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Crisis del Sename y los 185 niños: un problema de Derechos Humanos

Por: Rafael Rosell Aiquel, Decano Facultad de Derecho Universidad San Sebastián


Señor Director:

La semana pasada, como Facultad de Derecho USS junto a la Corporación de Asistencia Judicial, organizamos en Punta Arenas el seminario “Los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los procesos judiciales”, oportunidad en la que aludimos a la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por Chile en 1990, y sobre la cual recién después de 25 años se envió un Proyecto de Ley que pretendía incorporarla a nuestra legislación.

Éste proponía, además, la creación de una Subsecretaría de la Niñez que articularía a diversas instituciones y servicios vinculados a la infancia, haciendo más eficientes las políticas públicas relacionadas con los niños, niñas y adolescentes.

Eso resulta lejano. Más aún cuando el Servicio Nacional de Menores (Sename) enfrenta una crisis tan profunda, que las palabras de la Presidenta Bachelet resuenan sólo como una declaración de buenas intenciones.

El remezón vino cuando la Ministra de Justicia, Javiera Blanco, entregó un informe solicitado por el diputado Saffirio con un dato desgarrador: 185 niños dependientes de las instituciones del Sename han muerto en el transcurso de la última década, de los cuales 134 fallecieron en recintos de salud, aunque no se especificó cuáles permanecían bajo la protección de este organismo.

Cuando usamos cifras para describir un drama, no siempre logramos entender su real dimensión. De ahí la necesidad de recordar casos como el de Lissette, niña de 11 años que falleció en el CREAD Galvarino de Estación Central. La ex Directora del Sename, Marcela Labraña, señaló que su muerte “se debió a un paro cardiorrespitorio por un agudo cuadro de angustia”.

Médicos y funcionarios de la institución desestimaron que pudiera obedecer a una inestabilidad emocional. Los cuestionamientos al Centro son de larga data en la falta de espacio, lo que implica que muchas veces se deba juntar niños con niñas para dormir en los mismos dormitorios, sumado a la falta de personal. Abusos, suicidios y negligencias no son inhabituales, todas violaciones flagrantes de los Derechos Humanos, por lo que el Instituto Nacional de Derechos Humanos debería también preocuparse y tomar un rol activo.

Desde 2007, el Comité para la Convención de los Derechos de los Niños de la ONU ha instruido al Estado chileno que incorpore plenamente el principio del interés superior del niño en los programas, políticas y procedimientos judiciales y administrativos, que se aplique el principio de respeto de la opinión del niño, y promueva y facilite la participación de éste en todos los asuntos que le afecten.

El Comité recomienda que Chile siga promoviendo la existencia de hogares de acogida como forma de tutela alternativa y que el ingreso en ellos se utilice sólo como medida de último recurso. También señala que se asignen suficientes recursos y se vele por el buen funcionamiento y supervisión de estas instituciones y que se proceda a una revisión periódica de las colocaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Convención. Derechos vulnerados sin consideración por nuestro país.

Desde la perspectiva jurídica legislativa están las herramientas y las autoridades que deben cumplirlas. Debe mejorar la legislación, pero a fin de cuentas son las administraciones las que hacen la diferencia.

Para que esto no vuelva a ocurrir necesitamos responder con sinceridad –y en especial las autoridades del país– a la pregunta: ¿Queremos como sociedad avanzar efectivamente en la defensa y protección de los derechos humanos de nuestros niños, niñas y adolescentes?

Si es así, hagamos las cosas bien, no queremos lamentar más menores fallecidos por la negligencia inexcusable de quienes los tenían a su cargo.

Rafael Rosell Aiquel
Decano Facultad de Derecho Universidad San Sebastián

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