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Servel, Gendarmería y la exclusión de la población penal

Diego Rochow
Por : Diego Rochow Investigador de Leasur (Litigación Estructural para América del Sur).
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Durante el año 2016, el Instituto Nacional de Derechos Humanos –INDH– logró, luego de una larga tramitación judicial, que la Corte Suprema, en cuatro sentencias diferentes, reconociera la inconstitucionalidad de una situación en que, de facto, se impide a las personas privadas de libertad legítimamente habilitadas, sufragar en cualquier clase de proceso electoral.

Por ello, la Corte ordenó al Servicio Electoral- Servel- y Gendarmería de Chile, adoptar las medidas de coordinación interinstitucional que resultaran necesarias para garantizar el ejercicio del derecho a sufragio de la población penal. Pese a estas decisiones judiciales, ni el Servel ni Gendarmería desarrollaron mecanismos efectivos para que las internas y los internos votaran en las recientes elecciones primaras. ¿Razones? Principalmente, la nula voluntad de ambos órganos administrativos por cumplir con los pronunciamientos judiciales. Saque sus conclusiones a partir de lo que sigue.

Hace cerca de un mes, desde ONG Leasur efectuamos, vía ley de transparencia, dos solicitudes independientes al Servel. Solicitamos información respecto a las medidas de coordinación interinstitucional que dicho organismo desarrollaría junto a Gendarmería para permitir que la población penitenciaria votara en las elecciones primarias. Como resultado, el Servel nos comunicó –también de manera independiente– que había pedido a Gendarmería informar si las personas “beneficiadas” por los fallos de la Corte Suprema aún se encontraban recluidas, y de ser así, qué medidas implementaría la administración penitenciaria para trasladarlas a los locales de votación.

[cita tipo=»destaque»]En Chile la prisión opera como un espacio de exclusión tanto física como simbólica. Al igual que en otras sociedades occidentales, la cárcel se ha convertido en un ambiente “normal” de socialización para los sectores más precarizados.[/cita]

Pedimos la misma información a Gendarmería; la institución indicó que el Servel era el órgano encargado de entregar los antecedentes. Cabe agregar que el Servel nos negó una solicitud de reunión vía ley de lobby para tratar el mismo asunto, bajo el argumento de que este no se contemplaba en ninguno de los tópicos que se asocian a la normativa. ¿Problemas? Ambas instituciones desconocen el contenido de los fallos de la Corte y, particularmente, la necesidad de desarrollar medidas de coordinación interinstitucional para cumplir con ellos. Mediante un irrisorio ejercicio formal de derivación de responsabilidades, ambas instituciones han hecho caso omiso de la obligación que les impuso la Corte Suprema. Y ello podría deberse a que, o derechamente ninguna de las entidades comprendió el sentido de las decisiones judiciales, o bien, a que de manera deliberada prefieren no entenderlo.

Fuera del ánimo de denuncia que subyace a esta columna, y a los obvios cuestionamientos que deben realizarse al Servel y a Gendarmería por incumplir los requerimientos de la Corte Suprema, creemos que lo que puede desprenderse de las omisiones de ambos organismos es la verdadera lógica con que operan las instituciones estatales cuando se trata de hacer frente a las carencias del aparato penitenciario.
En Chile la prisión opera como un espacio de exclusión tanto física como simbólica. Al igual que en otras sociedades occidentales, la cárcel se ha convertido en un ambiente “normal” de socialización para los sectores más precarizados. Sin embargo, la prisión no opera en un espacio aislado del resto del sistema institucional.

A ella rodean, y en ella convergen, otras instituciones públicas. Los tribunales de justicia y los órganos dependientes del Ministerio de Justicia son las principales entidades que intervienen durante la ejecución de las sanciones privativas de libertad. Y aquí está nuestro punto. La cárcel constituye uno de los principales espacios de exclusión en Chile debido a la forma en que ella se concibe por parte de las instituciones con las que opera y se relaciona.

Estas últimas han desarrollado un discurso y una práctica que naturaliza la inhumanidad e indignidad de la privación de libertad como mecanismos de administración de la pobreza y, a su vez, han constituido a los presos y las presas como sujetos antagónicos a los “ciudadanos” y las “ciudadanas”. Esto último permite legitimar una política criminal que depende de la figura del “delincuente” para crear una especie de independencia en que las instituciones producen y reproducen modelos subjetivos de “ciudadanos y ciudadanas” que serían competentes para desenvolverse en la vida política. Las omisiones del Servel y Gendarmería revelan esta lógica subyacente. Mantener la exclusión de las presas y los presos de la vida política reproduce el estado de permanente antagonismo entre “ciudadanos y ciudadanas” y “delincuentes” que permite a la clase política justificar la legitimidad de leyes, normas, y decisiones administrativas que sostienen el status quo del sistema político chileno.

Dado este diagnóstico, probablemente en las próximas elecciones la población penal no podrá votar, y ello no sería una sorpresa ante una clase política hegemónica que se aferra al poder a costa de excluir de los procesos de discusión y deliberación política a las minorías que, como las internas y los internos, resultan funcionales para su reproducción. Frente a esta realidad, los grupos políticos emergentes y la sociedad civil organizada, no pueden olvidar que las presas y los presos forman parte de ese grupo de ciudadanos y ciudadanas marginados que está llamado a reconfigurar la institucionalidad del país en pos de construir una sociedad más justa e igualitaria.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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