos que adquirieron con este pueblo en la materia.  Más preocupados por consolidar la presencia geopolítica de Chile en esta parte de la Polinesia, y por los infundados temores alentados por la  Armada en relación con los intereses -también coloniales- de Francia sobre esa parte del Pacífico, dichos gobiernos no solo se negaron a hacer restitución colectiva de las tierras a los rapa nui de la isla -hoy en más de un 70% de propiedad fiscal-, sino que tampoco impulsaron las transformaciones jurídicas y políticas demandadas por los rapa nui para hacer posible un control o autonomía interna sobre la isla y sus habitantes.</p>
<p>Son estos y no otros los factores que llevaron en agosto pasado a varios clanes rapa nui a hacer ocupación de tierras de su propiedad ancestral hoy detentadas mayormente por el Fisco, y en el caso del Hotel Hanga Roa, como se señalara, por particulares.  En lo formal el gobierno reaccionó con la constitución de mesas de trabajo para abordar las demandas rapa  nui, entre ellas las de tierras, la de inmigración, las relacionadas con el estatuto especial para la isla, y la elaboración de un plan de desarrollo rapa nui.  Fue en este contexto que el gobierno anunció un plan inconsulto para el desarrollo de la isla, así como fondos para su financiamiento, la mayor parte de ellos correspondientes a obras públicas cuyo financiamiento ya había sido aprobado.</p>
<p>En la práctica, sin embargo, la estrategia central seguida por el gobierno ha sido la criminalización de la protesta rapa nui.  Ello, al apoyar de diversas formas la persecución judicial de sus ocupaciones pacíficas de tierras como hechos delictivos, y al disponer de los efectivos policiales –130 efectivos de fuerzas especiales de carabineros fueron llevados a la isla entre octubre y diciembre para estos efectos- para la represión violenta y desproporcionada de los clanes rapa nui que participaron en ellas.  Represión que puso en peligro la vida e integridad de sus integrantes, para dar resguardo a la “propiedad legal” del Estado y de particulares.</p>
<p>Se trata de un tipo de actuación abusiva ya conocida en carabineros, y que por lo mismo ha provocado preocupación internacional en instancias como el Consejo de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas.  A dichas preocupaciones se sumó en este caso la de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que alertada sobre la amenaza existente a los derechos humanos de los rapa nui, aprobó el 7 de febrero pasado una medida cautelar en la que ordena al Estado de Chile “hacer cesar inmediatamente el uso de la violencia armada en la ejecución de acciones estatales administrativas o judiciales contra miembros del pueblo Rapa Nui, incluyendo los desalojos de espacios públicos o de propiedad fiscal o privada” y “garantizar que la actuación de agentes del Estado en el marco de las protestas y desalojos no ponga en riesgo la vida o la integridad personal de los miembros del pueblo Rapa Nui.”</p>
<p>Es muy probable que el actual gobierno considere que con el desalojo del clan Hitorangui del Hotel Hanga Roa los conflictos en la isla hayan quedado resueltos.  Nada más lejos de la realidad.  El problema de fondo de los conflictos hoy existentes en rapa nui se mantendrá plenamente vigente en la medida en que el Estado, incluyendo en él no solo al ejecutivo, sino también al legislativo y judicial, mantengan su actitud colonial hacia la isla y sus habitantes originarios, negando la existencia de un pueblo de tradición cultural diferente al chileno, perpetuando la usurpación de su territorio ancestral, reprimiendo la protesta de sus integrantes, y manteniendo el control sobre este territorio insular y de sus habitantes tal como lo hiciera España sobre el territorio entonces conocido como Capitanía General de Chile.</p>
<p>Las salidas al conflicto generado en la isla por la presencia del Estado -por favor no repliquemos el concepto de “conflicto rapa nui” como en el caso mapuche lo han hecho engañosamente los medios al denominar “conflicto mapuche” a aquel provocado por el Estado de Chile en la Araucanía-, si existe voluntad de diálogo y entendimiento intercultural, son muchas.</p>
<p>Por de pronto, hay múltiples experiencias de Estados que han reconocido a los pueblos indígenas el derecho de libre determinación que hoy se encuentra establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas, a la que Chile ha adherido.  Ello al establecer estatutos de autonomía a través de los cuales estos pueblos pueden gobernar sus asuntos internos, sin por ello poner en peligro la integridad de los Estados.  Es el caso, por ejemplo, de Canadá, Nicaragua y Dinamarca, por mencionar algunos países dentro y fuera de la región.</p>
<p>También existen experiencias de Estados que, acogiendo los lineamientos de la misma Declaración y del Convenio 169 de la OIT, han hecho restitución a los pueblos indígenas de sus tierras de propiedad ancestral que en el pasado les fueron confiscadas sin su consentimiento, haciendo posible su control colectivo sobre tales tierras y recursos.  El caso de Colombia en América Latina, donde los pueblos indígenas no obstante representar solo el 3 por ciento de la población tienen propiedad sobre el 29 por ciento del territorio de ese país, es un ejemplo de ello.  Los nuevos tratados celebrados por Canadá con los pueblos indígenas que han posibilitado el control indígena de una parte importante de sus tierras ancestrales, son otro ejemplo en la misma dirección.</p>
<p>Mientras el gobierno, de conformidad con las directrices del derecho internacional sobre pueblos indígenas al que se ha comprometido al ratificar el Convenio 169 de la OIT y al adherir a la Declaración de Naciones Unidas sobre la materia, no ponga término a su política colonial en la isla, mientras el Congreso Nacional no legisle para hacer posible un estatuto especial que permita a los rapa nui el ejercicio de la autonomía política sobre la isla, y mientras los tribunales de justicia no internalicen las mismas directrices en sus fallos relativos a los rapa nui y sus tierras, se mantendrá la situación de tensión interétnica hoy existente en la isla.</p>
<p>Es el momento entonces de introducir reformas políticas y jurídicas profundas en relación a la isla y a los rapa nui.  Ello antes de que sea tarde para alcanzar acuerdos pacíficos a los que todos dicen aspirar, aunque las acciones que desarrollen no siempre sean coherentes con dicha aspiración.</p>
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		<title>La privatización de las áreas protegidas</title>
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		<pubDate>Tue, 08 Feb 2011 05:48:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Áreas protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[Privartizaciones]]></category>

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		<description><![CDATA[Resulta preocupante la casi total falta de consideración en esta iniciativa de la participación de las comunidades locales y de los pueblos indígenas que habitan en dichas áreas o sectores aledaños a ellas en su gestión.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sin presencia de organizaciones ciudadanas, ambientales o de pueblos indígenas, el 27 de enero pasado el Presidente Piñera anunció en la región de Los Ríos el envío al Congreso de un proyecto de ley a través del cual se crearía un Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas e instauraría un Sistema Nacional de Áreas Protegidas.</p>
<p>La propuesta en cuestión, responde al mandato que en esta materia le fuera otorgado al Ejecutivo por el Congreso Nacional en la Ley N°20.417 de enero de 2010 que reformó la Ley de Bases del Medio Ambiente (Ley N°19.300 de 1994) y creó el Ministerio del Medio Ambiente.</p>
<p>El proyecto anunciado por Piñera crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Silvestres Protegidas como un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sujeto a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente.  El mismo crea además el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas -el que considera tanto las áreas protegidas del Estado como las áreas silvestres protegidas de propiedad privada-, cuyo objetivo es asegurar la conservación de una muestra representativa de la biodiversidad y del patrimonio ambiental del país.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> Resulta preocupante la casi total falta de consideración en esta  iniciativa de la participación de las comunidades locales y de los  pueblos indígenas que habitan en dichas áreas o sectores aledaños a  ellas en su gestión.</blockquote></div>
<p>Aunque solo se trate aún de un proyecto de ley, hay cuestiones de forma y de fondo que no pueden dejar de observarse desde una perspectiva ciudadana.</p>
<p>En cuanto a la forma, el proyecto ha sido elaborado sin participación alguna de las organizaciones ambientales, ciudadanas, comunidades locales e indígenas interesadas en la materia o que se verían afectadas por la aprobación de esta ley.  Cabe señalar que dichas organizaciones realizamos diversos esfuerzos para hacer llegar a las autoridades gubernamentales nuestros puntos de vista sobre esta iniciativa.  Así, en agosto pasado organizamos un seminario en Santiago con participación de representantes de los ministerios involucrados en la redacción de este proyecto de ley, compartiendo con ellos nuestras visiones y propuestas sobre el particular. Más tarde las mismas organizaciones enviamos una carta al Presidente de la República haciéndole llegar proposiciones concretas para enriquecer esta iniciativa, carta que no solo no fue respondida por el Presidente, sino que evidentemente no fue considerada en el proyecto anunciado el 27 de enero.</p>
<p>Ello reviste particular gravedad en el caso de los pueblos indígenas, los que de acuerdo al Convenio 169 de la OIT hoy vigente, deben ser consultados por el Estado de buena fe, a través de sus organizaciones representativas y con miras a lograr un acuerdo, cada vez que se adopten medidas legislativas y administrativas susceptibles de afectarles.  Aunque se trate solo de una propuesta legal que debe ser analizada por el Congreso, existe consenso hoy en que este deber estatal debe desarrollarse en etapas tempranas del proceso de construcción legislativo, como lo es la elaboración de un proyecto de ley por órganos gubernamentales.</p>
<p>En cuanto a sus contenidos, aunque la propuesta anunciada contiene cuestiones valorables, como la creación del Fondo Nacional de la Biodiversidad y las Áreas Silvestres Protegidas con el objeto de financiar proyectos de fomento, investigación, y conservación de la biodiversidad y las áreas silvestres protegidas, y la potenciación de las áreas protegidas privadas como parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, resulta preocupante la casi total falta de consideración en esta iniciativa de la participación de las comunidades locales y de los pueblos indígenas que habitan en dichas áreas o sectores aledaños a ellas en su gestión.  En efecto, el proyecto se limita a señalar que “en los planes de manejo para la administración de las áreas silvestres protegidas se considerará la participación de las comunidades aledañas o en ellas existentes”.</p>
