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Democracia Participativa y Estado Social de Derechos

Jaime Fuentealba y Carlos Fuentealba
Por : Jaime Fuentealba y Carlos Fuentealba Jaime Fuentealba, Consejero Regional RM y Carlos Fuentealba, Abogado
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La soberanía popular es uno de los asuntos de la mayor relevancia de una Constitución, en particular, su extensión y formas de expresión.

Así, es distinto un sistema político de democracia representativa, en que la soberanía se expresa únicamente cada cierto tiempo para elegir representantes, de otro de democracia participativa, en que los ciudadanos, además de elegir autoridades, gozan de iniciativa popular de ley, poseen el derecho de exigir rendición de cuentas y de revocación de mandato de sus representantes. O en la cual se encuentra consagrado el plebiscito o consulta electoral a los ciudadanos, periódico y vinculante, sobre asuntos de interés nacional, regional y comunal.

Sin duda que la manifestación más importante de la soberanía popular y de un sistema de democracia participativa es la dictación de la Constitución Política de la República mediante una Asamblea Constituyente.

En efecto, la soberanía popular reside en el pueblo. En nuestro ordenamiento jurídico la potestad constituyente para dictar una Nueva Constitución no ha sido delegada por el pueblo de manera expresa en autoridad alguna. En consecuencia, conforme a los principios constitucionales y democráticos fundamentales, resulta forzoso consultar a los chilenos sobre el mecanismo de elaboración de una Nueva Constitución, para legitimar de manera legal su elaboración.

En esta consulta o plebiscito, somos partidarios de que sea una Asamblea Constituyente la que formule esa Nueva Constitución. Somos partidarios de que ella sea convocada legalmente y elegida democráticamente por los ciudadanos, con un total de 310 ciudadanos constituyentes, mediante un sistema proporcional D’Hondt, que elija un equivalente al doble de los diputados que se eligen en cada distrito electoral, de manera que se extienda y se asegure la participación y representación ciudadana hacia las minorías.

La Asamblea Constituyente debe tener por objeto único dictar una Nueva Constitución. Mientras se encuentre cumpliendo su cometido la Asamblea Constituyente, el Congreso Nacional debe mantener sus competencias, excepto la de legislar sobre reformas a la Constitución.

Las definiciones constitucionales en discusión son de la más alta trascendencia para Chile, toda vez que configurarán el país de los próximos 50 años.

[cita tipo=»destaque»]Para el país que queremos construir es fundamental concebir el Estado de Chile como un Estado Social de Derechos, que inspirado en los principios de respeto de la persona humana y la justicia social, garantice a todos los chilenos derechos sociales básicos como educación, salud, seguridad social y bienestar en lo público.[/cita]

En este sentido, la definición del Estado y su carácter constituyen otro aspecto de gran relevancia.

Para el país que queremos construir es fundamental concebir el Estado de Chile como un Estado Social de Derechos, que inspirado en los principios de respeto de la persona humana y la justicia social, garantice a todos los chilenos derechos sociales básicos como educación, salud, seguridad social y bienestar en lo público.

Asimismo, constituye un gran avance hacia un sistema político participativo la definición del Estado de Chile como una república unitaria descentralizada, en que la máxima autoridad de cada Región sea elegida democráticamente y goce de atribuciones y funciones políticas, administrativas y financieras para definir y dirigir el desarrollo político, económico, social y medioambiental de las regiones, sin que se pierda coherencia con el funcionamiento unitario de la nación.

Una sociedad democrática y participativa funda su cohesión y la legitimidad de su gobierno en la igualdad de todos sus ciudadanos ante la ley, en la equidad de sus regiones en el desarrollo nacional, en la dignidad de sus poblaciones para reproducirse de manera libre y segura, y en el reconocimiento de la pluralidad de la cultura nacional. La libertad nos hace dignos y prósperos y la justicia y el reconocimiento de nuestros derechos nos hace iguales. Ese es el Chile del siglo XXI.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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