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¿Conoces el reglamento sobre las clases de religión? A mamá la mandaron a entrevista personal y se indignó Debería bastar con firmar un documento

¿Conoces el reglamento sobre las clases de religión? A mamá la mandaron a entrevista personal y se indignó

El Decreto Ley 924 establece que los colegios deben respetar la voluntad de los padres. Sin embargo, “al llegar a IV° medio, el 95% de los alumnos está eximido de religión y la mayoría debe quedarse en la misma sala escuchando”, cuenta Marcos Telias representante del movimiento Educación Laica.


Marta Fernández es una madre que cree que sus hijos deben tener una educación laica. Por eso lo que le sucedió esta semana la dejó tan enojada, que agarró su teléfono y decidió denunciar a través de twitter lo que le llegó por parte del colegio. “Llevo más de 8 años en este colegio ‘Laico’ y ahora me exigen firmar un ‘documento’ para eximir a mi hijo de religión sin antes pasar por la ‘psicologa’”, lanzó. Y añadió: “Yo dejé que pintaran también cuando eran muy pequeños para que no deambularan solos, pero ya uno tiene 12 y el otro 14 y pueden salir de la sala. Pero ahora no quiero pasar por reuniones acá y allá de nuevo. Es mucho”.

Con ese comentario, Marta generó un interesante debate, que demostró lo poco que sabemos sobre la ley que norma las clases de Religión, el DL 924. Y sobre todo, lo poco que se respeta en las aulas.

Cristián Reyes, por ejemplo, cuenta que lo citaron del colegio para permitir que su hijo, eximido de religión, salga de la sala durante la clase. Una usuaria identificada como Cote entrega un dato anecdótico: “A mi hijo en 8vo la profe le decía si no tenía miedo de irse al infierno por no creer en Dios… Que él era un niño bueno… De verdad estaba preocupada… jijii…”. María Elisa Guerra agrega que “en el colegio de mis hijos, no solo laico sino municipal, firmamos un documento para que no participen en esa clase, pero también los mantienen en las salas, mientras se hace «catecismo», pues no habría personal para hacerse cargo de ellos en otro espacio”. Y Mario, que “a mi hijo lo dejan sentado solo atrás mientras los compañeros tienen religión. El año pasado el profe le regaló un cuaderno para q participará, el q por supuesto se me perdió de casualidad. Deberías reclamar en la Superintendencia”.

Conversamos con Marta, quien relató algo de su historia para entender por qué tanto enojo. “Yo tenía a mis hijos en un colegio masón, las Américas, y ahí apareció como sostenedor Parisi y nos estafó. Llegué en marzo, hace 8 años, a La Abadía, ya que sabían de nuestro caso. En esa época, el director nos recibió y nos hizo firmar un documento donde yo excluía a mis 3 hijos de Religión. El primer año fue terrible, ya que igual los dejaban en clases, los molestaban por no saber rezar e incluso, una vez, llegó mi hijo del medio con un rosario al cuello y me decía ‘mamá, no me lo saques que me castigarán’. Los papás al principio ni nos hablaban. Puse varios reclamos hasta que dejaron de molestarnos y amenacé con retirar a mis hijos. Ahí todo se calmó, nos conocieron y nos aceptaron. Mi hijo mayor egresó y todo perfecto. El problema ahora es que cambiaron de director y todo lo que me gané con respeto, volvió a cero”, explica.

Envalentonada por los comentarios de twitter y con la ley leída, Marta decidió mandar ayer durante la tarde la norma y pedir que saquen a sus hijos de oyentes de las clases. Finalmente el colegio le respondió algunas horas después y tras recibir un llamado de El Mostrador Braga para que puedan llegar a un acuerdo.

Conversamos con Susana Astudillo, coordinadora del colegio La Abadía, quien explicó que “hubo un problema de comunicación. Conversamos con la apoderada y no existe problema. En estricto rigor, este colegio es pequeño y ha tenido cambios estructurales para mejorar la situación de los alumnos. Se tomarán medidas para que estén todos conformes”. Cuando le preguntamos por qué estaban exigiendo una reunión con la psicóloga, argumentó que “lo pide el ministerio. Tenemos que exigir un documento médico”.