<p>Al respecto cabe señalar que, tal como las organizaciones de la sociedad civil y de pueblos indígenas hicimos ver al gobierno, hoy se reconoce que la tarea de la conservación es una que involucra a múltiples actores y no solo a los Estados.  Así, la Unión Internacional de Conservación de la  Naturaleza (UICN) propone junto a las áreas de gobernanza de los gobiernos (central, regionales y municipales), aquellas de gobernanza compartida entre el Estado y actores no gubernamentales, y que se expresan en modalidades de co-manejo, co-gestión, gestión compartida.  A ello se agregan las áreas de gobernanza privada, que comprenden aquellas que están bajo control y propiedad de personas, cooperativas, organizaciones no gubernamentales con o sin fines de lucro, así como las áreas de gobernanza de pueblos indígenas y de comunidades locales, establecidas y gestionadas por ellas.</p>
<p>Para el caso de los pueblos indígenas la  UICN propuso recientemente la figura de los “territorios indígenas de conservación”, los que comprenden sitios, territorios, paisajes terrestres y marinos, y lugares sagrados conservados, administrados y manejados por pueblos indígenas y comunidades locales, respecto a los cuales la ley nada señala.</p>
<p>Salvo la inclusión en la propuesta gubernamental anunciada por Piñera de las áreas protegidas de propiedad privada, ninguna de las otras formas de gobernanza comunitarias promovidas por UICN ha sido consideradas en ella.</p>
<p>Como también hicimos ver al gobierno en su oportunidad, una iniciativa como esta debe resguardar los derechos de las comunidades locales e indígenas.  En esta línea preocupa que el proyecto, más allá de disponer que para la creación de las áreas protegidas deberá consultarse a las comunidades, no establece un mecanismo específico para estos efectos, ni menos el carácter vinculante de dicha consulta.  Se trata de un tema crítico, toda vez que existe una larga historia de imposición de estas áreas sin el consentimiento, y muchas veces contra la voluntad de estas comunidades, como ocurriera por ejemplo con la creación del Parque Nacional Lauca en tierras de comunidades aymara o del Parque Nacional Villarrica en tierras de comunidades mapuche.</p>
<p>Ello contrasta marcadamente con los lineamientos de UICN, los que prohíben expresamente que las áreas protegidas de gobernanza pública o privada puedan constituirse sin su consentimiento libre e informado sobre tierras, territorios o recursos que los pueblos indígenas ocupan tradicionalmente, y reconocen el derecho a la restitución de las tierras y territorios que hayan sido establecidos sin su consentimiento.</p>
<p>Finalmente, resulta preocupante que entre las funciones del Servicio que este proyecto crea se encuentre la de otorgar concesiones de administración a terceros y permisos de uso al interior de las áreas silvestres protegidas del Estado.  Más grave aún, preocupa que el proyecto de ley faculte al Comité Técnico del Servicio que crea a otorgar a privados concesiones de administración en forma directa, sin utilizar el procedimiento de la licitación pública que esta misma establece.</p>
<p>La amenaza de que a través de esta concesión discrecional de administración se abran las puertas a formas de privatización de áreas de patrimonio público, conforme al discurso -y a la práctica-  de la actual administración, no son menores.  Por ello debemos estar alerta al debate parlamentario de esta iniciativa, instando a los congresistas a efectuar consultas a la ciudadanía y  a los pueblos indígenas de conformidad con los estándares internacionales.  Ello a objeto de impedir que, a través de iniciativas como ésta, se nos siga despojando del control de los bienes comunes.</p>
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		<title>El actuar abusivo de carabineros ¿hasta cuándo?</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 05:48:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Abuso policial]]></category>

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		<description><![CDATA[Mientras sigan desatendiendo las sentencias de la Corte Interamericana y las recomendaciones de órganos de la ONU en esta materia, irregularidades como las ocurridas en diciembre lamentablemente persistirán.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Diciembre de 2010 dejó al descubierto el actuar abusivo e irregular de carabineros.  Al violento desalojo por parte de efectivos de esta institución de familias rapa nui que resultó en 17 personas heridas, algunas de gravedad, se sumó la difusión por Canal 13 de lo ocurrido en la 5ta comisaría de San Joaquín, en la que seis uniformados se “divertían” torturando a un indigente e inhalando sustancias tóxicas, así como el involucramiento de cinco efectivos del cuartel de Renca en robos de dinero y en el narcotráfico.</p>
<p>Dieciséis personas habrían sido desvinculadas de la institución por irregularidades el 2010, en tanto 13 lo fueron el 2009 por situaciones similares.  Se trata de medidas sin duda relevantes, pero insuficientes para poner término a las irregularidades existentes en la institución, en particular, el uso abusivo de la fuerza por parte de sus integrantes que ha resultado en la muerte, o en torturas o tratos crueles, inhumanos y degradantes de civiles, en especial de quienes pertenecen a los sectores más vulnerables del país.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> Mientras sigan desatendiendo las sentencias de la Corte Interamericana y  las recomendaciones de órganos de la ONU en esta materia,  irregularidades como las ocurridas en diciembre lamentablemente  persistirán.</blockquote></div>
