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El AFI y el supuesto carácter público de la PUC EDITORIAL

El AFI y el supuesto carácter público de la PUC

No se debe pasar por alto que la creación de la norma legal que invoca la PUC corresponde a un modelo privatizador de la educación que tuvo en jaque a la Universidad de Chile y al resto de las universidades estatales. No es casualidad que lleve la firma de Augusto Pinochet; Sergio Fernández, como ministro del Interior; Enrique Seguel Morel, en calidad de ministro de Hacienda (s); Alfredo Prieto Bafalluy, ministro de Educación; Mónica Madariaga Gutiérrez, ministra de Justicia; y Miguel Kast, como ministro del Trabajo y Previsión Social.


El Aporte Fiscal Indirecto (AFI), establecido por el Decreto con Fuerza de Ley N° 4 de 1981, fue ideado como un incentivo a la calidad en la formación de pregrado, a través de la competencia entre las instituciones de educación superior agrupadas en el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCh), por un fondo fijado cada año en la Ley de Presupuestos, por glosa del Ministerio de Educación, a distribuirse según el porcentaje de captación, por cada universidad, de los 27.500 mejores puntajes de la PSU inscritos en ellas (AFI). El Presupuesto de 2017 lo eliminó, hecho que motivó una crisis con el Grupo G9 del CRUCh (las universidades privadas tradicionales que lo integran) y una demanda contra el Estado de Chile iniciada por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC), por pretendido incumplimiento del citado DFL N° 4 de 1981, planteando que se trataría de un aporte obligatorio e ineludible, entre otros motivos, por su carácter de universidad pública y el aporte que realiza al país.

Al debate, ya judicializado, se han sumado actores parlamentarios que, de manera bastante transversal y activa, apoyan la pretensión de la PUC, pese a que en su oportunidad visaron con su voto en el Congreso la eliminación del AFI. Es el caso, por ejemplo, de los senadores Ignacio Walker (DC), Fulvio Rossi (ex PS y actualmente independiente) y Ena Von Baer (UDI); todos, ex alumnos o profesores en la PUC. El argumento base es que lo actuado por el Mineduc generaría un menoscabo y un trato discriminatorio para las Ues privadas que son parte del CRUCh –que también tendrían un rol público–, frente a las universidades estatales.

Analizada la situación, es evidente que se está produciendo una confusión conceptual seria entre lo estatal, y lo público y lo privado, en las consideraciones que hacen la PUC y los parlamentarios que la apoyan. Esta confusión conceptual, que no toca solo lo educacional, induciría a que una institución privada y con propiedad y gobierno interno de origen y residencia extranjeros, en este caso el Estado Vaticano, cual es la PUC, alegue como derecho adquirido un ingreso financiero establecido a modo de un instrumento de fomento por el Estado, que está sometido a revisión anual y que es extinguible bajo consideraciones técnicas y financieras como las que fundamentan la Ley de Presupuesto.

[cita tipo= «destaque»]No se debe pasar por alto que la creación de la norma legal que invoca la PUC corresponde a un modelo privatizador de la educación que tuvo en jaque a la Universidad de Chile y al resto de las universidades estatales. No es casualidad que lleve la firma de Augusto Pinochet; Sergio Fernández, como ministro del Interior; Enrique Seguel Morel, en calidad de ministro de Hacienda (s); Alfredo Prieto Bafalluy, ministro de Educación; Mónica Madariaga Gutiérrez, ministra de Justicia; y Miguel Kast, como ministro del Trabajo y Previsión Social.[/cita]

Pero existe un segundo aspecto de no menor importancia, y es que el estatuto de autonomía que exhiben las universidades privadas respecto de su libertad académica y de sus actividades de extensión, y del que hacen gala de manera enérgica frente al Estado, les permite omitirse en muchos aspectos administrativos que sí obligan a las universidades estatales, y que son –muchas veces– una carga para estas últimas. Entre otros, no están sujetas al escrutinio de la Contraloría General de la República, sus empleados no son funcionarios del Estado, no están obligadas a cumplir con la Ley de Transparencia ni con la Ley de Compras Públicas y pueden, incluso, por motivos ideológicos muy ajenos a “la cosa pública”, contradecir políticas públicas oficiales del Estado de Chile, como ocurrió hace un tiempo en materia de salud pública cuando el Hospital Clínico de la PUC se opuso a distribuir la llamada “píldora del día después”. Es más, recordemos que autoridades de dicha universidad han liderado la oposición a la despenalización del aborto en tres causales –en plena tramitación en el Congreso de Chile– y han anunciado, a quien quiera oírlas, que no cumplirán con esa ley en el evento de aprobarse.

Este intento de la PUC de consolidar como un derecho adquirido un ingreso totalmente aleatorio, es en realidad una pretensión de crear un privilegio, solventado con dinero de todos los contribuyentes, que beneficia a una institución de propiedad de un Estado extranjero, que no tiene asidero de ningún tipo, menos en el argumento simplón de que la educación es un tema de alto interés público y el servicio de la PUC es de la mayor calidad.

También son de alto interés público la salud, la generación y distribución de agua potable o de energía eléctrica, y los prestadores privados que los operan no podrían pretender, como derecho, que el Estado les haga aportes financieros para que mejoren la calidad del servicio, cuando en realidad tienen tarifas de costos reales.

La subvención AFI para una institución Pontificia, que tiene objetivos que no necesariamente son los del Estado de Chile, que posee sus propias reglas de gobierno económico, con enormes bienes inmuebles destinados a la educación –de los que solo se puede disponer con dispensas especiales del Vaticano–, no puede ni debe ser una obligación. Y no puede ni debe institucionalizarse un privilegio de esta naturaleza.

Es evidente que la educación, tanto como derecho y servicio, pertenece a lo público. Ella debe ser entregada de acuerdo a las pautas generales establecidas para el sector. Pero también es evidente que, tal como lo establece la Constitución, existen no solo prestadores estatales sino también privados, que tienen una amplia libertad para ejercer sus servicios, incluida la orientación doctrinaria y el tipo de financiamiento de sus actividades, que han llevado la actividad a un carácter de industria, lo que es ampliamente debatido hoy en el país.

No se debe pasar por alto que la creación de la norma legal que invoca la PUC corresponde a un modelo privatizador de la educación que tuvo en jaque a la Universidad de Chile y al resto de las universidades estatales. No es casualidad que lleve la firma de Augusto Pinochet; Sergio Fernández, como ministro del Interior; Enrique Seguel Morel, en calidad de ministro de Hacienda (s); Alfredo Prieto Bafalluy, ministro de Educación; Mónica Madariaga Gutiérrez, ministra de Justicia; y Miguel Kast, como ministro del Trabajo y Previsión Social.

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