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Derechos irrenunciables a la tierra

Entregar las tierras indígenas al mercado de tierras, es abrir la brecha para abusos, engaños y fraudes en contra de lo poco que queda de tierras ancestrales.



Los diputados Tuma, Meza y Silva han propuesto un proyecto de ley según el cual las tierras indígenas pueden dividirse hasta media hectárea, y en determinados casos hasta 500 metros. El proyecto buscaría solucionar el impedimento de postular a fondos públicos, así como la urgente división de herencias indivisas.



La medida ha recibido la oposición generalizada de cuatro consejeros indígenas ante la CONADI y por todas la identidades territoriales mapuche. ¿Por qué? Debido a que históricamente se ha debido limitar el comercio de tierras indígenas en virtud de la usurpación y progresiva apropiación ilegal de ella, por parte de hacendados y latifundistas, todo lo cual se encuentra acreditado incluso por la historiografía más conservadora.



Entregar las tierras indígenas al mercado de tierras, es abrir la brecha para abusos, engaños y fraudes en contra de lo poco que queda de tierras ancestrales.



Muchos parlamentarios, políticos de derecha, y al parecer ahora gente de la Concertación, pregunta por qué se debe mantener esta prohibición. Primero, cabe argumentar que después de Ralco, quedan muchas razones de peso para mantener y reforzar el sistema de protección de tierras indígenas. Segundo, y el punto que queremos mostrar aquí, es que los derechos de las comunidades y personas indígenas sobre sus tierras ancestrales son derechos humanos reconocidos por el derecho internacional. Como son derechos humanos, son derechos irrenunciables.



Veamos un ejemplo de estos derechos. ¿Por qué un consumidor no puede renunciar ante una multitienda al interés máximo que permite la ley? Por que de lo contrario, la multitienda impondría una cláusula abusiva en el contrato, con un interés usurero. Así mismo ocurre con otros derechos reconocidos en la Ley del consumidor, como el derecho a la información, a la seguridad en el consumo, a la indemnización, que son también irrenunciables. ¿Por qué un trabajador no puede renunciar a su derecho a la jornada máxima o a un sueldo mínimo? Debido a que de lo contrario, un empleador podría imponer un contrato de trabajo de 15 horas diarias y pagando sueldos de esclavo. Todo esto ocurría antes de que la legislación respectiva se dictara a favor de la parte más débil.



Por eso los pueblos se han opuesto a este proyecto de ley y lo seguirán haciendo. Saben que con ello se juega su supervivencia, y que sin tierra emigrarán a las ciudades, perdiendo progresivamente sus patrones culturales y en un contexto de exclusión social y discriminación. Ya se han propuesto alternativas para solucionar los problemas que motivan el mencionado proyecto de ley. Dividir la tierra es una medida desproporcionada, un remedio peor que la enfermedad.



La aprobación de este proyecto de ley sería un retroceso, una violación de derechos humanos, la desmantelación de derechos irrenunciables, que permiten asegurar la existencia de pueblos culturalmente diferenciados, que han sufrido la opresión, el robo y la usurpación. Es de esperar que la preocupación parlamentaria por los derechos humanos sea integral, sin discriminar a aquellos que no están relacionados con procesos de violencia política.



Ariel León Bacián. Asesor de la Consejería Indígena Urbana.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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