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De la negociación colectiva al mendigar colectivo

Gonzalo Durán Sanhueza
Por : Gonzalo Durán Sanhueza Economista de Fundación SOL www.fundacionsol.cl, @lafundacionsol
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Hace 34 años, las relaciones colectivas de trabajo se rigen por un decreto impuesto en dictadura, configurador de un modelo de relaciones laborales cuyas características son únicas en el mundo. Lo que en Chile se conoce como Negociación Colectiva, en otras partes no lo es. Urge, que desde las bases, se instale un debate de fondo, respecto a un nuevo modelo de relaciones laborales cuyo eje sea la huelga y la negociación colectiva más allá del nivel de empresas. Tal como lo hacen la mayoría de los países de la OECD.


Samuel Estreicher, en un artículo publicado en la Michigan Law Review, en el año 1994, titulaba su ensayo «¿Negociación Colectiva o Mendigar Colectivo?: Reflexiones sobre la legislación anti-rompehuelgas«.

En Chile, tal legislación no existe. De hecho, la ley, bajo el cumplimiento de condiciones muy básicas, permite el reemplazo de los huelguistas desde el primer día. En el relato de Estreicher, la Mackay Radio & Telegraph Company, obstaculizaba la negociación colectiva al reemplazar a los trabajadores involucrados en el conflicto y provocaba una situación de un mendigar colectivo.

Para las corrientes de pensamiento liberales, la negociación colectiva es un proceso que contraviene la libertad de los empresarios, al incorporar incertidumbre en la fijación de la tasa de ganancia, la que bajo este tipo de procesos, se vuelve inestable. Por lo tanto, bajo esta visión (secretamente muy extendida en las escuelas de economía), la negociación colectiva tiende a limitarse, a través de la descentralización (es decir, llevándola al nivel exclusivo de empresas) y mediante dispositivos de neutralización al poder de los trabajadores: actuando sobre la huelga, permitiendo el reemplazo.

[cita]Hace 34 años, las relaciones colectivas de trabajo se rigen por un decreto impuesto en dictadura, configurador de un modelo de relaciones laborales cuyas características son únicas en el mundo. Lo que en Chile se conoce como Negociación Colectiva, en otras partes no lo es. Urge, que desde las bases, se instale un debate de fondo, respecto a un nuevo modelo de relaciones laborales cuyo eje sea la huelga y la negociación colectiva más allá del nivel de empresas. Tal como lo hacen la mayoría de los países de la OECD.[/cita]

Empresas que pueden continuar sus operaciones como si la huelga no existiese, quiebran la acción sindical, la lógica colectivista y el mecanismo distribuidor de ingresos, que se logra mediante la genuina negociación donde se miden fuerzas. En Chile, eso es permitido por el Estado, mediante el reemplazo legal de los huelguistas desde el día uno del conflicto. Una negociación en esas condiciones, difícilmente conducirá a una mejora en la distribución de ingresos, es más bien, como lo señalan los Tribunales Federales Alemanes y los afectados por la Mackay Radio en el reconocido ensayo de Estreicher, un «Mendigar Colectivo», situación en la cual, el empresario hace caridad con sus trabajadores, entrega lo que él decide, no hay negociación. En Chile, la posibilidad de reemplazo a contar del primer día de huelga, existe desde 1979, año en que José Piñera, entonces Ministro del Trabajo, elaboró el Plan Laboral-Sindical, vigente hasta el día de hoy.

Visto así, el reemplazo es un dispositivo que tienen los empresarios que atenta contra la libre negociación colectiva, que quiebra el derecho a huelga, que genera y prolonga los conflictos laborales, provocando violencia y malestar en y entre los trabajadores/as. Desde un enfoque menos institucional, el escritor norteamericano Jack London, define a los rompehuelgas (scabs; strikebreakers) como traidores a la clase, situación que, de forma endógena, afecta la unidad entre los trabajadores.

Estudios elaborados por la Organización Internacional del Trabajo y otros por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, muestran que los países con mayor participación sindical logran mejores indicadores distributivos. Más allá de una asociación espuria, las investigaciones concluyen la existencia de relaciones causales que son estadísticamente significativas: más y mejor negociación colectiva conduce a menores niveles en la desigualdad de ingresos. En la mayoría de los países donde se obtienen los mejores resultados, el reemplazo de trabajadores en huelga está prohibido y la negociación colectiva se celebra en niveles mixtos, en empresas, pero también por rama de actividad económica.

¿Y Chile?

Al igual que en el caso norteamericano, nuestro país permite el reemplazo de trabajadores en huelga, y ha inventado (bajo la dictadura de Pinochet) un sistema de negociación colectiva paralelo, que técnicamente, se conoce como negociación no reglada, sin derecho a huelga. De acuerdo a los datos de la Dirección del Trabajo, durante los últimos 22 años, la probabilidad de que un trabajador que negocia colectivamente, lo haga bajo el sistema de huelga prohibida, ha subido en un 120 %. En 1991, de cada 100 trabajadores que negociaban, 13 lo hacían bajo el sistema de negociación no reglada. En 2011, 30 de cada 100 trabajadores que negocian, lo hacen bajo esta modalidad. De los 70 restantes, que sí lo hacen bajo un sistema que permite la huelga, la mayoría es reemplazado en caso de irse a huelga. Esta falsa negociación colectiva, que no distribuye ingresos, y que rompe el espíritu genuino de la acción colectiva, es servil al alto empresariado y constituye un factor relevante a ser considerado al momento de analizar la desigualdad de ingresos.

El caso de la Mackay Radio & Telegraph Company, y la legalización de los rompehuelgas en Estados Unidos, generó un gran debate. Hoy, ese estándar, liberal a ultranza, lo aplican muy pocos países en el mundo, siendo Chile uno de ellos.

Hace 34 años, las relaciones colectivas de trabajo se rigen por un decreto impuesto en dictadura, configurador de un modelo de relaciones laborales cuyas características son únicas en el mundo. Lo que en Chile se conoce como Negociación Colectiva, en otras partes no lo es. Urge que, desde las bases, se instale un debate de fondo, respecto a un nuevo modelo de relaciones laborales cuyo eje sea la huelga y la negociación colectiva más allá del nivel de empresas. Tal como lo hacen la mayoría de los países de la OCDE, pero también como lo hacen en Uruguay, en Argentina, en Brasil y en otros países de América del Sur.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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