<p>Mucho se ha hablado de la formación en derechos humanos que carabineros imparte a sus integrantes.  Más allá de esta formación, sin duda importante pero cuya pertinencia debe revisarse a juzgar por los hechos aquí referidos, hay factores que resultan determinantes en la persistencia del actuar policial abusivo.  El primero es la tolerancia que frente a estos hechos han tenido las autoridades institucionales, así como las autoridades civiles de las que dependen.  Así, las primeras siguen brindado protección a efectivos policiales involucrados en uso indebido de la fuerza.  Los casos de los jóvenes mapuche Alex Lemun, Matías Catrileo y Jaime Mendoza Collío, todos ellos fallecidos en la última década como consecuencia del uso abusivo de armas de fuego por parte de carabineros, son ilustrativos al respecto.  Los autores de sus muertes, aún quienes han sido condenados por su responsabilidad criminal en ellas por la justicia, siguen inexplicablemente en servicio activo en las filas de esta institución policial.  Lo mismo ocurre con los autores de la muerte del joven arquitecto Mario Oviedo Aguilar, acontecida en junio de 2009, en la que se encuentran involucrados dos efectivos de la 19° Comisaria de Carabineros de Providencia.</p>
<p>Las autoridades civiles encargadas de la seguridad pública, por su parte, han desoído sistemáticamente los reclamos de las  víctimas de la violencia policial y de entidades nacionales e internacionales de derechos humanos, sin instar a  carabineros al desarrollo de investigaciones o a la adopción de las sanciones administrativas que el ordenamiento jurídico considera frente a estos hechos delictivos.  Menos aún han iniciado o se han hecho parte de acciones tendientes a su investigación y sanción judicial.</p>
<p>Otro hecho que explica esta grave realidad es la persistencia de la competencia de la justicia militar para conocer de los delitos cometidos por carabineros en contra de la población civil.  Se trata de una situación insostenible representada al país por órganos de derechos humanos, incluyendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia en el caso <em>Palamara Ibarne v. Chile</em> (2005), los que han conminado al país a introducir las reformas legales para poner término a esta situación que vulnera el derecho a un juicio justo ante instancias idóneas e imparciales.  La ley aprobada por el Congreso en octubre pasado en el contexto de la huelga de hambre que este año desarrollaron los mapuche procesados por Ley Antiterrorista, si bien determinó que los juicios seguidos ante tribunales militares en que se perseguía la responsabilidad penal de civiles serían tramitados por los tribunales ordinarios, mantuvo pendiente para el futuro la discusión sobre el término de la competencia de esta justicia especial  para juzgar a militares, incluyendo carabineros, acusados de cometer delitos en contra de civiles.</p>
<p>Mientras las autoridades policiales y civiles mantengan su pasividad frente a estos hechos y toleren el uso abusivo de la fuerza pública en contra de la población civil, so pretexto de mantener el orden público y combatir la delincuencia, mientras sigan desatendiendo las sentencias de la Corte Interamericana y las recomendaciones de órganos de la ONU en esta materia, irregularidades como las ocurridas en diciembre lamentablemente persistirán.</p>
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		<title>¿Quién fiscaliza a los fiscales?</title>
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		<pubDate>Wed, 13 Oct 2010 05:48:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio Público]]></category>

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		<description><![CDATA[La “neutralidad” del Ministerio Público en su política persecutoria de delitos es altamente cuestionable.  Ha llegado el momento de que la sociedad chilena, y en particular los legisladores, analicen quién fiscaliza a los fiscales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En días pasados se llegó a diversos acuerdos entre el gobierno y los presos mapuche por Ley Antiterrorista que permitieron poner término a la huelga de hambre que los últimos desarrollaran por más de 80 días.  En el acuerdo suscrito por el gobierno con los presos mapuche de Concepción, Temuco, Lebu y Valdivia el 1 de octubre pasado, el primero manifestó su compromiso a no perseverar en las querellas por delitos terroristas que seguía en su contra, señalando que no tenía “la convicción que los hechos por los que se les ha imputado… puedan seguir siendo calificados como conductas terroristas”.  Igualmente, señaló que al suscribir este acuerdo tuvo presente el derecho internacional de los derechos humanos, el Convenio 169 de la  OIT, así como las recomendaciones de los organismos internacionales, lo que supone un reconocimiento, hasta ahora no realizado, de su carácter vinculante y de su relevancia.</p>
<p>La insuficiencia de las reformas legislativas aprobadas por el parlamento para garantizar un juicio justo, y la persistencia del Ministerio Público en el procesamiento de los mapuche por Ley Antiterrorista, llevó a los presos mapuche de Angol a mantener la huelga hasta el día 8 de octubre.  En efecto, el proyecto de ley antiterrorista aprobado por el Congreso mantuvo los delitos en contra de la propiedad, incluyendo el delito de incendio, como delitos terroristas.  En tanto, el proyecto que reformó la justicia militar si bien permitirá evitar el doble juzgamiento de los mapuche, mantuvo el conocimiento de los delitos que cometen los militares y agentes policiales en contra de civiles en dicha justicia.  Se trata de una cuestión grave, no tan solo porque desoye un fallo condenatorio al Estado chileno de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la materia, sino también porque es esta justicia la que ha dejado en la impunidad los delitos que han cometido los funcionarios policiales en contra de los mapuche en los últimos años.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> La “neutralidad” del Ministerio Público en su política persecutoria  de delitos es altamente cuestionable.  Ha llegado el momento de que la  sociedad chilena, y en particular los legisladores, analicen quién  fiscaliza a los fiscales.</blockquote></div>
