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Víctimas de la delincuencia


En estos días hemos sido testigos del debate que suscita el tema de la desprotección de la víctima en nuestro país, en contraposición con los derechos y defensa letrada que se les reconoce y se otorga efectivamente a los imputados.



Más aún, hemos visto ataques despiadados de diferentes sectores y agentes políticos para buscar responsables acerca del origen de este problema.



Asimismo, se ataca con vehemencia el nuevo sistema de justicia procesal penal vigente en Chile, como también a las partes intervinientes y a los Tribunales de Justicia que en él actúan, sin siquiera que los detractores de este, en su mayoría, sepan o entiendan la dinámica de como opera y se estructura este nuevo modelo de enjuiciamiento criminal.



Incluso más, por razones mediáticas los medios de prensa muchas veces recogen lo anterior y sobre esa base se continúa en la misma línea.



En suma, en este aspecto particular de la vida nacional, se descalifica y se intenta destruir un sistema sin que nadie en general diga las cosas por su nombre previa información y capacitación seria en el tema a fin de evitar incurrir y adoptar actitudes políticamente incorrectas.



Por otra parte, la delincuencia efectivamente es un drama que afecta no sólo a los ciudadanos, sino que también a Chile como Estado de Derecho Democrático en cuanto a efecto visible y palpable de un drama humano serio, pero cuyas causas u orígenes son múltiples y muy complejas.



En igual sentido, el nuevo sistema procesal penal, por cierto que perfectible como cualquier obra humana, tampoco debe ser entendido como un modelo que no funciona o bien, que ampara a la delincuencia como livianamente se sostiene por muchos.



Por lo tanto, debemos hacer un esfuerzo serio para educarnos cívicamente como una forma de expresión de gobierno a objeto de saber que plantear, que exigir, que proponer, ante quienes, en que momento y en definitiva, a quién responsabilizar por no haber actuado de manera oportuna dentro de sus roles propios conforme a sus atribuciones acordes con el derecho vigente.



En este contexto, las víctimas de la delincuencia penalmente ofendidas por los delitos, siempre tienen derecho a reclamar ante los Tribunales de Justicia cuando efectivamente no se garanticen conforme a la ley, la efectiva vigencia de sus derechos durante todo el procedimiento de investigación y juzgamiento de los imputados.



En consecuencia, respecto del ente penal persecutor quién en definitiva es el interviniente obligado a sustentar la acción penal pública, a probar los hechos y la participación de los imputados, el obligado a proteger e informar a las víctimas y a los testigos de la investigación criminal, el encargado de adoptar medidas y facilitar su intervención en la misma, el responsable de recabar la evidencia probatoria y resguardar el sitio del suceso, sin perjuicio de ser quién conduce y dirige exclusivamente las investigaciones asistidos por las policías y equipos periciales a fin de producir en su oportunidad dicha convicción en los jueces, autoriza a que las víctimas penales sí puedan exigir todo lo anterior a través de una solicitud de cautela de garantías ante los Tribunales de Justicia sin perjuicio de otros recursos administrativos.



Por ende, la circunstancia de que en determinados momentos, fiscales del Ministerio Público y víctimas puedan tener intereses legítimos, propios y diferentes en relación a determinados casos, no libera de ciertas obligaciones y responsabilidades al primero en su rol básico como ente penal persecutor en perjuicio del segundo en su calidad de víctima.



Más aún, si los fiscales del Ministerio Público fallan en sus obligaciones conforme a ese rol persecutor en relación a la víctima penal, hay que evaluar el motivo de aquello y de ser necesario, exigir que se les dote de mayores y mejores recursos, propender a que sean mejores y más profesionales en su actuar y en general, más eficientes en sus resultados sin perjuicio de las respectivas responsabilidades que les pudiere caber en cada caso en particular.



En definitiva, de manera seria y sin mezquindades, escuchando a todos los actores, enfrentemos este problema desde una perspectiva global para poder dar soluciones integrales y no parches como al parecer se pretende en función de lo políticamente correcto y mediático, pues este sistema penal, no sólo debe parecer que funciona para víctimas e imputados y para la sociedad toda en cuanto a Administración de Justicia, sino que efectivamente, así debe ser percibido y más aún, así debe ser.



De lo contrario, el sistema de la nueva justicia penal, efectivamente estará incubando un germen de autodestrucción que por cierto no quiero ni deseo que ello ocurra.



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Klébr Monlezun Cunliffe es abogado

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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