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Derechos de aguas y manipulación del mercado


Cuando el eco del escándalo «coimas» y «sobresueldos» aún retumba en los oídos de muchos, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) enfrenta una nueva situación -que se vislumbra no menos escabrosa que la anterior- que tiene esta vez a su Dirección General de Aguas (DGA) y la empresa de agua potable «Aguas Andinas S.A.», en el centro del huracán de las suspicacias.



Ya no son sólo cientos de pequeños y medianos empresarios, quienes durante años han esperado infructuosamente que se tramiten sus solicitudes de aprovechamiento de aguas subterráneas para emprender sus actividades productivas, sino que es, además, la propia Contraloría General de la República la que espera se cumplan sus dictámenes, en los que ha señalado, una y otra vez, la ilegalidad y arbitrariedad del proceder de dicha DGA al no dar curso a los requerimientos de derechos de agua.



Hace algunos meses, cuando el aluvión de cambios y transparencia comenzó a correr al interior del MOP, muchos de los conocedores de dicha institución cruzaron los dedos para que éste también alcanzara a la DGA. Tales aspiraciones estaban bien fundadas, pues así lo confirmó el último de los dictámenes de la Contraloría (23/10/03) sobre la materia, en respuesta a un oficio del Ministro Etcheberry, en donde se señala que «se ha constatado que el procedimiento para la tramitación de solicitudes de derechos de aprovechamiento empleado por la DGA presenta demoras significativas, en relación a los plazos que se estiman razonables en las distintas etapas del mismo, en el contexto de lo dispuesto en el Código de Aguas y de la eficacia y eficiencia que es exigible a la gestión del Servicio atendida la naturaleza del beneficio.»



Así, la silenciosa guerra que cada uno de los cientos de solicitantes ha venido librando individualmente, desde ya casi una década, por el derecho a acceder a las aguas subterráneas del Acuífero Central de Santiago y en todo Chile, promete, sin embargo, tronar con toda su fuerza cuando la Justicia se pronuncie en definitiva sobre la materia. En esta instancia se han ido conociendo las curiosas coincidencias de intereses existentes entre la pública DGA y la privada Aguas Andinas, en su común afán para que se declare cerrado el acceso al acuífero metropolitano.



Si nos situamos en un escenario surrealista y se concreta el deseo de esta «alianza estratégica», las repercusiones, no sólo se limitarán a las facciones en pugna, sino golpearan a los habitantes de la ciudad de Santiago, los que verán reflejados en sus cuentas del agua potable el aumento de las nuevas tarifas que deberán pagar durante el período 2005-2010, y cuyo proceso de fijación tarifaria acaba de iniciarse el 15 de octubre pasado.



Con el pretendido cierre del acuífero metropolitano, al margen de consagrarse un progresivo estado de monopolio, pues la sanitaria sería prácticamente la única capaz de adquirir en el mercado derechos de aguas, una vez que los precios se disparen, la empresa podrá además aumentar sus ganancias a partir de la puesta en vigencia -el primero de marzo de 2005- de las nuevas tarifas actualmente en estudio.



En efecto, para determinar la tarifa, entre otros aspectos, se debe discernir si cabe asignarle un precio al agua cruda. Y para ello es de suma relevancia si un acuífero se encuentra abierto o cerrado. En el primer caso la empresa no puede presentar los derechos de agua que posee como un costo para ella, pues los obtiene gratuitamente por vía de solicitarlos a la DGA.



Sin embargo, en el segundo caso, es decir, si el acuífero se encuentra cerrado como pretenden Aguas Andinas y la DGA, dicha empresa puede presentar todos sus derechos de aprovechamiento a utilizarse, sea que los haya adquirido gratuitamente o no, como un costo de capital sobre el cual exige una tasa de rentabilidad, la que actualmente es un 9,96% anual.



Esta situación mejora sustantivamente los ingresos de la concesionaria a costa de los consumidores. Por tanto, por vía de un recurso de protección interpuesto ante los tribunales, la empresa busca que su agua cruda se valorice artificialmente. Lo preocupante es que un organismo del Estado (DGA) comparta la posición empresarial, al allanarse derechamente a ella en dicho juicio.



