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Nueva economía y libre competencia: un catalizador para la transición Opinión

Nueva economía y libre competencia: un catalizador para la transición

Sin duda, esta verdadera democratización de la economía y la información no está exenta de desafíos y necesarios ajustes. Es por ello que, a nivel global, diversos estatutos jurídicos han debido ser modificados o complementados para adecuarse a esta nueva realidad.


Aunque muchos no lo acepten o derechamente no lo entiendan, la economía mundial se encuentra en franca evolución hacia paradigmas tecnológicos que sobrepasan exponencialmente toda proyección que, desde fines de los 90, se haya hecho cuando se identificó el fenómeno conocido como la “nueva economía”.

En efecto, gracias a Internet, hoy no solo existe un mayor e igualitario acceso de oferentes y demandantes a diversos bienes y servicios, sino que se ha desarrollado una serie de tecnologías destinadas a mejorar la actividad económica en su conjunto, sea en el ámbito público o privado, y que, en el mediano plazo, renovarán e incluso reemplazarán estructuras tradicionales, sobrepasando en muchos casos las fronteras de los países.

Este contexto revolucionario ya está ayudando a nivel global a realizar diversos actos jurídicos –principalmente relacionados con el dinero y con el registro e intercambio seguro de información– de una manera eficiente, sencilla y con costos muy por debajo de los conocidos hasta ahora, gracias a la operación de innovaciones tales como el blockchain, el dinero electrónico, el crowdfunding y el manejo de big data, las que aumentan tanto la seguridad de las operaciones como su rapidez y la reducción de sus costos. Y Chile no es la excepción, ya que, según la Asociación de Fintech, en 2017 las 15 firmas que componen el gremio movieron US$ 1.800 millones, cifra que debiese ir creciendo en los próximos años.

Sin duda, esta verdadera democratización de la economía y la información no está exenta de desafíos y necesarios ajustes. Es por ello que, a nivel global, diversos estatutos jurídicos han debido ser modificados o complementados para adecuarse a esta nueva realidad, en aspectos tan variados como el derecho tributario, la ley de mercado de valores y la legislación bancaria, entre otros.

No obstante, existe un estatuto que, atendidos sus principios y normas universales, no ha requerido –ni requiere– mayores adecuaciones en esta materia y está sirviendo como un adecuado catalizador para la transición señalada. Se trata de las normas y principios de la libre competencia.

Así, tanto los nuevos actores de mercado como aquellos que se ven enfrentados a la entrada de estos últimos, saben de antemano, y sin necesidad de una modificación legal, que comportamientos tales como la colusión o las conductas exclusorias son contrarios a la ley y llevan asociadas sanciones y medidas.

A ello se suma el principio constitucional que garantiza a todas las personas la posibilidad de realizar cualquier actividad económica que no esté expresamente prohibida por ley, de modo que no se requiere de una norma habilitante para desarrollar dicha actividad y, por lo mismo, incurre en infracción legal el que impida el ejercicio de tal derecho fundamental.

Ciertamente, ninguna transición es fácil, pero es claro que, si todos respetamos el orden público económico vigente, los caminos a los que nos conducirá la nueva economía serán cada vez más innovadores, eficientes y beneficiosos, tanto para los mercados como para el consumidor final.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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