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El rol del padre en la decisión de una mujer en las tres causales de Aborto

Por: Lidia Casas Becerra


Señor Director:

Los abogados Ramón Briones y Hernán Bosselin sostienen que el proyecto de ley sobre aborto en tres causales que está sometido al Tribunal Constitucional omite la existencia del padre, quien después de todo, tiene un derecho de opinión en la causal 1 – riesgo de vida de la mujer gestante – en la 2 – cuando el feto padece de una malformación congénita letal – o el padre o los familiares de la niña cuando el padre no haya sido el violador. Postulan que “no se trata de institucionalizar un patriarcado, sino reconocer que el padre, que junto con la madre han engendrado un hijo, una nueva vida, tiene también derechos naturales o legales para proteger la vida del que está por nacer, como igualmente la vida de la madre”.

Este argumento está lejos de mostrar cualquier humanidad, no reconoce a la mujer como sujeto pleno, y refuerza aún más su condición de sujeto invisible, cultural y jurídicamente subordinado. Me pregunto, señores varones, ¿en qué circunstancias tendrían sus mujeres, sus cónyuges o parejas, derecho, facultad o veto para decidir si deban o no poner sus propias vidas en riesgo ante una situación límite?

Está claro que los varones aportan para constituirse en padres biológicos, pero déjeme explicar no llevarán nunca el luto por dentro y por fuera de sus vientres. No serán felicitados en la calle, en sus espacios laborales, o por dondequiera que caminen por esta gestación, no tendrán que compartir los espacios con las gestantes sanas, no serán ubicados en los espacios de maternidad con aquellas mujeres que han parido hijos sanos y que vivirán, no tendrán que pelear con las Isapres por las licencias de salud mental ni pagar en el sistema privado por las sesiones de terapeutas. Como deja claro una psiquiatra en una entrevista realizada en un hospital público, “hasta los más machos, los delincuentes, en el box dicen que ella decida”.

Que más lejos de la humanidad, que los padres tengan la posibilidad de veto cuando una niña ha sido violada, o que los familiares impongan su parecer. Muchos de ellos no han cuidado a esa niña, han sido cómplices de lo que ocurría, luego instarán a que se acepte la maternidad forzada por una violación y cuando se produzca el parto favorecerán el apego, y en algunos casos graves, que el padre, el violador, tenga contacto con esa niña porque después de todo el nacido necesita un padre, ya que biológicamente lo es. Hago mías las palabras de la Senadora Lily Pérez, tengo rabia.

Lidia Casas Becerra
Directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales

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