Por el contrario, si el dictamen de la Contraloría se mantiene en pie, muchas personas podrán acceder a las aguas subterráneas de la cuenca del río Maipo, con lo cual -al funcionar normalmente el mercado- se evitará un aumento ficticio del precio del agua.



Sin embargo, y en la eventualidad de que prosperara la «tesis» de la dupla DGA-sanitaria, todos aquellos pequeños y medianos empresarios -que deberán olvidarse de realizar sus proyectos económicos y/ o cerrar sus pozos en funcionamiento- deberían hacer llover demandas contra el MOP, ya que su DGA no podrá eludir la responsabilidad por no haberles advertido acerca de la supuesta falta de disponibilidad de agua, según sus controvertidos estudios hídricos, permitiendo que se desperdiciaran millones de dólares en hacer pozos inutilizables.



En los próximos días, la Sala Constitucional de la Corte Suprema tendrá que conocer y fallar la apelación interpuesta por la sanitaria aludida en contra del fallo de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que en forma unánime confirmara en todos sus puntos lo dictaminado por el órgano contralor en su Dictamen N° 10.969, del 19 de marzo pasado, que en definitiva ordena a la díscola DGA del MOP tramitar y otorgar los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas que mantiene pendientes en la zona metropolitana y en el norte del país donde los precios del aguas están alcanzando precios siderales.



Los reiterados y categóricos dictámenes de la Contraloría en contra de la DGA y que, en esencia, declaran que su director no puede limitar el acceso a las aguas subterráneas, sin que se hayan declarado previamente las áreas de restricción o prohibición en los casos que establece la ley, ha obligado a Aguas Andinas a bajar al ruedo, y mostrase como la verdadera beneficiaria de la «política» que ha conducido dicha repartición del MOP. Tengamos presente que esta sanitaria ha pretendido dejar sin efecto ante los tribunales de justicia dichos dictámenes de la Contraloría, luego que ésta rechazara las reconsideraciones de la DGA.



La sanitaria, que parece más interesada en que no se constituyan a terceros derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, en lugar de que se le otorguen a ella las solicitudes pendientes, interpuso para tal efecto un recurso de protección en contra del Dictamen NÅŸ 10.969 de la Contraloría, aduciendo que se generaría un «despojo atroz» (sic) a la propiedad de sus derechos de aprovechamiento ya otorgados, si se desconoce el criterio de la DGA en orden a atribuir a su director facultades para cerrar el acuífero sin que se cumplan previamente con los requisitos para declarar zona de restricción o prohibición.



Sin embargo, nadie se explica por qué -si el supuesto perjuicio es tan atroz como Aguas Andinas aduce- ésta no ha solicitado aún que se declare zona de restricción, tal como lo prevé el Código de Aguas cuando se presentan situaciones de agotamiento de un acuífero. Así, por lo demás, se pronunció la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en su fallo del 3 de Noviembre de 2003.



Pareciera, a la vista de muchos, poco consistente que la principal sanitaria del país no precaviera hechos tan atroces como los que vaticina que van a ocurrir, si no se le da la razón. ¿O es que no pudo, a pesar de los cientos de pozos con que cuenta, probar que se habría producido un descenso tal en las napas de agua que justificara la declaración de zona de restricción? ¿O no quería, tal vez, como otros afirman, que se declarara tal restricción para no verse afectada por ella al igual que el resto?



Copia de esta columna se entregó al Instituto Libertad y Desarrollo (UDI), Instituto Libertad (RN), Fundación Siglo XXI (PPD-PS) y Corporación Justicia y Democracia (PDC), con el objeto de que -como influyentes centros de estudio- expresen sus puntos de vista con respecto al asunto dado a conocer. El debate público abierto a los consumidores se hace indispensable en materias que afectan el bien común y esto nadie lo puede poner en duda.





Patricio Herman es Director de la Agrupación Defendamos la Ciudad. Nelson Avila es Senador de la República

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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