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Ley de Calidad de la Educación: no es malo lo que pasó

Valentina Quiroga y Soledad Diez
Por : Valentina Quiroga y Soledad Diez Área de Estudios del Movimiento Educación 2020.
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No repitamos el error de legislar sin preocuparnos de la implementación y la capacidad real del país por hacer valer los propósitos legislativos. El espíritu de la ley no se resolverá en el papel.


El proyecto de ley sobre Calidad de la Educación ha sido aprobado en general, no obstante, algunos de sus artículos fueron rechazados.

En Educación 2020 concordamos con el espíritu de la ley. Supervisar los recursos públicos, establecer estándares de calidad y medirlos con rigurosidad, nos parece de la mayor importancia y crucial dentro de las reformas legislativas que el país está dando. Por lo mismo, si la forma de conseguir más tiempo para debatir era rechazando artículos, aprobamos el resultado de la votación. Nos parece insólito e inadecuado ponerle urgencia a una ley que tendrá enormes consecuencias para el sistema educativo, eso sólo muestra un desinterés por el fondo del tema.

Sin embargo, una superintendencia y una agencia de la calidad, tal como están hoy en la ley, merecen algunas salvedades. La más relevante es que la ley presupone coordinaciones entre ambas entidades que la práctica ha demostrado que no se dan. Las agendas dispersas e incluso competitivas entre distintas entidades públicas es un problema de carácter estructural presente en la mayoría de los países.

[cita]No repitamos el error de legislar sin preocuparnos de la implementación y la capacidad real del país por hacer valer los propósitos legislativos. El espíritu de la ley no se resolverá en el papel.[/cita]

Esto puede ocasionar evidentes duplicaciones de gastos, bienes inmuebles y muebles, descoordinación y/o duplicación de datos esenciales, y descoordinaciones operativas en la fiscalización.

En segundo lugar, desde la óptica de la escuela y sus directivos, de materializarse la Ley que Fortalece la Educación Pública, resultará que un director deberá lidiar con: a) Corporación Local, b) Municipio, que en muchos casos da recursos e infraestructura adicional, c) Superintendencia, d) Agencia de la Calidad, e) numerosos funcionarios del Mineduc y sus programas especiales de toda índole, f) inspecciones de trabajo y salud, entre otras. Quizás una escuela de 1000 alumnos pueda lidiar con esto, pero una de 200, o de 20, ciertamente no.

Si bien el texto dice que estos aspectos serán resueltos por reglamentos, consideramos que será insuficiente. Se requiere un esfuerzo legislativo adicional y crear la capacidad para que estas coordinaciones y los propósitos de la ley en verdad ocurran.

Otro asunto que urge es contar con directivos escolares de mayor nivel y, en consecuencia, de mayores atribuciones y responsabilidades. La palabra “director” casi no aparece, salvo en indicaciones sobre la medición de su desempeño. Se debería asegurar que si hay directivos de gran nivel, éstos puedan tener mucho más que decir y decidir sobre el desempeño de su escuela, sus programas de mejoramiento y la calidad de la misma.

Por último, la labor de la Agencia debiera ampliarse a temas fundamentales y críticos para la calidad educativa como son la acreditación de carreras pedagógicas y la calidad de los profesionales que proporcionarán asistencia técnica a las escuelas.

Si bien este proyecto da un marco para mejorar los aprendizajes que suceden al interior de la escuela, no olvidemos que los actores fundamentales para aumentar los aprendizajes son los profesores de excelencia, directivos con liderazgo y los padres comprometidos.

No repitamos el error de legislar sin preocuparnos de la implementación y la capacidad real del país por hacer valer los propósitos legislativos. El espíritu de la ley no se resolverá en el papel.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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