Publicidad

Profesionales de la salud y objeción de conciencia

Por: María Montserrat Martín


Señor Director:

El ejercicio de las profesiones que se dedican al cuidado de la salud y de la vida del ser humano, no es solo una “empresa técnica”, es una “empresa moral”, y esto implica que la toma de decisiones que realizan estos profesionales esté guiada por la consideración de sus obligaciones para con sus pacientes más que por el propio interés y esté también informada por la ley, los valores éticos del profesional y del ciudadano y los estándares profesionales. Es decir, los profesionales no deben actuar como meros técnicos que realizan servicios sino también como sujetos morales. Reconocer las apelaciones a la propia conciencia en estos profesionales que cuidan bienes tan básicos para el ser humano como la salud y la vida, alimenta, anima y promueve la integridad moral de dichos profesionales y este hecho en cierto modo es una garantía para los propios pacientes. Evitar que estos profesionales puedan negarse a actuar en contra de su conciencia en situaciones graves y correctamente fundadas, atenta contra la constitución de la propia sociedad democrática que se fundamenta tanto en el respeto a la ley como a la identidad ética de los ciudadanos ya que una vez obligado a traspasar el límite de la propia conciencia en un asunto tan serio y delicado como es el respeto por la vida de un ser humano, ¿cuál será el límite para futuras acciones?

María Montserrat Martín
Médico de Familia
Instituto Berit de la Familia
Universidad Santo Tomás

Publicidad

Tendencias