<p>El 8 de octubre pasado se produjo un nuevo acuerdo entre el gobierno y los presos mapuche de Angol, cuya situación de salud a raíz de la prolongada huelga de hambre que sostuvieron, a ese momento, era crítica, lo que hacía imperioso el término de la huelga si se quería evitar una víctima fatal.  Curiosamente hubo sectores que levantaron sus voces argumentando que con la huelga los mapuche estaban amenazando un derecho fundamental: la vida.  Cabe preguntarse ¿por qué no levantaron sus voces cuando las vidas de tres defensores de derechos mapuche fueron terminadas por las balas de la policía?</p>
<p>Los términos de este último acuerdo aún no se hacen públicos.  El subsecretario general de la  Presidencia, Claudio Alvarado, ha señalado sin embargo que “no hemos cambiado ni un sólo punto” en relación al acuerdo suscrito el 1 de octubre, afirmando que el gobierno aseguró a los afectados que la reformulación de las querellas de delito terrorista a delito común implicaba, entre otras cosas, el fin de la presunción de este delito.  Jorge Huenchullan, vocero de los presos de Angol reconoció, en tanto, que el acuerdo no satisfacía las demandas de los presos mapuche, pero que llegaron a él por razones humanitarias.</p>
<p>En días pasados el poder judicial, a través del Presidente de la Corte Suprema, dio señas potentes en favor de un trato no discriminatorio a los mapuche por la justicia.  Ello al recibir a los representantes de los presos mapuche de Angol, manifestándoles que es contrario a la aplicación de la Ley Antiterrorista en los juicios que se siguen en su contra y asegurándoles que en ellos serán respetadas las garantías procesales.  El gobierno, aunque tardía y contradictoriamente, en particular en el contenido de las reformas legislativas que propuso al Congreso, también ha dado pasos importantes para llegar la superación de los temas procesales que llevaron a los mapuche a huelga.  Ello al modificar su posición inicial frente a las demandas mapuche y al manifestar su convicción de que los delitos que se les imputan no son de carácter terrorista.  Ello contrasta marcadamente, sin embargo, con el silencio del Ministerio Publico, órgano que, escudándose en su autonomía, ha hecho nuevamente ejercicio discriminatorio de las facultades de persecución penal que la ley le otorga, negándose, sin fundamento plausible, a recalificar los delitos que imputa a los mapuche como delitos ordinarios.</p>
<p>La “neutralidad” del Ministerio Público en su política persecutoria de delitos es altamente cuestionable.  Ha llegado el momento de que la sociedad chilena, y en particular los legisladores, analicen quién fiscaliza a los fiscales, quién garantiza que éstos cumplan adecuadamente, sin discriminaciones, las funciones que le entrega la ley.</p>
<p>Al respecto, cabe recordar que las directrices del derecho internacional de los derechos humanos que el gobierno ha tenido presente al llegar a los acuerdos y que permitieron el término de la huelga de hambre no solo son aplicables al ejecutivo, sino a todos los órganos del Estado, incluyendo por cierto el Ministerio Público.  Sino, estaríamos permitiendo que dicho órgano vulnere el artículo 5 inciso 2 de la Constitución Política del Estado, que dispone que los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes limitan la soberanía y deben ser respetados y promovidos por los órganos del Estado.</p>
<p>¿Vamos a permitirlo?</p>
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		<title>El senador Walker y las huelgas de hambre</title>
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		<pubDate>Mon, 16 Aug 2010 06:49:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Conflicto Mapuche]]></category>
		<category><![CDATA[huelga de hambre]]></category>
		<category><![CDATA[Ley Antiterrorista]]></category>

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		<description><![CDATA[En declaraciones recientes relativas a la huelga de hambre que 32 mapuche condenados y/o procesados por ley anti terrorista llevan adelante desde hace casi un mes en distintas cárceles del sur del país, el senador Patricio Walker manifestó estar dispuesto a promover un dialogo para abordar la situación que les afecta. Afirmó, sin embargo, que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En declaraciones recientes relativas a la huelga de hambre que 32 mapuche condenados y/o procesados por ley anti terrorista llevan adelante desde hace casi un mes en distintas cárceles del sur del país, el senador Patricio Walker manifestó estar dispuesto a promover un dialogo para abordar la situación que les afecta. Afirmó, sin embargo, que para ello es previo que estos depongan la huelga de hambre que impulsan.</p>
<p>Días antes, luego de la liberación de los presos políticos en Cuba tras una larga huelga de hambre del disidente Guillermo Fariñas, el senador Walker propuso su nombre, así como él de los demás presos liberados por los gobiernos de Fidel y Raúl Castro, para  el Premio Nobel de la Paz, calificando la huelga de hambre de Fariña como “un acto heroico, un testimonio casi sobrehumano”.</p>
