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Responsabilidad vial y accidentes del tránsito


El último tiempo hemos conocido por la prensa que los siniestros viales constituyen un serio problema de la salud pública. Más aún hay pronósticos que indican que en países en vías de desarrollo, las fatalidades viales tendrán un marcado aumento dadas las tendencias actuales y por ende, si Chile no adopta medidas enérgicas para enfrentar esta situación, el número futuro de las mismas se incrementará o en el mejor de los casos, se mantendrá constante.



En este contexto, efectivamente hay procesos de auto regulación de los conductores, un mejoramiento de la calidad de los vehículos y de los caminos, una optimización en la atención de los primeros auxilios en orden a que sean más eficientes, oportunos y profesionales, que quizás permiten explicar por qué el número de muertes no se dispara.



Por otra parte, los accidentes viales en general, también son evitables y predecibles toda vez que son producidos por personas comunes y corrientes. Por ello, esos hechos pueden ser estudiados de manera científica para determinar los errores más frecuentes de los conductores, los peatones y los ciclistas.



Incluso más, lo anterior permite estudiar y evaluar el sistema de diseño, operatividad y control vial, como asimismo, las medidas de resguardo, seguridad y protección de los usuarios de ellas y consecuencialmente, las responsabilidades que de ello pudiese derivar con motivo de accidentes viales con resultados de muertes y/o lesiones graves que inclusive causen conmoción nacional.



En suma, este tema complejo al día de hoy, no sólo es una cuestión de salud pública y multisectorial, sino que además, es un tema de justicia e investigación criminal que en el último tiempo han hecho suyo los fiscales del Ministerio Público, quienes como ente penal persecutor ante hechos penalmente punibles, han señalado que «no quieren recoger más muertos en las vías de circulación de vehículos motorizados por imprudencia y/o negligencia culpable de los conductores, los peatones, los ciclistas y/o los ejecutivos o directores del transporte «.



Es decir, el Ministerio Público quiere conducir y dirigir las investigaciones criminales a este objetivo y ante el evento de establecer responsabilidades penales, llevar a los imputados a juicio a objeto de hacer efectivas las mismas. Situaciones estas últimas que bajo el alero del antiguo sistema procesal penal inquisitivo, nunca vimos como una forma de política criminal.



En consecuencia, atención con los nuevos cambios en el sistema procesal penal vigente en todo Chile y los efectos que de esa dinámica y lógica emanan, pues derechamente ellas afectan las actividades lícitas habituales al momento de ocurrir un accidente vial con consecuencias fatales, que aún cuando el causante del mismo haya muerto con ocasión de ese accidente, ello no quiere decir necesariamente que la investigación criminal termine por esa sola circunstancia como en antaño así se creía y operaba.



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Kléber Monlezun Cunliffe. Abogado.www.lmoabogados.cl

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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