Publicidad

La tijera de Minera Los Pelambres


Planteado con suavidad, es como si usted declarara por escrito que «no me gusta el café» y alguien «tijereteara» de su afirmación el monosílabo no. Eso sucedió con el primer informe científico sobre más de 100 sitios arqueológicos de origen molle y diaguita que hasta el año pasado yacían desde hace 8 milenios en El Mauro, comuna de Los Vilos, donde hoy Minera Los Pelambres construye hoy un tranque para 1700 millones de toneladas de relaves. A dicho informe, la minera del Grupo Luksic y Gestión Ambiental Consultores le sacaron las objeciones técnicas al emplazamiento del tranque. A saber, que «en opinión de la profesional que suscribe, se hace aconsejable buscar otro lugar para desarrollar el proyecto en estudio».



El informe con omisiones -según dijo la consultora en la entrevista publicada por El Mostrador.cl el 3 de enero recién pasado- «sirvió para decidir ubicar el tranque». Sin duda esta situación ha motivado la discusión sobre propiedad intelectual y ética profesional de estas empresas y el (en este caso, nulo) rigor fiscalizador de las autoridades.



Por ejemplo, aunque la Contraloría Regional de Coquimbo, en el informe NÅŸ 19 de abril pasado, identificó las omisiones al decir que «la empresa privada Minera Los Pelambres y Gestión Ambiental Consultores tomaron del informe de la arqueóloga aquello que garantizaría el éxito del estudio a ser sometido a Estudio de Impacto Ambiental», el organismo no asoció la violación de la integridad del documento a una irregularidad.



Más aun, a pesar de que la autora -Andrea Seelenfreund, doctora en arqueología e integrante del directorio del Colegio de Antropólogos- remitió su informe al Consejo de Monumentos Nacionales, lo que figuró finalmente en el denominado «Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Integral de Desarrollo de Minera Los Pelambres» fue la versión modificada por esta empresa del grupo Luksic y por Gestión Ambiental Consultores. El Estudio fue presentado en la Corema de Coquimbo, de ahí derivado a la oficina del Consejo de Monumentos de la IV Región, que no tiene poder resolutivo y que debería haberlo enviado a sus superiores del Consejo de Monumentos Nacionales, en Santiago. Eso nunca sucedió. Los textos nunca fueron comparados y llegado el momento se aprobó el texto «tijereteado» a conveniencia por la parte interesada.



La primera interrogante que queda pendiente es ¿con qué derecho se avala una intervención patrimonial de este tipo?. Para mayor entendimiento del lector, el Reglamento de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales, artículo 3ÅŸ, dice que «no se concederá permisos para prospecciones en áreas muy extensas». Luego, el artículo 4ÅŸ establece que «los permisos para excavaciones se cursarán para un sitio y, excepcionalmente, para varios siempre que su número no resulte excesivo».



Así, mientras cientos de petroglifos removidos y embalados permanecen, ya sin el contexto cultural ni la relación con astros que guardaba en un perímetro de 1800 hectáreas, cerca del tranque de relaves que registra 60% de avance, queda pendiente que el Consejo de Monumentos Nacionales aclare por qué no comparó ambas copias a pesar de haber solicitudes en este sentido; también que la Contraloría diga por qué sólo describió las omisiones al interior de su auditoría, pero sin identificarlas como irregularidad; y finalmente saber qué tipo de acuerdo de conveniencia mutua hubo desde un comienzo entre la minera y la consultora para conseguir de esta un informe ad hoc a sus pretensiones.



________________________________________



Sara Larraín. Directora del Programa Chile Sustentable.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias