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Corte de La Haya abre nuevo proceso para revisar frontera marítima

Tribunal tramitará denuncia de Nicaragua contra Colombia, a raíz de las diferencias de interpretación sobre un tratado suscrito en 1930. A diferencia de Bogotá, Managua sostiene que éste no fija límites marítimos, un argumento similar al sostenido por Perú para anunciar una demanda contra Chile. La CIJ ya falló un caso de estas características en octubre pasado.


La Corte Internacional de Justicia (CIJ) se declaró este miércoles con jurisdicción para dirimir sobre la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe, pero sin competencia sobre la soberanía de las islas San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que ahora pertenecen a Bogotá.



El fallo leído por la presidenta de la Corte, Rosalyn Higgins, tiene como consecuencia que la CIJ seguirá tramitando la denuncia de Nicaragua contra Colombia, aunque todavía no se han fijado fechas para el inicio de estas audiencias.



El contencioso no incluirá sin embargo la soberanía de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ya que el CIJ reconoció que el Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928-30 estableció la soberanía de Bogotá sobre ellas.



Sin embargo, sí tratará otras cuestiones territoriales, como la soberanía de los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana, regentada ahora por Bogotá.



En la sentencia se lee que el tratado de 1928 «no provee la respuesta a las cuestiones referidas a qué elementos además de las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina forman parte del archipiélago de San Andrés, sobre el que Colombia tiene soberanía».



Por lo tanto ahora queda abierto establecer la extensión concreta del archipiélago de San Andrés y delimitar la frontera marítima y continental entre Nicaragua y Colombia, que Bogotá sostenía que pasaba por el meridiano 82.



Sin embargo, los jueces establecieron hoy que ese meridiano fijó solamente en 1930 «el límite oeste del archipiélago de San Andrés».



El ministro de Exteriores de Nicaragua, Samuel Santos López, declaró en los pasillos de la Corte que con este fallo «el meridiano 82 desapareció totalmente (…) a partir de ahora Nicaragua puede expandir sus fronteras».



Jurisdicción



El fallo se ha centrado específicamente en las cuestiones de jurisdicción de la Corte, pero no trató temas de fondo del contencioso, cuya fecha de inicio de las audiencias orales todavía tiene que ser fijada.



Nicaragua elevó en 2001 ante la Corte el contencioso contra Colombia, basando su denuncia en el artículo 31 del «Pacto de Bogotá» de 1948, en el que Bogotá y Managua se comprometieron a reconocer la competencia de la CIJ en la resolución de conflictos relacionados con el Derecho Internacional o la interpretación del Tratado.



Bogotá negó la existencia del problema, pues considera que la frontera entre los dos países quedó fijada en el tratado Esguerra-Bárcenas de 1928-30.



Nicaragua, en cambio, sostiene en la existencia del litigio, como lo demuestra, a su juicio, que después de 1930 han tenido lugar negociaciones bilaterales entre los dos países para intentar resolverlo.



Se trata de una situación similar a la controversia existente en materia de límites marítimos entre Chile y Perú, país que ya anunció que recurrirá próximamente al Tribunal de La Haya, aunque todavía no ha precisado fecha.



Lima sostiene que la frontera marítima entre ambos países no está definida, razón por la que publicó recientemente una cartografía que sostiene límites distinto a los que el gobierno de Santiago ya considera fijados a partir de acuerdos suscritos en la década del ’50.



Según Perú, dichos convenios son sólo relativos a materias pesqueras y en ningún caso buscan establecer límites.



De acuerdo a Lima, el límite debe realizarse través de una línea bisectriz, distinto al paralelo que, según Santiago, ya está fijado en los mencionados convenios. La diferencia entre ambas posturas son entre 38 mil y 65 mil kilómetros cuadrados de mar territorial, que antes Perú había reconocido como chileno.



En octubre pasado, CIJ estableció una nueva frontera entre Honduras y Nicaragua, que sigue una bisectriz entre las líneas costeras de ambos países y que respeta las aguas de las islas bajo soberanía hondureña.



Ya en aquella ocasión, las autoridades de Lima sostuvieron que el dictamen de la CIJ suponía un importante "precedente" que reforzaba la decisión de someter el caso al tribunal de La Haya, mientras que en Santiago se aclaró que se trataba de casos particulares.



Precedente



El profesor de Derecho Internacional de la Universidad Autónoma de Madrid Antonio Remiro Brotón, que es miembro de la delegación nicaragüense, se refirió además al fallo del pasado octubre en el que la CIJ rechazó la frontera de Nicaragua y Honduras en el paralelo 15.



En esa sentencia, dijo, la CIJ «rechazó que el paralelo 15 fuera una división territorial tradicional entre Honduras y Nicaragua (…)» y desde entonces Managua «puede ir al norte de ese paralelo».



Y hoy, continuó, «el gran significado de esta sentencia es que el meridiano 82 también ha desaparecido como línea divisoria marítima» con Colombia.



Fuentes diplomáticas colombianas comentaron a EFE que Bogotá está satisfecha con el reconocimiento de las tres islas del archipiélago de San Andrés.



La delegación colombiana declaró en un comunicado que «Nicaragua sufre un revés fundamental en su posición ya que siempre pretendió que el archipiélago de San Andrés le pertenecía y que el tratado Esguerra-Bárcenas supuestamente era nulo o inválido».



Sobre el tema de la frontera marítima Bogotá se limitó a decir que «la Corte se declara competente para estudiar el asunto de la delimitación marítima y lo referente a la composición del resto del archipiélago».



EFE/El Mostrador.cl



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