Publicidad
Corte Suprema ordena al banco Itaú restituir fondos sustraídos por fraude informático a cliente MERCADOS

Corte Suprema ordena al banco Itaú restituir fondos sustraídos por fraude informático a cliente

La Corte Suprema acogió un recurso de protección de un cliente de un banco y ordenó a la entidad financiera devolver los fondos que fueron sustraídos de su cuenta corriente por fraude informático.


En fallo unánime la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y Arturo Prado- consideró arbitraria la decisión del banco Itau de no devolver los fondos sutraídos.

El fallo señala que «ante un fraude informático en el uso de las claves de una cuenta corriente y productos asociados a ellas no resulta posible sostener que los dineros sustraídos, sin el consentimiento del cliente, como ocurre en autos, corresponda a caudales específicos de éste, toda vez que los depósitos de dinero en las entidades financieras se realizan como un simple género y en caso alguno como especies o cuerpos ciertos»

Además agrega que «aun cuando el fraude informático se haya ejecutado mediante el uso irregular de los datos y claves bancarias personales del recurrente de autos, no resulta posible soslayar que lo sustraído es dinero, bien fungible que se confunde con otros de igual poder liberatorio, con lo que resulta no sólo jurídica sino físicamente imposible sostener y menos acreditar la exacta identidad de las especies sustraídas mediante el fraude ejecutado a través de la cuenta bancaria del actor».

Ante esto, la Suprema señala que «no queda más que calificar el actuar de la recurrida como ilegal y arbitrario, puesto que al no asumir el perjuicio económico trasladando los efectos del fraude bancario al actor, afecta directamente el patrimonio de éste, vulnerando así el artículo 19 n° 24 de la Constitución Política».

Por lo tanto se decide que «se revoca la sentencia anterior y acoge el recurso de protección debiendo Banco Itaú restituir (…) la suma de $7.000.000».

Sentencia Itaú by El Mostrador on Scribd

Publicidad

Tendencias