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Definitivamente, CMPC y SCA sacarán los guantes en caso de colusión

Definitivamente, CMPC y SCA sacarán los guantes en caso de colusión

Ayer, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acordó recibir la causa a pruebas para determinar, entre otras cosas, si CMPC amenazaba a SCA y si disponía sanciones para la sueca en caso de no mantener el cartel.


El proceso que lleva adelante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por el caso de colusión en el papel tissue promete duros roundS entre la sueca SCA y la papelera de los Matte, CMPC.

Desde que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) denunció en octubre pasado el cartel que rigió en la década anterior, CMPC optó por no responder al requerimiento, concediendo su participación a cambio de optar al beneficio de delación compensada, lo que le podría permitir evitarse la multa de hasta US$ 30 millones que pudo llevarse.

Por el contrario, SCA negó su participación hasta 2005 y sí la reconoció desde 2006, aunque sin variados matices. En particular, la firma –que hasta 2003 era completamente propiedad del ex ministro de Deportes de Piñera, Gabriel Ruiz-Tagle– afirmó que quien organizó la colusión fue CMPC y aseguró que tenía pruebas de ello. Por el contrario, CMPC Tissue dijo que eso era imposible por el tamaño de la sueca a nivel mundial e igualmente adelantó que presentaría pruebas.

Ayer, el TDLC anunció la apertura del período de presentación de pruebas y testigos y fijó las materias que deberán dilucidarse en el proceso.

En esa línea, el tribunal resolvió recibir la causa a prueba y fijó los hechos sobre los cuales las empresas y la FNE deberán litigar. Y, entre esos hechos, al menos la mitad acoge los reclamos de SCA, adelantando un duro juicio.

Por un lado, el primer ámbito a debatir será el relativo a los “hechos y circunstancias de la génesis y término del acuerdo imputado en autos, en especial, época y lugar”, al igual que “la organización y ejecución del acuerdo imputado en autos”.

De este último punto, penden una serie de materias que incluyen lo reclamado por SCA. Si bien era esperable que determinaran que se verifiquen hechos como las circunstancias de la participación de SCA y de CMPC en el acuerdo, las formas de fijar los precios, las formas de asignar las cuotas de mercado y la “existencia de mecanismos de seguimiento y monitoreo”, el TDLC abrió más el naipe.

En esa línea, el tribunal permitiría a las empresas enfrentarse por la “existencia de amenazas por parte de CMPC a SCA durante la ejecución del acuerdo” y la “adopción de sanciones por parte de CMPC a SCA durante la ejecución del acuerdo”. Y el punto clave para SCA, sobre el cual ha reclamado desde el principio del caso: los beneficios obtenidos por las requeridas como consecuencia del acuerdo imputado en autos.

Este último se refiere al reclamo de SCA de que, por llegar segundo a la autodenuncia y la consiguiente delación compensada, únicamente obtuviera de la FNE la solicitud ante el TDLC de la reducción en solo un 50% de la multa.

Según indicó el TDLC, se recibirá la causa a prueba por el término de treinta días.

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