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La falacia de los Derechos Humanos en Chile

Jorge Aillapán
Por : Jorge Aillapán Abogado. Investigador Centro de Estudios Mapuche “Rümtun”
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En su editorial del día miércoles 18 de noviembre, el diario La Tercera denunciaba (aunque sin nombrarlo) la nula gestión desarrollada por José Miguel Insulza para intervenir en Venezuela. Por el contrario, este matutino celebraba la labor del actual secretario de la OEA, quien sí mostraría una actitud más decidida contra el gobierno de Maduro, ejemplo a imitar por nuestro país a fin de reclamar por las violaciones a los DD.HH. sufridas (aparentemente) por políticos opositores en dicho país.

Coincidentemente, ese mismo día por la tarde se conoció el fallo de la Corte Suprema, un nuevo “Supremazo”, que venía a satisfacer los deseos expresados por La Tercera (y compartido por la élite chilena) en orden a “requerir, a través del Gobierno de Chile, a la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, representada por su presidente o un delegatario suyo debidamente autorizado, para que se constituya en el Estado de Venezuela, ciudad de Caracas, cárcel militar Ramo Verde y cárcel común de Guarico o donde se encuentren privados de libertad a la fecha de la visita los ciudadanos venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos y constate el estado de salud y de privación de libertad de ambos protegidos, recoja sus impresiones y evacúe un informe a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, a fin de que esta adopte todas las medidas aconsejables a la adecuada protección de sus derechos esenciales, respecto a lo cual se informará a esta Corte Suprema de Chile”.

Este fallo da para mucho. Desde una perspectiva estrictamente jurídica, algo adelanta ya el voto en contra de las ministras Egnem y Sandoval respecto a la falta de jurisdicción de los tribunales chilenos y de la discrecional aplicabilidad de la “jurisdicción universal” en materia de DD.HH.

Desde una perspectiva política, el fallo sincera el intervencionismo del Gobierno chileno, descaradamente negado por nuestra clase política, respecto a la situación interna que vive Venezuela. Ha dicho la Corte Suprema (considerando sexto) que “resulta visible que operan en este caso todos los requisitos exigibles para que actúe la jurisdicción universal protectora de los derechos humanos antes mencionada, desde que los tribunales de la República Bolivariana de Venezuela no aparecen actuando con suficiencia en la protección de los derechos de sus ciudadanos ya individualizados; y hasta se podría sostener con al menos cierta connivencia con los propósitos políticos del gobierno local”, magnífica y osada declaración de nuestro máximo tribunal pontificando sobre violaciones a los DD.HH. ocurridas fuera de nuestras fronteras, mas ¿cómo andamos por casa?

Saturados estos días por el discriminatorio trato comunicacional brindado a las víctimas del terrorismo en el mundo, nuestra Corte Suprema se pliega a dicha tendencia y confirma mediante su fallo que efectivamente los DD.HH. no son para todos. Peor aún, que los reclamos por violaciones a estos experimentadas por personas que viven a miles de kilómetros de nuestras fronteras resultan atendibles, pero que la violencia constante e institucionalizada sufrida por los mapuche no merece reproche jurídico alguno.

[cita tipo»destaque»]Evidentemente, nadie quiere más violencia en este país, pero el Estado chileno no cumple con su parte. En este sentido, el fallo de la Corte Suprema es una verdadera burla a todos quienes hemos demandado justicia por violaciones a los DD.HH.[/cita]

El racismo chileno ha estigmatizado a los mapuche como irrespetuosos del Estado de Derecho. Yo pienso lo contrario, pues hasta los sectores más “radicalizados” acuden a abogados chilenos para defenderse en tribunales, señal que (pese a todo) igual existe un mínimo de confianza en la administración de justicia. Misma situación ocurre cuando los mapuche condenados por terrorismo en Chile han acudido a solicitar justicia a la Corte Interamericana de DD.HH., muestra de la fe depositada en el Derecho e indirectamente en el Poder Judicial chileno.

Sin embargo, la coyuntura nos lleva a pensar que esa confianza puede desparecer en un futuro próximo. Ya ocurre con el ciudadano chileno, en general, cuya desconfianza en la administración de justicia lo ha empujado hacia la autotutela como método de resolución de conflictos, escalando desde funas por internet hacia linchamientos callejeros de lanzas y otros delincuentes provenientes del lumpenproletariado.

En el caso particular mapuche, se corre el riesgo de que ante el desdén de la justicia chilena las acciones de resistencia frente a la violencia policial se radicalicen en búsqueda de la necesaria autoconservación personal y territorial. Evidentemente, nadie quiere más violencia en este país, pero el Estado chileno no cumple con su parte. En este sentido, el fallo de la Corte Suprema es una verdadera burla a todos quienes hemos demandado justicia por violaciones a los DD.HH. cometidas, incluso hoy, por los gobiernos postdictatoriales desde las más sutiles, como el acoso policial en las poblaciones, hasta las acciones armadas emprendidas por Carabineros en el sur.

Se trata de un fallo prepotente y provocador, pues alinea a los tres poderes del Estado para intervenir derechamente en la política interna de otro Estado vecino (bajo la excusa de la “universalidad” de los DD.HH.), pero al mismo tiempo evade su responsabilidad por las violaciones ocurridas dentro de su territorio.

Lamentablemente, el negociado consenso por el cual la élite política chilena nos hace creer que las violaciones a los DD.HH. corresponden a una época superada le está generando un grave daño a este país.

Y es que la violencia estatal no se fue con Pinochet; en el Chile de hoy se violan los DD.HH. y de manera flagrante, solo que no aparece en los medios de comunicación oficiales, pero sí en las redes sociales de internet, donde a diario circula material gráfico y audiovisual de la violencia policial sufrida por chilenos en general y, también, por comunidades rurales mapuche cuyos territorios están militarizados y donde sus integrantes pasan meses, y hasta años, en prisión preventiva por mero capricho de la Fiscalía que, sin tener prueba alguna para formalizarlos, persiste en privaciones de libertad inconstitucionales cuyo daño no alcanza a ser calificado ni cuantificado todavía, pese a haber sido constatado desde hace varios años por los observadores internacionales y la propia Corte Interamericana de DD.HH., tal como ocurrió el año 2014, cuando sentenció que el Estado chileno “violó los derechos a la libertad personal, a no ser sometido a detención arbitraria y a no sufrir prisión preventiva en condiciones no ajustadas a los estándares internacionales, consagrados en el artículo 7.1, 7.3 y 7.5 de la Convención Americana, y el derecho a la presunción de inocencia, consagrado en el artículo 8.2 de la Convención Americana, todo ello en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana, en perjuicio de Víctor Ancalaf Llaupe, Jaime Marileo Saravia, Juan Patricio Marileo Saravia, José Benicio Huenchunao Mariñán, Juan Ciriaco Millacheo Licán, Patricia Troncoso Robles, Segundo Aniceto Norín Catrimán y Pascual Huentequeo Pichún Paillalao”.

Lo políticamente correcto, obliga a celebrar que nuestra Corte Suprema manifieste una profunda y actual preocupación por las violaciones a los derechos humanos. Más si lo declara a viva voz para el mundo, pues inmediatamente genera expectativas de un mejor trato a quienes habitamos este país. Por algo aquí las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, ¿o no?

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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