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Maquinación contra Navarro


El ex funcionario de la dictadura militar Alberto Cardemil, que actualmente funge como diputado en el marco de un sistema binominal tramposo, donde el que obtiene el 34% de los votos elige lo mismo que el que recibe un 66%, ha presentado un requerimiento ante el Tribunal Constitucional contra el senador Alejandro Navarro pidiendo su destitución.



La acusación se fundamenta en el artículo 60 de la Constitución PolÄ›tica impuesta por el general Pinochet el año 1980 mediante un procedimiento coercitivo y a todas luces fraudulento, desplegado en el marco de un país bajo «Estado de Sitio», con casi un millón de exiliados y con las cárceles abarrotadas de presos políticos. Estos hechos lo son bastantes, por sí solos, para que en cualquier país democrático, la norma ya no existiere.



El referido artículo en relación a la situación en comento señala:



«Cesará en su cargo el diputado o senador que ejercite cualquier influencia ante las autoridades administrativas o judiciales en favor o representación del empleador o de los trabajadores en negociaciones o conflictos laborales, sean del sector público o privado, o que intervengan en ellos ante cualquiera de las partes. Igual sanción se aplicará al parlamentario que actúe o intervenga en actividades estudiantiles, cualquiera que sea la rama de la enseñanza, con el objeto de atentar contra su normal desenvolvimiento.



Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso séptimo del número 15ÅŸ del artículo 19, cesará, asimismo, en sus funciones el diputado o senador que de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la Nación.»




Sin perjuicio de la manifiesta ilegitimidad de la norma y aceptando la vigencia de esta legislación inicua, tampoco así resulta procedente su aplicación toda vez que la citada disposición, no tiene nada que ver con lo ocurrido el 29 de de agosto pasado en que la Central Unitaria de Trabajadores llamó a una movilización nacional en contra del neoliberalismo.



En efecto, cuando el senador Navarro junto a otros parlamentarios, entre ellos los diputados Sergio Aguiló y Marco Enríquez-Ominami, marcharon junto al movimiento sindical no estaban ejerciendo presión alguna sobre autoridades judiciales o administrativas en relación a un conflicto laboral específico y en tramitación jurídico/administrativa. La protesta social fue contra el neoliberalismo, por lo que no tiene contraparte específica y determinada. El neoliberalismo es un modelo global de sociedad con su dimensión económica, cultural, jurídica, ética etc…



La tesis de Cardemil es tan maximalista e incoherente como si alguien propusiera que una manifestación por la paz en el mundo es un agravio a las Fuerzas Armadas. El propio Papa Juan Pablo II llamó al neoliberalismo «capitalismo salvaje». Esperemos que el honorable Cardemil no pida sanciones eclesiásticas.



Lo que la norma pretende poner a cubierto es la independencia del Poder Judicial y de otra autoridad administrativa. Como se sabe, los tribunales resuelven conflictos específicos entre partes determinadas y no definiciones filosófico-políticas respecto del tipo de sociedad en que un sector de la ciudadanía quiere o no quiere vivir.



La acusación de Cardemil se vuelve contra de sí mismo, en cuanto violenta un derecho humano fundamental cual es la libertad de expresión. Si aceptamos su tesis, el conjunto del Parlamento, que es por definición al expresión más alta y pura de la voluntad popular, cae en estado de interdicción. Cualquier opinión o actividad de un parlamentario en torno a temas laborales lo arrastraría de inmediato en calidad de acusado ante el Tribunal Constitucional.



La acusación es tan burda como grave. Se trata del violento cercenamiento de la prerrogativas y los deberes parlamentarios.



Quiero llamar la atención especialmente sobre esto último. Si hay algo que la ciudadanía, depositaria primera de toda soberanía, le pide, cuando no les exige a los parlamentarios es precisamente que se ocupen de sus problemas. No es imaginable ni aceptable que un parlamentario en relación a las siempre conflictivas relaciones entre el capital y el trabajo se excusara de intervenir so pretexto de una supuesta prohibición del artículo 60, ya citado.



La acusación se funda también en el supuesto llamado que habría hecho el Senador Navarro a alterar el orden público.



Aquí el desconocimiento legal o lo afanes persecutorios del diputado Cardemil, o ambos a la vez, alcanzan un grado superlativo. En efecto la custodia jurídica del orden público tiene un depositario exclusivo y excluyente que es el gobierno a través de Ministerio del Interior. Sólo este puede determinar la amenaza o quebrantamiento del orden público tan es así, que sólo él tiene la legitimación judicial activa en esta materia. Es decir los tribunales de justicia no pueden abrir procesos, de motu propio por acciones de privados, en lo que diga relación con quebrantamientos del orden público, conductas que de existir están sancionadas en la Ley de Seguridad Interior del Estado, que como queda dicho sólo puede impetrar su aplicación el Ministerio del Interior.



Estas son las realidades jurídicas.



Pero lo más grave es que esta acción demuestra la densidad democrática mínima, por no decir inexistente, de que se encuentra dotada la derecha chilena. Lo concreto es que el denunciante pretende que el Tribunal Constitucional sancione al senador Navarro por criticar el neoliberalismo. Se revive el artículo Octavo de la Constitución del 80 que excluía de la vida nacional a quienes profesaran doctrinas fundadas en la lucha de clases. El ataque personalizado en contra de Navarro lo es también en contra de la democracia chilena



No necesito hacer presente las responsabilidades internacionales del estado chileno, en el sistema de Derechos Humanos, si una situación de esta naturaleza llegase al grado de consumación.



Pretender la defenestración de uno de los senadores más votados del país mediante una muy forzada interpretación de la legalidad dictatorial no hace sino develar que si bien en la actualidad la derecha no ejerce como soporte civil de una dictadura ello no es por convicción profunda, sino porque la historia no permite en estos tiempos que este sector resuelva las diferencias políticas mediante masivas violaciones a los Derechos Humanos como lo hizo por casi veinte años.



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Roberto Ávila Toledo. Abogado

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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