Señor Director:
El señor intendente Fernando Echeverría desconoce totalmente la ley, en circunstancias que el artículo 8º del Código Civil, es la ley, obliga a conocerla, máxime cuando se es representante de Su Excelencia el Señor Presidente de la República.
Me explico: el artículo 5º de la Ley 20.285 obliga a todos los funcionarios públicos, sean estos civiles o “militares” a mostrar sus actos y documentos a la luz pública, mi Presidente Piñera lo prometió: “Hay que abrir las puertas y las ventanas para que entre la luz y el Sol”, parece que sus amanuenses no le hicieron caso y ahora su gobierno se está cayendo a pedazos en credibilidad, transparencia y probidad.
Artículo 5°.- En virtud del principio de transparencia de la función pública, los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo y esencial, y los procedimientos que se utilicen para su dictación, son públicos, salvo las excepciones que establece esta ley y las previstas en otras leyes de quórum calificado.
Esta ley por ser del año 2008 viene a derogar incluso el secreto de las leyes secretas de Daniel López, en virtud del principio jurídico de la derogación automática, por ende toda la actividad administrativa incluso la militar pasan a ser de conocimiento público, como tiene que ser en un país civilizado y democrático. Recientemente conocimos la destitución de Ravinet y Le Dantec precisamente por desconocer estas reglas elementales del juego democrático y republicano.
Ravinet empezó igual que Echeverría: “Que son los gastos “secretos” del cobre”, Don Raúl Urrutia le dijo: “¡las huinchas!, juístete para tu casa!”.
Diego Urrutia Belmar
Propietario