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Una propuesta para una Ley de Cuotas en Chile

Estefania Andahur y Javiera Ascencio
Por : Estefania Andahur y Javiera Ascencio Coordinadora Frente de Género; y, Coordinadora Comisión Reformas Políticas Estructurales, Revolución Democrática
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En el caso del sistema electoral para la elección de parlamentarios, resulta imprescindible reemplazar el sistema binominal por un sistema proporcional, y mientras no se modifique el modo en que se procede frente a la vacancia de un cargo parlamentario, el reemplazo de un diputado o un senador deberá considerar la obligación de mantener el sexo de quien deja la vacancia, en caso que ésta sea mujer.


La eficacia del sistema democrático disminuye cuando quienes han sido elegidos en cargos de representación popular no reflejan la diversidad de grupos y comunidades, lo que se manifiesta en falta de acceso de los y las ciudadanas a ser electos y en una baja efectividad por parte de los representantes para manifestar los intereses de tales grupos.

En este aspecto, el caso de las mujeres no es excepción. En el Congreso las mujeres representan el 16%, en alcaldías 12,5% y en concejalías 25%. En todas las elecciones legislativas realizadas entre los años 1989 y 2009 el 90,5% de los candidatos que compitieron fueron únicamente hombres. El mismo caso para las elecciones municipales entre 1992 y 2008, correspondiendo al 85%.

Estas cifras nos sitúan por debajo del promedio mundial en representación parlamentaria de mujeres (19,5%) y peor aún cuando se trata de compararnos con los países de nuestra región (22,5%).

Hay distintos factores que se conjugan y explican la baja participación de mujeres. La respuesta que es aludida comúnmente se sustenta en la división y jerarquización social basada en la categoría de género (entendiendo género como los roles culturales que se le otorga al sexo masculino y femenino), que finalmente desemboca en una desigualdad estructural plasmada en distintos ámbitos, incluyendo el cultural, social, educacional, laboral, político, etc.

Se estima de acuerdo a estos análisis que la subrepresentación de mujeres se debe a que poseen una menor tasa de participación económica, menores sueldos y menos educación, lo que provoca condiciones menos favorables para acceder y desenvolverse en un cargo de representación política, sin embargo, ciertos estudios han demostrado que las variables señaladas no determinan ni inciden directamente, sino que son los elementos estrictamente políticos los que definen el tránsito que las mujeres deben atravesar para alcanzar los cargos de elección popular. Es decir, un factor importante que determinará la inclusión de mujeres en la disputa de representación política radica en la voluntad de los partidos.

[cita]En el caso del sistema electoral para la elección de parlamentarios, resulta imprescindible reemplazar el sistema binominal por un sistema proporcional, y mientras no se modifique el modo en que se procede frente a la vacancia de un cargo parlamentario, el reemplazo de un diputado o un senador deberá considerar la obligación de mantener el sexo de quien deja la vacancia, en caso que ésta sea mujer.[/cita]

La evidencia internacional indica que son tres aspectos los que principalmente determinan la participación de mujeres: el sistema electoral, el funcionamiento de los partidos políticos y las medidas de acción afirmativa.

Para corregir el efecto de la desigualdad en cuanto al acceso a la participación igualitaria, surge la posibilidad de implementar una ley de cuotas. Las cuotas son un mecanismo de acción positiva que se aplica para lograr la igualdad efectiva de distintos grupos sociales en cuanto al acceso a cargos de elección popular. Este mecanismo nace como una acción para corregir una deficiencia en la equidad de los sistemas democráticos, debido a que las condiciones sociales no propiciarán una solución a las desigualdades existentes en la sociedad. Por lo tanto funcionan como un acelerador y como un propulsor de cambios en la cultura política

Nuestra Propuesta

Actualmente, la vigencia del sistema binominal como mecanismo de elección de representantes al Congreso no es defendida por ningún sector político, e incluso la derecha ha planteado la necesidad de reformarlo. Las movilizaciones sociales y ciudadanas que demandan una Nueva Constitución también han dejado en claro la necesidad de poner fin a este sistema electoral y su reemplazo por uno que garantice la representatividad de los elegidos. Claramente, no son las mismas razones las que motivan a cada uno de los sectores a querer introducir modificaciones o sustituirlo, pero es un hecho que la legitimidad de este sistema electoral ha llegado a su fin.