<p>Se trata de declaraciones absolutamente contradictorias entre si para referirse a  una  situación análoga; la huelga de hambre de personas encarceladas por razones políticas como herramienta de socialización de una realidad violatoria de derechos humanos.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> La preocupación que el senador Walker tiene por los derechos humanos en Cuba es valorable. Lo que se echa de menos en su análisis, y sobretodo en su actuación como parlamentario, es que no tenga la misma preocupación por  problemas de derechos humanos profundos que existen en Chile.</blockquote></div>
<p>La prisión política en la isla caribeña es de sobra conocida, y las condenas internacionales al gobierno cubano sobre la materia son contundentes. Por lo mismo,  los movimientos de derechos humanos de América Latina y del mundo no podemos sino alegrarnos de su término para quienes fueron recientemente liberados en Cuba, hecho que no habría sido la larga huelga de hambre de Fariña.</p>
<p>Bastante menos conocida es para la sociedad chilena, y evidentemente para el senador Walker,  la situación que hoy afecta a más de 50 personas mapuche que han sido condenadas  (cinco en total) o están siendo procesadas (42 en prisión preventiva  y 11 con medidas cautelares en libertad) por la ley antiterrorista por hechos de protesta social vinculados a la reivindicación de derechos por tierras, derechos que, dicho sea de paso, les han sido reconocidos por el derecho internacional, incluyendo por el Convenio N° 169 de la OIT ratificado el 2008 por el Congreso Nacional.</p>
<p>La prisión mapuche es consecuencia de la imputación hecha en su contra por órganos públicos (Fiscalía y Ministerio del Interior) de  la comisión de delitos de incendio, homicidio frustrado y lesiones, amenazas y el de asociación ilícita, a todos los cuales se atribuye un carácter terrorista.  No se trata de que en el marco de la protesta social indígena frente a la expansión productiva forestal, hidroeléctrica, etc. impuesta por el estado sin la consulta y consentimiento de sus comunidades, y menos con su participación en los beneficios que estas actividades generan, no se hayan cometido delitos. Tales delitos &#8211; fundamentalmente contra la propiedad-, sin embargo, no se corresponden con las características de la figura de terrorismo la que, como existe consenso internacional, supone la afectación primordialmente de la vida, integridad física o libertad de las personas</p>
<p>La legislación antiterrorista existente en Chile, además, no garantiza el derecho al debido proceso, al permitir el uso de testigos protegidos de rostro cubierto, dificulta seriamente la aplicación de medidas cautelares diferentes a la prisión preventiva, establece tipos penales abiertos que posibilitan su uso arbitrario, y considera una penalidad que duplica la existente para los delitos ordinarios, y por lo mismo, impide la aplicación de beneficios carcelarios. Es por la opción evidentemente política de los órganos del Estado de aplicar esta legislación a los mapuche, y no la legislación penal ordinaria que se aplica a delitos similares cometidos por otros sectores de la población, que estas personas se encuentran en prisión. Por lo mismo, aunque muchos como el senador Walker no la identifiquen como tal, la prisión de los mapuche condenados o procesados por ley antiterrorista, es una prisión política.</p>
<p>La aplicación de esta legislación a los mapuche  ha sido representada al Estado de Chile por el Comité de Derechos Humanos de la ONU (2007), y más recientemente (2009), por el Consejo de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y la Relatoría  Especial de derechos Indígenas, todos ellos órganos de la ONU. Tales organismos han instado al Estado chileno a revisar la aplicación de esta legislación especial a los mapuche por hechos de protesta social, y a reformarla de modo de eliminar los tipos penales abiertos que ella contiene que hacen posible su aplicación arbitraria, cuestión que el senador Walker parece ignorar.</p>
<p>Otra situación que parece ser desconocida por el senador Walker, es que varios de los procesos que se siguen en contra de los mapuche son sustanciados por la justicia militar, cuya idoneidad e imparcialidad para conocer causas que involucran a civiles, ya sea como ofensores o como ofendidos, ha sido cuestionada no solo por las instancias de Naciones Unidas antes referidas, sino también por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Dicha Corte instó a Chile el 2005 a reformar la justicia militar de modo que ella solo puede tener competencia para conocer delitos del fuero militar, reforma que el Congreso no ha aprobado, a pesar de existir diversas iniciativas legales para ello.</p>
<p>Finalmente, también el senador Walker parece desconocer que  muchas de las comunidades de las que provienen los presos mapuche se han visto afectadas por la presencia prolongada de efectivos policiales que han hecho un uso abusivo de la fuerza en contra de quienes las integran, afectando gravemente su integridad física, incluyendo la vida, y síquica. Se trata nuevamente de una realidad que ha sido representada por órganos de tratado de las Naciones Unidas, como el Comité de derechos del Niño (2007) y el Comité Contra la Tortura, por cuanto constituyen violaciones a convenciones internacionales ratificada por Chile.</p>
