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Responsabilidad penal o represión inusual


Mi hogar ha sido robado por jóvenes. He sentido la zozobra e inseguridad, como la indignación por el despojo y la violación del hogar. Sin embargo, creo que la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) no resolverá los delitos que cometen los adolescentes ni hará justicia.



Un primer antecedente es que los delitos cometidos por éstos, a pesar de lo que magnifican los medios de comunicación, no aumentan en la misma proporción que aquellos cometidos por mayores de 18 años y tampoco son los más violentos y graves (homicidio 0,3% y violaciones 0,2%), siendo el hurto el 47%. Es decir, la peligrosidad que se ha construido sobre este grupo de edad emerge más como una estrategia política que busca recaudar los votos de una población a la que se le construye una sensación de inseguridad y angustia, tanto por los niños sin control, como por una ley permisiva y un gobierno pasivo.



El cuadro anterior, como discurso, fue dibujado desde los tempranos tiempos de la transición democrática. La LRPA, en su origen pretendió acabar con el arbitrio y la ausencia de derechos hacia los adolescentes y niños pobres, para entregarle garantías ciudadanas ante el Estado (según ante proyecto de 1998 y proyecto del 2002), ha terminado por ser una pésima ley. Difícil de comprender en su coherencia, con una tabla de penas impresentable como «modelo rehabilitador» al establecer la privación de libertad como «mecanismo de rehabilitación» y no como medida de «última instancia», suponiendo el legislador -erróneamente- que en una prisión, fuera de todo contexto social normalizador, lejos de la vida cotidiana con sus obligaciones, alguien puede «rehabilitarse». En este sentido, la indicación de Ministro Maldonado-Senador Gómez (Partido Radical)-Senador H. Larraín (UDI), no hizo sino deteriorar las garantías específicas de un sistema especializado.



Otro aspecto preocupante es que esta LRPA está dirigida especialmente a los adolescentes pobres. Aquellos que reciben una educación municipal de baja calidad; que habitan espacios urbanos segregados; que cuentan con una infraestructura urbana deteriorada o inexistente; que la policía mira con sospecha y ahuyenta de las esquinas. Es decir, no estamos hablando de una ley que se le aplicará a los adolescentes ABC1, y aún así hubo parlamentarios del bloque gobernante que votaron junto a la UDI para perpetuar el castigo a los castigados por la exclusión.



No se trata de construir un argumento que des-responsabilice a los adolescentes pobres. No, pues ellos tienen responsabilidades sobre sus actos y deben «pagar» por los delitos que cometan. Lo que ocurre -nuevamente- es que pagarán no según los criterios internacionales que resguardan sus derechos humanos, sino que comenzarán a pagar según una ley que los penaliza sin considerar su condición de sujetos en desarrollo y con criterios -en determinados casos- más duros que los adultos.



Lo que esta ley está expresando es el fracaso de una reforma que buscaba garantizar derechos a aquellos adolescentes, cuyas oportunidades para su desarrollo habían sido inexistentes. Venció el poder del discurso conservador y transversal de recurrir al viejo recurso de la cárcel indiscriminada, como si ello nos diera mas seguridad. En este sentido no puede hablarse de un «TranSename», sino más bien de una nueva brecha que se abre entre el mundo de los excluidos y la elite gobernante.



Hay que esperar que el Tribunal Constitucional anule la mencionada indicación. Y, ahora, hay que monitorear que las condiciones en las cuales deberán vivir los adolescentes y los programas que les promete la ley y el Estado, tengan las garantías y calidad máximas (hoy se prometen penas máximas y garantías básicas); que luego de un tiempo prudente se evalúen los resultados para demostrar la necesidad de ajustar esta ley a las normas internacionales y acatar así las recomendaciones que hiciera, en Febrero de este año, el Comité de Derechos del Niño al Estado chileno. Pero la tarea largamente esquivada será enfrentar la necesidad de una Ley de protección de derechos para los menores de 18 años, pues no se puede vivir castigando y no otorgar un cuerpo coherente de derechos.
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Osvaldo Torres. Académico de Universidad Central

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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