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Ley de Propiedad Intelectual: descifrando el mito

Gabriel Angulo Cáceres
Por : Gabriel Angulo Cáceres Periodista El Mostrador
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A estas alturas de la tramitación, sólo resta esperar que a pesar de presiones, malas decisiones del Gobierno o eventuales oportunismos electorales, este proyecto finalmente se convierta en ley para, de una vez por todas, tener un sistema de propiedad intelectual moderno y justo, que tome en…


Por Claudio Ruíz*

Durante los últimos días se han encendido las alarmas frente a un proyecto de ley (el que busca una reforma a la normativa de propiedad intelectual) que supuestamente promovería la censura en Internet y que permitiría el corte de las conexiones de los usuarios que comparten contenidos en la red. Se ha señalado que este proyecto permitiría a los prestadores de servicios de Internet (ISPs) tener un rol activo en la persecución de eventuales infracciones a la propiedad intelectual de titulares de derechos. Una polémica jugosa que se ha filtrado en la prensa pero que, la verdad, dista de tener asidero real.

Desde mayo de 2007, en el Congreso se encuentra en tramitación un proyecto que reforma la ley 17.336 de propiedad intelectual, y que pretende actualizar una regulación que data de 1970 y que hoy presenta graves desequilibrios entre los intereses de los autores y el público. El artículo de la reciente polémica encabezada por el diputado UDI Gonzalo Arenas, es el 85 T (que supone el bloqueo de contenidos hecho de buena fe por parte de un ISP) y que, efectivamente, puede suponer un tremendo riesgo desde el punto de vista de la protección de garantías constitucionales como la libertad de expresión.

No se entiende la existencia de dicho artículo considerando que el proyecto de ley exige una resolución judicial previa para una bajada de contenidos por parte de un ISP, cosa muy distinta al sistema de notificación privada que pretendían sellos discográficos y entidades de gestión colectiva. No eliminar ese artículo podría constituirse en una fuente maliciosa de abusos contra los usuarios de Internet. Pero esto no significa que el proyecto de ley tenga como objetivo promover la censura en la red, y por cierto, que sea un juez el que intermedie en todo caso, constituye, sin lugar a dudas, una garantía tanto para los autores como para los ciudadanos que se debe defender.

Con todo, no hay que olvidar que el proyecto en curso tiene una serie de elementos positivos, entre ellos el establecimiento de excepciones para fines educacionales, de un régimen de autorizaciones para bibliotecas y de usos justos a favor de los ciudadanos. Y aunque se echan de menos cuestiones sustanciales como, por ejemplo, establecer una política pública de fortalecimiento y difusión de nuestro patrimonio cultural común, es un proyecto que sin lugar a dudas da un paso adelante en modernizar la actual ley a las necesidades del siglo veintiuno.

Los dos años de proceso legislativo no han sido fáciles. Han estado marcados por las malas decisiones del gobierno, donde destaca con luces propias su nefasto acuerdo secreto con la SCD, donde se pactaba la eliminación de excepciones y que, gracias a la presión de grupos ciudadanos, fue desestimado en el Senado. En ese contexto, y a estas alturas de la tramitación, sólo resta esperar que a pesar de presiones, malas decisiones del Gobierno o eventuales oportunismos electorales, este proyecto finalmente se convierta en ley para, de una vez por todas, tener un sistema de propiedad intelectual moderno y justo, que tome en cuenta los intereses de todos los ciudadanos.

*Claudio Ruiz es Director ONG Derechos Digitales.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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