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Divorcio, Hijab y Estado plural


Dos interesantes debates en torno al reconocimiento de las religiones se han venido dando, paralelamente, en Chile y Francia. En lo que sigue, voy a sostener que el Estado francés, en frente del chileno, adopta una postura de Estado plural débil, situación que depende del grado de autonomía que deja para que sus ciudadanos decidan asuntos de moralidad, entre ellos, si adoptan una religión determinada como modelo de vida o no.



Varias cosas se han dicho sobre la Ley que reconoce el matrimonio religioso en Chile. Como se sabe, el debate en torno a esa regulación se ha generado en razón de que otorga fuerza legal a los matrimonios religiosos, es decir, las personas podrán celebrar la unión de las parejas conforme lo indiquen las creencias religiosas a las que adhieren y el Estado amparará y reconocerá las mismas. Quienes no endosamos creencia religiosa alguna, por nuestra parte, podremos reclamar el amparo de la legislación civil, ya no para que reconozca un vinculo celebrado bajo las condiciones que una religión determinada impone, sino para otorgar, directamente, efectos legales al mismo.



De otra parte, en Francia, como es conocido, se ha generado un encendido debate producto del proyecto de ley del Gobierno que pretende prohibir el uso de símbolos religiosos en los colegios públicos, situación motivada, principalmente, por un conjunto de niñas musulmanas que concurrían a las escuelas vistiendo la hijab o velo (islámico). Quienes asistan a las escuelas públicas en calidad de estudiantes -argumenta el Gobierno francés-, deben aparecer desprovistas de todas aquellas señales que las identifiquen con alguna religión, pues el Estado se encuentra separado de la Iglesia y debe evitar su confusión con alguna de ellas; solo así se satisfacen los requerimientos de un Estado plural.



En el primero de los casos, el chileno, el Estado otorga fuerza vinculante a los matrimonios religiosos, es decir, nos indica que las diferentes religiones en las que las personas depositan sus confianzas son importantes para el desarrollo de esas vidas. En ese contexto, el Estado asume la religiosidad de sus habitantes y les permite aparecer con toda la carga de esas religiones en los espacios públicos. En el segundo de los casos, en cambio, ese espacio permanece vedado y limita el culto religioso a la esfera privada.



Uno y otro Estado son (o se denominan) plurales; es decir, se trataría de estados que no endosan una confesión determinada, pues reconocen que esa elección -esa importante decisión que marca el desarrollo de muchas vidas- recae en cada una de las personas y, así, reconocen la libertad de religión, de culto y de expresión como derechos y valores fundamentales del sistema democrático.



Pero, entonces, ¿dónde radica la diferencia entre el trato que el Estado chileno y el francés dan a las religiones? En mi opinión, un Estado es pluralista cuando permite que un sinnúmero de concepciones acerca de cómo debe vivirse la vida convivan en su interior. El Estado no asume partido por ninguna de ellas y permite que estas ingresen al juego democrático para captar adeptos a través de la argumentación, el debate y el convencimiento racional -eso se espera, al menos-. Es pluralista, además, cuando permite que esas decisiones sean adoptadas, autónomamente, por sus ciudadanos.



Creo que existen, al menos, dos diferencias entre el trato que al tema que comento le ha dado el estado francés y chileno. La primera, es que un Estado como el chileno, asumiéndose como uno plural, permite que las personas concurran al espacio público con su carga religiosa; es decir, asume que la religión puede ser importante en algunos de sus ciudadanos y, sobre esa base y su neutralidad, permite que fluyan libremente reconociendo sus prácticas y dotándolas de efectos, incluso, legales.



Existe, además, otra diferencia; cuando uno asume posiciones morales, en este caso particular, acerca de cuál es una vida buena, debe, todavía, determinar si quiere aparecer a los ojos de los demás endosando una determinada postura. Esa, sin lugar a dudas, es una decisión de máxima relevancia y debería ser objeto de un razonamiento autónomo. Pues bien, el Estado chileno nos permite llevar adelante ese razonamiento. Nos permite que, a la hora de contraer matrimonio, podamos escoger libremente si nos casamos bajo los requerimientos de la iglesia cuyos predicados seguimos o si, en cambio, queremos mantenernos al margen del credo. El Estado francés, por su parte, expropia esa decisión y la adopta en vez de sus ciudadanos; la decisión de no (poder) aparecer en los espacios públicos como seguidores de alguna religión, ha sido tomada por el Estado e impuesta, de manera heterónoma, a la sociedad.



Un Estado es plural, como dije, cuando permite que las decisiones sobre cuestiones de moralidad se radiquen en sus ciudadanos. Esas cuestiones involucran, en materia religiosa, al menos dos cuestiones; la facultad de decidir si se endosa o no una determinada religión y la de decidir, en caso de haber determinado seguir algún credo, si se aparece en el espacio público como fiel a una iglesia. El Estado no es plural, por el contrario, cuando aliena esa decisión de sus ciudadanos y la radica, en cambio, en la fuerza de la legislación. En cierto modo, este segundo tipo de Estado sigue siendo plural, pero se trata una versión débil del pluralismo, pues aunque el Estado rechaza asumir alguna confesión como oficial, rechaza, a un tiempo, que estas aparezcan a la luz pública.



* Domingo Lovera Parmo es abogado del programa de Acciones de Interés Público y DDHH de la Universidad Diego Portales.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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