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Informe Sename: el fractal de las violaciones a los derechos humanos de los niños y las niñas Opinión

Informe Sename: el fractal de las violaciones a los derechos humanos de los niños y las niñas

Osvaldo Torres
Por : Osvaldo Torres Antropólogo, director Ejecutivo La Casa Común
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El Informe de la Comisión ha alentado a impulsar múltiples tareas a los diversos órganos del Estado que forman, en realidad, un conjunto de medidas de distinto nivel y tienen la virtud de mostrar que no hay posibilidades de resolver y garantizar los derechos humanos de los niños y las niñas sin una integración del esfuerzo de los servicios públicos y sin una autoridad con tuición sobre aquellos, para orientar, monitorear y controlar las acciones. No otra cosa se puede entender de su proposición de “adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas” para proteger los derechos de aquellos niños a los que se les han vulnerado.


El nuevo informe de la “Comisión Especial investigadora del funcionamiento del Sename” de la Cámara de Diputados, viene a reiterar y a abundar en datos y fallas procedimentales que tiene el actual sistema que provoca la desastrosa situación de los derechos de los niños y niñas que están bajo la tutela de ese servicio del Estado. Con el agravante de que esta situación se viene reiterando hace años y que ha impactado en miles de niños y niñas, dañando sus capacidades de ejercicio de sus potencialidades. Esto tiene responsabilidades individuales e institucionales.

Para el análisis del informe bien vale revisitar al filósofo y economista Amartya Sen, Premio Nobel de Economía, que respecto de los derechos humanos ha planteado una cuestión central, cual es la relación directa de estos con las libertades, que a su vez se relacionan con derechos y obligaciones. Pues de eso se trata el problema de los niños y las niñas bajo tutela del Estado: cuán libres son y qué posibilidades del ejercicio de sus libertades tienen.

Como se sabe, los DDHH no son expropiables ni renunciables, son para todas las personas sin distinción de edad y son imperativos a realizarse aunque no tengan reconocimiento legal (no todo derecho tiene expresión legal, como es evidente, en el caso chileno, con la Convención sobre Derechos del Niño y la falta de la Ley de Garantía de Derechos para Niños y Niñas). En cuanto a su contenido, son una afirmación ética que obliga a su cumplimiento y cuya viabilidad forma parte de los compromisos que contraen los estados.

Junto con lo anterior, forma parte del debate la idea de que hay obligaciones perfectas e imperfectas. La primeras están claramente determinadas respecto de quién debe proteger o dar condiciones para el ejercicio de los derechos (que son irrenunciables), como son el Estado y sus funcionarios; en tanto, las segundas, dicen relación con obligaciones “indeterminadas” pero que igual obligan a realizar todas las acciones razonables para ayudar a su cumplimiento (por ejemplo, puede ser la propia Comisión parlamentaria, que hace lo que en su esfera de competencia puede realizar; o las familias y vecindario, que debieran proteger y promover el desarrollo de los niños).

[cita tipo=»destaque»]Estamos en un punto clave. Se está diseñando una nueva institucionalidad a través de los proyectos de Ley de Garantías, de la Subsecretaría de la Niñez y del Defensor de la Niñez, lo que permitiría transformar estructuralmente las condiciones para que se puedan garantizar los derechos comprometidos con la firma de la Convención hace 27 años.[/cita]

Desde esta perspectiva, la Comisión parlamentaria ha dado un paso significativo, pues ha construido un consenso en varias cuestiones de fondo, que hasta hace poco provocaban divisiones: el reconocimiento a todos los niños como sujetos de derecho y no como “menores”; la afirmación de que el Estado debe invertir el máximo de los recursos en esta materia y no “según disponibilidad presupuestaria”; el que la institucionalidad es la que ha fracasado y no solo Sename; que se requiere un organismo autónomo y especializado para la política de infancia; que la judicialización de los niños pobres es la última instancia y no como ocurre hoy, en que Sename es solo un órgano auxiliar de los tribunales; que las orientaciones de la política pública deben estar guiadas por la Convención y los compromisos internacionales del Estado de Chile en esta materia.

El Informe de la Comisión ha alentado a impulsar múltiples tareas a los diversos órganos del Estado que forman, en realidad, un conjunto de medidas de distinto nivel y tienen la virtud de mostrar que no hay posibilidades de resolver y garantizar los derechos humanos de los niños y niñas sin una integración del esfuerzo de los servicios públicos y sin una autoridad con tuición sobre aquellos, para orientar, monitorear y controlar las acciones. No otra cosa se puede entender de su proposición de “adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas” para proteger los derechos de aquellos niños a los que se les han vulnerado.

Considerando, entonces, que el diagnóstico sobre el Sename que hace la Comisión es un “fractal” (en tanto es una muestra en pequeño de las violaciones a los derechos de los niños y las niñas que ocurren en otras esferas y grados), se requiere tomar medidas decididas para superar la situación estructural, cuya oportunidad es la actual discusión sobre la Ley de Garantía de Derechos.

Sobre este punto debiese construirse un consenso en ambas cámaras respecto de: a) La nueva institucionalidad está dirigida a todas y todos los niños y las niñas con independencia de su origen social, sexo, territorio, origen étnico o nacionalidad y opción sexual; b) la autoridad administrativa (Subsecretaría de la Niñez) debe tener atribuciones para dirigir un sistema de protección administrativa que opera en todo el país, adecuando las actuales OPD a tal fin; c) que el sistema de protección administrativa debe prevenir la judicialización de los niños a través del acompañamiento a estos y sus familias, y promoviendo la autonomía progresiva (libertad en tomar decisiones con responsabilidad según la edad), como generando redes comunitarias y teniendo leyes y normas que permitan la derivación de casos a servicios públicos y judiciales; d) que el sistema de protección especial para niños vulnerados en sus derechos sea parte integral de la protección general y no la bodega “del stock de niños sobrantes”, como pareciera ser la realidad actual; e) que el Consejo interministerial de Infancia sea responsable ante la ley de coordinar las metas y recursos de los ministerios asociados a los derechos que la ley debe garantizarles a los niños y las niñas.

Estamos en un punto clave. Se está diseñando una nueva institucionalidad a través de los proyectos de Ley de Garantías, de la Subsecretaría de la Niñez y del Defensor de la Niñez, lo que permitiría transformar estructuralmente las condiciones para que se puedan garantizar los derechos comprometidos con la firma de la Convención hace 27 años.

Por otra parte, hay un conjunto de propuestas concretas de la Comisión que pueden llevarse a cabo desde ya, para impedir más y nuevos sufrimientos a varios de los niños y las niñas que se relacionan con los tribunales o Sename.

Sería importante que, en este esfuerzo, la voz de las organizaciones de la sociedad civil, que han venido contribuyendo al debate sobre los cambios de fondo, también sean convocadas a participar de la Comisión que se propone en el Informe (Corte Suprema, Legislativo y Ejecutivo) para apoyar las medidas urgentes que salvaguarden a quienes están siendo vulnerados en sus derechos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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