<p>La preocupación que el senador Walker tiene por los derechos humanos en Cuba es valorable. Lo que se echa de menos en su análisis, y sobretodo en su actuación como parlamentario, es que no tenga la misma preocupación por  problemas de derechos humanos profundos que existen en Chile, que han sido representados por la comunidad internacional, y que requieren de atención urgente, como el que ha llevado a los mapuche a desarrollar la huelga esta hambre.</p>
<p>Las dos demandas centrales de los presos  mapuche en huelga de hambre son un juicio justo al amparo de legislación compatible con los derechos humanos, y ante instancias jurisdiccionales ordinarias imparciales, y el término de la situación de violencia generada con la presencia policial masiva en sus comunidades. Se trata de demandas que no pueden sino ser compartidas por un defensor de los derechos humanos como el senador Walker. Solo  se le pide más coherencia.</p>
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		<title>Violencia policial y el caso de Francisco Coronado: hasta cuándo</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Jul 2010 06:48:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>José Aylwin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogs y Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Columnas]]></category>
		<category><![CDATA[Carabineros]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Humanos]]></category>

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		<description><![CDATA[El pasado domingo 27 de junio, al interior de un furgón policial de Carabineros en Cabreros, perdió la vida el joven de 19 años Franco Coronado Cárdenas, tras ser detenido por efectivos policiales -cerca de las 19 horas- mientras participaba de una feria costumbrista junto a su familia y su pareja en dicha ciudad. De [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado domingo 27 de junio, al interior de un furgón policial de Carabineros en Cabreros, perdió la vida el joven de 19 años Franco Coronado Cárdenas, tras ser detenido por efectivos policiales -cerca de las 19 horas- mientras participaba de una feria costumbrista junto a su familia y su pareja en dicha ciudad. De acuerdo a testigos, los funcionarios golpearon brutalmente al joven y luego lo arrojaron al interior del vehículo institucional, ocasionándole lesiones que son acreditadas por el informe de autopsia del Servicio Médico Legal de Los Ángeles, que estableció como causa de muerte un &#8220;traumatismo cráneo encefálico por golpe con o contra elemento contundente&#8221;.</p>
<p>Seis son hasta ahora los funcionarios requeridos por el fiscal militar Carlos Pinto, a cargo de la investigación de estos hechos. El Prefecto de la Región del Biobío, coronel Pablo Sepúlveda, anunció que se iniciará un sumario interno, sin embargo,  los autores de las lesiones que causaron la muerte del joven &#8220;mientras el fiscal militar no resuelva, no serán suspendidos de sus funciones&#8221;, aseguró.</p>
<p>Hace un año atrás, la madrugada del 28 de junio de 2009, falleció también como consecuencia de una golpiza de carabineros en el estacionamiento del Bar Constitución del barrio Bellavista en Santiago, el joven arquitecto Mario Oviedo Aguilar. En los hechos se encuentran involucrados dos efectivos de la 19° Comisaría de Providencia. A pesar de las evidencias y testimonios de su participación en este crimen, los efectivos policiales tampoco han recibido a la fecha sanción alguna, ya que la investigación que sigue la justicia militar en este caso por el delito de violencia innecesaria con resultado de “lesiones graves”, sigue en estado de sumario. Los carabineros involucrados en este caso tampoco han sido amonestados por sus superiores, y siguen en servicio activo en las filas de la institución. Es más, familiares y amigos de Mario Oviedo denuncian que carabineros los vigilan e intimidan, al igual que lo hicieron con los guardias de seguridad del bar Constitución, en una actitud ilegal impropia de una institución pública. Lo anterior contrasta con lo acontecido mayo pasado cuando dos efectivos de la misma Comisaría involucrados en el robo de cajeros automáticos, fueron dados de baja de la institución. El mensaje que dan las autoridades policiales con su reacción frente a estos casos es claro: la propiedad vale más que la vida humana.</p>
<div class="news-quote alignleft">  <blockquote> El mensaje que dan las autoridades policiales con su reacción frente a estos casos es claro: la propiedad vale más que la vida humana.</blockquote></div>
<p>La muerte de Mario Oviedo fue ampliamente cubierta, en su momento, por diversos medios de comunicación. Ello no es casualidad. Se trataba de un profesional, y  de un hecho ocurrido en un conocido barrio de Santiago. No sucede  lo mismo, lamentablemente, con muchos hechos de violencia policial que afectan a otros sectores de la población o que ocurren  en otras partes del país, y que afectan a quienes no tienen acceso a los centros de poder o a los medios de comunicación. En efecto, a casi dos décadas del término de la dictadura, son comunes en Chile las situaciones de abuso, uso innecesario de la fuerza, y de brutalidad por parte de agentes policiales del Estado que resultan en la muerte, o en torturas o tratos crueles, inhumanos y degradantes de civiles, en particular de quienes pertenecen a los sectores más vulnerables del país, entre ellos indígenas, trabajadores, pobladores, y  niños y niñas.  De ellos, sin embargo, la prensa rara vez informa.</p>
