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Municipio y seguridad ciudadana


La ciudadanía demanda hoy de los municipios políticas claras y eficaces para la prevención del delito y la seguridad ciudadana, pero estos no tienen ni las atribuciones legales ni la estructura para lograr cumplir objetivos en torno al tema.



En seminarios recientes he visto como el tema aún sigue anclado en elementos academicistas propios de la época de la guerra fría, sin que las actuales democracias actualicen sus conceptos sobre la seguridad.



Durante la guerra fría el concepto de seguridad se remitía al accionar del Estado. La seguridad nacional, la defensa del Estado y el territorio, eran los elementos centrales de cualquier política impulsada en este ámbito.



El fin de este proceso llevó, entre otros aspectos, a una apertura ascendente de los derechos de humanos como clave interpretativa de la seguridad. Pero también brotaron las nuevas amenazas como el terrorismo, que reproducen, igual que antaño, la supremacía de la seguridad estatal.



Junto a la pobreza, el hambre y el desempleo, factores coadyuvantes de la inseguridad y la delincuencia, irrumpe con fuerza el delito informático, la narcoactividad, el crimen organizado transnacional y ciertos delitos de connotación social que se considera lesivos a la cohesión ética de la sociedad.



El fin de la guerra fría y la consolidación de los procesos de democratización política, abrió en dos direcciones el tema, que normalmente no han tenido un desarrollo armónico. Una en el sentido de demandar una nueva calidad de instituciones gubernamentales para gobernar el tema, que refuerza en cierto sentido el estatismo. Y otra, muy propia de esta época, hacia el accionar de organismos no gubernamentales y actores sociales y organizaciones de base, que apuntan a redireccionar el centro de la seguridad desde el Estado hacia la ciudadanía.



En ese sentido, resulta imperioso establecer una institucionalidad – ojalá a nivel ministerial como se ha planteado en la campaña – que nos permita como país pasar de la seguridad basada en el territorio y la soberanía del Estado a la seguridad de la población y las personas, que es verdaderamente el significado de la seguridad humana.



Es en este plano democrático que la seguridad ciudadana aparece como el vínculo más estrecho hacia las personas, y que en materia institucional se plasma en el municipio que permite una acción integral a escala humana sobre el problema.

A mi juicio, las propuestas en torno a la seguridad ciudadana deben ser abordadas a partir de planes emanados desde los municipios o para que estos se incorporen de manera efectiva y rápida. Por ende, precisan contar con el respaldo y liderazgo explícito de los alcaldes.



Los planes comunales deben ser parte integral y articuladora del denominado «triángulo virtuoso» de la seguridad, compuesto por las policías, el municipio y la comunidad. Si ello se logra, estaremos estableciendo claramente las labores, funciones y responsabilidades de cada uno de los actores. Las policías en la labor de prevención, control y represión de los delitos; el municipio en la coordinación de un plan general para la prevención y la ciudadanía participando activamente en el rescate de los espacios públicos, aplicando medidas de autocuidado y ejecutando planes de prevención tanto a nivel comunal como escolar.



El municipio debe desarrollar planes sectoriales y planes comunales al interior de los barrios, con una atención especial para aquellos sectores que han sido postergados por el sistema.
Debe desarrollar una acción estructural sobre lo físico y urbano de su territorio, y al mismo tiempo una acción coordinada de inversión para proyectos sociales.



Lo anterior implica participar no sólo de los programas propios de su Dirección de Desarrollo Comunal, sino que los programas del nivel central del Estado, deben estar pensados para ser insertos en las políticas de los municipios o en los planes comunales de desarrollo.



Es evidente que este último aspecto plantea un tema crucial, cual es la existencia de un órgano o Ministerio que vele por una integración conceptual y una dirección estratégica del tema, al mismo tiempo que descentraliza atribuciones que hoy descansan en el gobierno central, pero que perfectamente pueden estar en los municipios.



Es fundamental entender que en la actualidad los municipios no tienen las atribuciones ni la estructura para cumplir objetivos que le son demandados de manera perentoria por la ciudadanía. Sólo como ejemplo: el municipio debe coordinar con las policías las actividades que éstas cumplen en la comuna y coordinar la forma como Carabineros e Investigaciones se conciertan y vinculan a los planes sociales, incluidos los vínculos con la población.



Pues bien, no existe ningún instrumento legal que regule este hecho y en la práctica, queda entregada a la prudencia y buena voluntad de las partes. Dichas acciones debieran estar reguladas expresamente en el sentido de ser complementadas y coordinadas desde el municipio y lideradas por el alcalde, quien ha sido legítimamente electo para administrar el poder político en dicho territorio.



Se trata entonces, entre otros aspectos, de desarrollar instrumentos legales que le permitan a las autoridades políticas municipales actuar efectivamente en su territorio. E incidir directamente en la coordinación de los despliegues que realizan las policías y los organismos centrales en el Municipio, entendiendo que uno de los recursos básicos para la seguridad ciudadana lo constituye el capital social y organizativo de los vecinos que viven en él.



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Hernán Ortega. Coordinador General para la Prevención y la Seguridad Ciudadana. Municipalidad de Maipú.




  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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