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Reforma Tributaria de Piñera: se abren dudas sobre beneficios a los súper ricos MERCADOS

Reforma Tributaria de Piñera: se abren dudas sobre beneficios a los súper ricos

En abril pasado, Claudio Agostini explicó a El Mostrador Mercados, de manera simplificada, qué significa volver al sistema integrado: «La tasa de las empresas es solo una retención de la tasa de la persona, entonces, al dueño de una empresa la tasa que de verdad le importa, en un sistema completamente integrado y atribuido, es la tasa que paga, porque yo le puedo retener 25 por ciento de su empresa, pero si su tasa es 15 por ciento, le voy a devolver 10 por ciento, y si es 0, le voy a devolver todo, y si es 35 por ciento, me va a pagar 10 por ciento más».


Ayer fue un día de intenso de trabajo en materia tributaria. Por la mañana los parlamentarios se enojaron porque el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, y su par de la Segpres, Gonzalo Blumel, llegaron atrasados para ingresar el proyecto con las modificaciones a la Reforma Tributaria que anunció el martes en la noche, en cadena nacional, el Presidente Sebastián Piñera.

Al mediodía, finalmente, el trámite en el Congreso se hizo oficial. La propuesta que ingresó Hacienda contiene 291 páginas, además del informe financiero que trata de cuadrar la menor recaudación que genera, principalmente, la integración del sistema tributario, a lo que se suma la reducción de IVA a las viviendas. El miércoles las dudas en la conferencia de prensa que se hizo en Teatinos 120 apuntaron al costo que tendría para el Estado dejar a un lado el sistema semiintegrado planteado por Michelle Bachelet y que replanteó la posibilidad, en palabras simples, de deducir el pago de impuestos personales de los impuestos corporativos.

«La iniciativa resguarda los equilibrios fiscales. De hecho, con el nuevo esquema impositivo en régimen hacia 2023, el costo de la integración total del sistema ascenderá a US$ 833 millones anuales. A esta cifra, se suman como costo las normas de tributación internacional, que implica una merma de US$ 7 millones y los beneficios pro inversión, que ascienden a US$ 204 millones. Estos últimos son depreciación instantánea para el 50% del activo por dos años, depreciación instantánea en La Araucanía –también por dos años – y reducción del plazo de recuperación del IVA por compra de activo fijo», aclaró el Ministerio de Hacienda durante la tarde de ayer.

El proyecto señala que se propone un sistema tributario único, conocido por los contribuyentes, y que aporta a generar equidad horizontal. «Las necesidades actuales demandan un relevante incentivo al crecimiento e inversión, por lo que se mantiene el principio actual de integración de la tributación por parte de la empresa, a través de un impuesto corporativo, con la misma tasa para todas las empresas, salvo las que califiquen como Pymes, las que tendrán una tasa menor. Los propietarios tributan con impuestos finales, exclusivamente, en base a retiros efectivos, en una escala progresiva, dependiendo de su nivel de rentas, incentivando así la inversión de los recursos disponibles», reza el texto de la iniciativa.

Desde la oposición lo calificaron como un beneficio a los súper ricos y agregaron que no estarán disponibles para aprobar la integración del impuesto corporativo al personal en el régimen semiintegrado, ya que implicaría una rebaja de la carga impositiva a las personas con acumulación de capital.

[cita tipo=»destaque»]Efectivamente, la reforma tiene un énfasis en las Pymes. Quienes comenzaron a conocer ayer el detalle del proyecto destacaron que tiene un fuerte incentivo en este segmento, incluso proponiendo declaraciones de renta. Las dudas giraron en torno a aspectos relacionados con cómo, finalmente, se operará con boleta electrónica obligatoria en aquellos establecimientos más pequeños o donde la compra no sea con medios electrónicos.[/cita]

En abril pasado, Claudio Agostini explicó a El Mostrador Mercados, de manera simplificada, qué significa volver al sistema integrado. » En el sistema integrado, la tasa de las empresas es solo una retención de la tasa de la persona, entonces, al dueño de una empresa la tasa que de verdad le importa, en un sistema completamente integrado y atribuido, es la tasa que paga, porque yo le puedo retener 25 por ciento de su empresa, pero si su tasa es 15 por ciento, le voy a devolver 10 por ciento, y si es 0, le voy a devolver todo, y si es 35 por ciento, me va a pagar 10 por ciento más«.