Hoy se encuentra ya promulgada y publicada la Ley N°20.725, reforma constitucional promovida a través de un acuerdo entre representantes de la derecha y la Concertación, que elimina el número de diputados en la Constitución, dejándolo a la regulación de la Ley Orgánica Cconstitucional respectiva (L.N°18.700), la que sigue manteniendo un alto quórum para su modificación. En paralelo, se encuentran en tramitación varios proyectos de ley para reformar la referida Ley Orgánica y modificar el sistema binominal.

En este contexto, la agenda legislativa del nuevo gobierno incluirá necesariamente esta discusión, y es ahí donde nos parece importante dejar en claro algunos aspectos que consideramos indispensables para la inclusión de las mujeres, considerando además que, el programa de Michelle Bachelet, al tratar la equidad de género, señala que: “(…) Dispondremos medidas de participación equilibrada de mujeres y hombres en el Congreso, las directivas de los partidos políticos, las instituciones públicas, en cargos directivos y directorios de empresas con participación del Estado, en el gabinete ministerial y gobiernos regionales; desarrollaremos programas de difusión de derechos y un Fondo Nacional para apoyar iniciativas que fortalezcan la asociatividad y liderazgo de las mujeres. Adicionalmente, incorporaremos acciones afirmativas para la contratación femenina dentro de las políticas de selección del Sistema de Alta Dirección Pública”. Esos aspectos dicen relación con el fomento de la participación de las mujeres en la actividad política, la promoción de la inclusión de las mujeres en la toma de decisiones de sus respectivos espacios políticos, y el incentivo a la nominación de candidatas mujeres a los cargos de elección popular y otros cargos de designación en el aparato público, a través de cuotas de género que garanticen que ningún sexo esté por debajo del 40% ni por sobre el 60%.

Distinguimos entre medidas para promover la inclusión de mujeres en la toma de decisiones de sus respectivos espacios políticos, medidas para incentivar la nominación de candidatas a cargos de designación en el aparato público, y medidas para incentivar la nominación de candidatas a cargos de elección popular. Para promover la inclusión de mujeres en la toma de decisiones de sus respectivos espacios políticos creemos que debe establecerse en la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos la obligación de contemplar un mecanismo de cuotas que permita la integración de los órganos internos de manera equilibrada entre ambos sexos, obligación que debe ir asociada a sanciones para su efectividad.

Para incentivar la nominación de candidatas a cargos de designación en el aparato público, sugerimos establecer la obligación que en todas las ternas se incluya al menos un hombre y una mujer. Para incentivar la nominación de candidatas a cargos de elección popular, consideramos necesario impulsar modificaciones a la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley sobre Transparencia, Control, y Gasto Electoral, la Ley de Primarias, y la Ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre gobierno y administración regional.

En todas ellas, cada una según sus propias particularidades, deben establecerse cuotas de género en las listas de partidos o pactos que conduzcan a que ningún sexo pueda superar el 60% del total de candidaturas presentadas, y establecerse como sanción frente a la infracción de esta obligación que la lista se entienda por no presentada mientras no se corrija la proporción exigida.

En el caso del sistema electoral para la elección de parlamentarios, resulta imprescindible reemplazar el sistema binominal por un sistema proporcional, y mientras no se modifique el modo en que se procede frente a la vacancia de un cargo parlamentario, el reemplazo de un diputado o un senador deberá considerar la obligación de mantener el sexo de quien deja la vacancia, en caso que ésta sea mujer.

Importante es también mejorar los incentivos a los partidos, aumentando el financiamiento público al inicio de las campañas a los partidos que tengan un determinado porcentaje más de candidatas inscritas en relación al número de candidatas electas en elecciones anteriores; y aumentar el reembolso con fondos públicos cuando se trate de sufragios obtenidos por mujeres electas. Por último, esperamos que, en el debate por una Nueva Constitución, se promueva también la inclusión de cuotas de género en la elección de representantes del gobierno regional –como intendentes y gobernadores–, que hoy son cargos designados.

Como movimiento político creemos que este es el mejor momento para abordar las reformas políticas estructurales que demanda la ciudadanía desde la perspectiva de la inclusión, con medidas efectivas e incentivos adecuados, de modo de cumplir con las obligaciones que como Estado hemos asumido al firmar la Convención contra la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y permitir el ejercicio efectivo de los derechos políticos a todas las mujeres de nuestro país.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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