<p>Una muestra de ello es la violencia policial que afecta a personas mapuche. Solo el año pasado (2009) 55 integrantes de este pueblo, muchos de ellos miembros de comunidades rurales, fueron víctimas del uso excesivo de la fuerza policial. En un operativo policial ocurrido en la Araucanía en agosto pasado falleció como consecuencia del disparo de un carabinero que impactó su  espalda el joven mapuche Jaime Mendoza Collio.  Con él son tres las víctimas fatales mapuche como consecuencia del actuar abusivo de las fuerzas policiales.  Otros casos de gravedad ocurridos el 2009 incluyeron el disparo de balines, gases lacrimógenos, golpizas, secuestro en un helicóptero, todos imputables también a carabineros,  que afectaron a niños mapuche en  la  Araucanía. Al igual que en el caso de Mario Oviedo, los efectivos policiales involucrados en estos hechos siguen en servicio activo. Tampoco han ido a la cárcel por los delitos que han cometido.</p>
<p>El actuar policial abusivo en nuestro país, a pesar de resultar aberrante para un estado democrático de derecho y de violar los derechos humanos más esenciales reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales ratificados por Chile, persiste como consecuencia de un conjunto de factores. El primero de ellos es la tolerancia de las autoridades civiles de las que dependen las fuerzas policiales.  Imbuidas del discurso de “mano dura” y “tolerancia cero” frente a la delincuencia que han sido instalados por los sectores más reaccionarios del país, las autoridades encargadas de la seguridad pública  han desoído sistemáticamente los reclamos de las personas afectadas o de sus familiares frente a los hechos de violencia policial. Tales autoridades rara vez han instado, además, por el desarrollo de investigaciones o la adopción de sanciones internas frente a estos hechos delictivos. Menos aún han iniciado o se han hecho parte de acciones judiciales tendientes a su investigación y sanción.  Como sabemos, el discurso de la “mano dura” frente a la delincuencia es el que orienta el accionar del gobierno de Piñera en la materia, por lo que lamentablemente no se avizoran cambios en la complicidad del Estado con el actuar delictivo de las policías bajo su mandato.</p>
<p>Otro hecho que resulta determinante en esta realidad es la persistencia de la competencia de la justicia militar para conocer de los delitos cometidos por efectivos policiales en contra de la población civil. Dicha justicia, como sabemos, carece de la imparcialidad necesaria para juzgar tales delitos, y por lo mismo, no garantiza el derecho a un debido proceso. La necesidad de que el Estado chileno reforme el Código de Justicia Militar, limitando la jurisdicción de los tribunales militares al enjuiciamiento de personal militar acusado de delitos de carácter militar, ha sido representada  al Estado chileno por diversas  instancias de derechos humanos, entre ellas la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia en el caso <em>Palamara Ibarne v. Chile</em> (2005), el Comité de Derechos Humanos de la ONU (2007), y más recientemente (2009), el Consejo de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura, también de la ONU. A pesar de ello, dicha reforma no se ha materializado a la fecha.</p>
<p>Otro factor que resulta determinante en la persistencia del actuar abusivo de la policía es la indiferencia de la población frente a esta grave realidad. En efecto, hechos como el ocurrido a Mario Oviedo no parecen generar preocupación en la sociedad. La ciudadanía no parece tener conciencia que las fuerzas policiales no solo están para garantizar el orden público, sino fundamentalmente proteger a quienes integramos este país. Para generar tal conciencia diversos organismos de derechos humanos impulsamos el 2008 la  campaña Alto Ahí visibilizando, a través de distintos medios (<a href="http://www.altoahi.cl/">www.altoahi.cl</a>), la situación de violencia policial que afecta a la población civil e instando a la introducción de reformas políticas y jurídicas para poner término a ella.</p>
<p>Tal situación contrasta marcadamente con la conciencia existente sobre la  materia en otros contextos. El ejemplo de Argentina, es relevante, no solo por su cercanía geográfica, sino también por su actualidad. Frente al asesinato a manos de la policía de un menor de 15 años ocurrido este mes en la sureña ciudad de Bariloche, la población que allí habita reaccionó con tal fuerza, que  la policía no solo dio de baja y envió a la justicia ordinaria a los efectivos implicados, sino que debió cerrar el  cuartel  que estos integraban. La conmoción que este hecho – así como la muerte de dos personas más en días posteriores en el contexto de la protesta social generada por estos hechos -  han provocado, han llevado a diversos órganos públicos, incluyendo el ejecutivo y el legislativo federal en Buenos Aires, a  intervenir para exigir su investigación y sanción y para revisar el actuar policial a fin de impedir que estos hechos vuelvan a ocurrir.</p>
<p>Mientras el Estado chileno mantenga su pasividad frente a esta realidad y tolere el uso abusivo de la fuerza pública en contra de la población civil, so pretexto de mantener el orden público y combatir la delincuencia, mientras siga desatendiendo los compromisos asumidos en virtud de tratados internacionales de derechos humanos, así como las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las recomendaciones de diversos órganos de la ONU en esta materia, crímenes tan repudiables como los de Mario Oviedo y Franco Coronado seguirán ocurriendo.</p>
<p>Lo mismo sucederá si los chilenos no tomamos conciencia de nuestros derechos y de que las policías, más allá de garantizar el orden público,  están esencialmente para protegernos y no para agredirnos, y mientras no nos indignemos y movilicemos para exigir justicia cuando ellas estén involucradas en actos delictivos.</p>
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