Sin embargo, desde la Superintendencia de Educación nos responden otra cosa cuando inquirimos por los requerimientos que le hacen a Marta. “Hasta ahora no contamos con todos los antecedentes para un pronunciamiento sobre este caso en particular. No obstante, de acuerdo a la normativa el único requisito para eximirse de las clases de religión, es que los padres y apoderados lo manifiesten por escrito. No hay otra exigencia”, informan.

Marcos Telias, representante del movimiento Educación Laica, dice que “lamentablemente este tipo de irregularidades son muy habituales, entre los casos que nos llegan a Educación Laica, hemos sabido de colegios que no mencionan la posibilidad de eximición, o que cuestionan a los apoderados por tal “falta de valores”, o que por falta de recursos para poder supervisar a los eximidos, les dicen que deben aceptar clases de religión o buscar otro colegio para matricular”.

Sobre el caso particular de Marta, dice que aunque “la comunicación que publicó no contiene tantos detalles, ella afirma que se trata de una citación con la psicóloga o consejera del colegio para hacerles una evaluación como familia. De ser así, le aconsejamos que realice la denuncia correspondiente en la Superintendencia de Educación”.

“Todo el problema con las clases de religión viene del Decreto 924 de Pinochet, que obliga a los colegios públicos a dar clases de adoctrinamiento de al menos una religión, sin garantía de tener que ofrecer clases para cada credo que esté representado en la sala de clases ni tampoco contenido alguno para los eximidos. Entonces, aunque al llegar a IV° medio, el 95% de los alumnos está eximido de religión, la mayoría debe quedarse en la misma sala escuchando (52%), o los mandan a su casa (27%) o les dan horas de repasos libres (16%) y se están desaprovechando dos horas semanales, desde prebásica a media, siendo que otras asignaturas como Ciencias Naturales y Filosofía se encuentran amenazadas”, opina Telias, quien además detalla que los porcentajes son datos del estudio que encargó el mismo Mineduc a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso en 2017.

“En Educación Laica, llevamos 3 años de recibir casos como estos todas las semanas, dando asesoría e informando la normativa vigente y cómo exigir, al menos, el derecho a eximición y respeto por la libertad de conciencia”, concluye.

¿Qué dice la ley?

Como el problema con las clases de Religión parece ser habitual, preguntamos a la Superintendencia sobre el tema. Y nos explicaron lo siguiente:

Esta materia se rige por el Decreto 924 del Ministerio de Educación de 1983, y por el Ordinario N° 702 del 24/12/2013 del Mineduc.

De este modo, las clases de religión deben ofrecerse en todos los establecimientos educacionales del país, con carácter de optativas para el alumno y la familia (artículo 3° del Decreto 924). Para estos efectos, los padres o apoderados deben manifestar por escrito, en el momento de matricular a sus hijos, si desean o no la enseñanza de religión, señalando si optan por un credo determinado o si no desean que su hijo curse esas clases.

Ahora, si se trata de establecimientos particulares confesionales, el artículo 5°, del mismo decreto, establece que deben ofrecer a sus alumnos la enseñanza de la religión a cuyo credo pertenecen y que estos establecimientos deben comunicar oficialmente a la Seremi de Educación correspondiente la religión que profesan. No obstante, según la misma normativa, deben respetar la voluntad de los padres, que por tener otra fe religiosa, aunque hayan elegido libremente el colegio confesional, manifiesten por escrito que no desean la enseñanza de la religión oficial del establecimiento para sus hijos.

Simultáneamente, el Ordinario 702 establece que en caso de que los padres y apoderados soliciten por escrito que su hijo se exima de la clase de religión, el establecimiento debe arbitrar medidas para que él o los estudiantes correspondientes, destinen dicho tiempo en actividades sistemáticas y regulares de estudio personal o grupal, el que debe ser dirigido y supervisado.

De hecho, en su artículo 14, la Convención sobre los Derechos de los Niñas y Niñas, establece: “Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”.

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