Los diferentes gremios empresariales ven con buenos ojos la integración, aunque por ahora su intención de rebajar la tasa corporativa no tuvo eco en el proyecto, algo que ha tensionado la relación entre el Gobierno y la Sofofa. «El proyecto de Modernización Tributaria permitirá al Fisco recaudar en términos netos US$ 428 millones adicionales, en moneda de 2023, equivalente al 0,1% del PIB, una vez que el nuevo sistema esté en régimen. La Modernización Tributaria tendrá un efecto neutro en la recaudación e incluso positivo”, recalcó el ministro Felipe Larraín.

En la minuta financiera del proyecto se detalla cómo operará el sistema integrado.

Sus principales características son:

  1. Este nuevo sistema funcionará bajo el principio de integración total, con una única tasa de impuesto corporativo para todas las empresas de 27%, salvo que estas califiquen como ‘Pyme’, en cuyo caso la tasa será de 25%. Los propietarios de aquellas tributarán fundados en impuestos finales, determinados exclusivamente en base a retiros efectivos.
  2. Los retiros y dividendos de una empresa se imputan, en primer lugar, a aquellas utilidades tributables, para posteriormente acceder a aquello que califique como exento, no renta o bien capital.
  3. Se simplifican los registros que deben llevar las empresas y se libera de la obligación de llevarlos en la medida que no sea estrictamente necesario. En estos casos, en tanto el retiro sea tributable y, al existir utilidades afectas a impuestos en la empresa, solo será necesario llevar anualmente un registro de saldo acumulado de créditos (SAG).

Además, se exigirá acreditar mediante registros tributarios de confección anual, solo aquellos casos en que el respectivo propietario estime que una remesa o distribución no debe quedar afecta a impuesto alguno, conforme al orden de imputación legal.

4. Finalmente, se establece conforme al nuevo artículo 38 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) que, si los socios del contribuyente son, a su vez, entidades que tributan en base a renta efectiva y contabilidad completa, las utilidades pendientes de tributación se entenderán reinvertidas. En el caso de estructuras con socios contribuyentes distintos de los señalados, se aplicará un impuesto único de término de giro de 35% con derecho a crédito.

Las dudas: boletas y plataformas digitales

Efectivamente, la reforma tiene un énfasis en las Pymes. Quienes comenzaron a conocer ayer el detalle del proyecto destacaron que tiene un fuerte incentivo en este segmento, incluso proponiendo declaraciones de renta. Las dudas giraron en torno a aspectos relacionados con cómo, finalmente, se operará con boleta electrónica obligatoria en aquellos establecimientos más pequeños o donde la compra no sea con medios electrónicos.

La obligatoriedad del uso de la boleta electrónica aumentará los ingresos fiscales vía menor evasión. Sobre la base de estimaciones del SIL, ya el uso de los vouchers de Transbank como boletas en algunos comercios habría reducido la evasión en un 9,9%, tratándose de microempresas, y en torno a 12,1%, en el caso de las pequeñas empresas.

Para estimar el impacto de la boleta electrónica obligatoria, se proyecta una reducción de la evasión de tasas similares para las micro y pequeñas empresas respecto a la experiencia con el uso de los vouchers de Transbank como boletas. Asimismo, se estima una reducción permanente en la evasión de las medianas y grandes empresas en 5% y 1,5%, respectivamente. Dada la mayor recaudación de IVA el primer año de la medida se agrega, a partir del segundo, un aumento en la recaudación por mayores ingresos declarados para el pago del impuesto a la renta.

Algunas voces apuntan a que lo anterior obligará a modificar el mercado en cuanto el dominio en este de Transbank.

Asimismo, las dudas se abrieron de la mano del pago de plataformas digitales, pues «el impuesto se aplica sobre los servicios digitales, de manera que no afecta la compra de bienes físicos por medios tecnológicos». Eso dejaría fuera compras en Amazon, por ejemplo, y AliExpress, aunque el Gobierno dijo que el potencial está precisamente en 17 millones de paquetes. En efecto, la Subsecretaría de Hacienda anunció un plan de contingencia con Aduanas y Correos de Chile y en la medida sí entrarían Netflix y Spotify, aunque tampoco está claro qué pasaría, por ejemplo, en operaciones de arriendos que pueden pagarse en efectivo o en tarjetas que entran en mora.

Revisa el proyecto completo a continuación  y también la minuta de la Dipres.

Proyecto Reforma Tributaria by El Mostrador on Scribd

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