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Norma de campos clínicos: La ausencia de mirada estratégica de formación en salud

Cristián Felipe González
Por : Cristián Felipe González Licenciado en Medicina y miembro del Consejo de Centros de Estudiantes de Medicina, Facultad de Medicina U. de Chile.
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El Ministerio de Salud (Minsal) inició en 2014 un proceso de auditoría respecto a la relación asistencial docente  entre las instituciones formadoras y los campos clínicos, en el contexto de la política de calidad, seguridad de la atención y formación de especialistas en salud. Esta auditoría reveló la serie de irregularidades que se viven en los recintos de salud, por lo cual se decidió mediante la ord 298  en febrero del 2017 crear una modificación a la norma que regula la asignación de Campos Clínicos.

Dicha propuesta fue presentada en Junio del 2017 en una Jornada de discusión con representantes de la formación en salud (Facultades de Medicina, Colmed, Asemech, entre otras)  la cual fue rechazada por una unanimidad y género disensos en múltiples puntos. En este contexto, según el calendario trazado por el Minsal, el 30 julio comenzó el proceso de elaboración de la propuesta final para su posterior validación de autoridades ministeriales y las facultades de medicina.

El 5 de septiembre del año 2017, se aprueba la Norma Técnica administrativa que regula la relación asistencial docente y establece proceso de asignación de campo clínico docente de formación profesional y técnica de pregrado, N°19. Esta aprobación estuvo exenta de la aprobación de los distintos actores y aún es un debate abierto las diversas modificaciones que podría tener, donde los comandos de ambos candidatos han elaborado propuestas al respecto.

Dentro del documento que compone la norma, se menciona en sus inicios que “ al estado le compete la definición de una política pública en materia de formación del personal sanitario de nuestro país” y posteriormente menciona los cambios en los procesos de asignación  donde se asignará un puntaje por Universidad para su postulación que comprende dos áreas principales: Componente Institucional (85%): Incluye que el centro tenga formación en todos los niveles de la red con énfasis en atención primaria, que aporte cupos en en el Plan Nacional de formación de especialistas, adhesión a la gratuidad y años de acreditación de la carrera entre otros elementos, Componente de contribuciones (15%): Fomento de la investigación y desarrollo tecnológico del recinto asistencial, capacitación y perfeccionamiento y mejoramiento de espacio docente entre otras cosas.

La modificación de la norma de asignación de campos clínicos abre una oportunidad esencial para lograr mejorar la formación en salud que actualmente se vive en Chile y la serie de irregularidades que se observan en la actualidad. Sin ir más lejos, un 15% de los recintos de salud posee estudiantes de entidades formadoras sin convenio docente asistencial y un 56% de los convenios no considera académicos para la supervisión de sus estudiantes registrados en la superintendencia de salud. A esto se suma, que existe una nula fiscalización de las condiciones de los estudiantes como también de los planes de desarrollo que otorgan los centros formadores a los recintos de salud donde habitan.

[cita tipo=»destaque»]Sin ir más lejos, un 15% de los recintos de salud posee estudiantes de entidades formadoras sin convenio docente asistencial y un 56% de los convenios no considera académicos para la supervisión de sus estudiantes registrados en la superintendencia de salud. A esto se suma, que existe una nula fiscalización de las condiciones de los estudiantes como también de los planes de desarrollo que otorgan los centros formadores a los recintos de salud donde habitan.[/cita]

A pesar de esto, el Minsal decidió generar una propuesta que no soluciona los problemas de fondo y termina por otorgar una salida administrativa con ausencia de visión a largo plazo de la formación de recursos humanos en salud. En ninguna parte de la norma se menciona cual es la estrategia de formación en salud y cómo esta responde a las necesidades del país. Se menciona casi de manera protocolar la necesidad de una formación centrada en la atención primaria, cuando no se clarifica los mecanismos de fiscalización de cumplimiento  y se perpetúa la formación general en centros de alta complejidad.

Las recomendaciones internacionales ( El desafío de los Hospitales, OPS/OMS Chile 2011) menciona que la formación médica en hospitales de alta complejidad tiene como consecuencia el modelamiento del  futuro profesional, cuyo objeto de trabajo se reduce al manejo experto de la enfermedad individual, con poco interés y compromiso por los determinantes sociales de los problemas de salud y con escasa conexión a la necesidad de responder a la diversidad que hoy día requiere la interrelación con la población. Es por esto que se recomienda adoptar el Modelo de formación Brasileño  de contextualización en los distintos niveles de salud, lo cual requiere una visión de la red de salud en su totalidad por parte de las entidades formadoras que asumen los convenios.

Es por esto que la modificación de la norma adolece de una visión en línea con las recomendaciones internacionales  que permita una formación en salud de manera íntegra y en todos los contextos poblacionales. Esto solamente se asegura con convenios que tengan detrás un proyecto de formación en salud que contemple no solamente un recinto hospitalario puntual, sino toda la red de salud en sus distintos niveles.

Por otra parte, si bien se asigna un 15% a “Componente de Retribuciones” donde se considera ámbitos como la investigación y desarrollo tecnológico que aporta la entidad formadora al recinto de salud, esto no parece suficiente. Establece un desarrollo estratégico  que contemple investigación y extensión en línea con las necesidades  de salud locales de la población, donde se generen mecanismos de fiscalización y apoyo por parte del MINSAL a las instituciones formadoras es el camino que podría lograr un verdadero desarrollo de los recintos de salud más allá de funcionar como un simple centro de prácticas.

Esta norma, fue analizada por el comando del recién electo Presidente de la República Sebastián Piñera quienes sugirieron modificaciones en un foro organizado por el Colegio Médico. El Dr. Luis Castillo (Decano Facultad de Medicina U. San Sebastián) como representante del comando centro sus propuestas en modificaciones a los puntajes de los requisitos para la asignación de campus clínico donde primaba más la defensa corporativa a los planteles privados (como  los privados fuera de la gratuidad tuvieran mayor puntaje) que una visión general de que formación se requiere en salud hoy.

Llama profundamente la atención que  el programa en salud de Sebastián Piñera  tenga como una propuesta central el fortalecimiento de la atención primaria  cuando no presentan ninguna propuesta en torno a cómo con la nueva norma de convenio docente asistencial  los centros de atención primaria se transforman en espacios docentes con  investigación y apoyo en el desarrollo de políticas sectoriales, y como además se enfoca la formación médica para el enfrentamiento temprano del estudiante a la atención primaria y con curriculum con formación en determinantes sociales. Pareciera ser, que la propuesta solo buscaría dejar en mejor posición a los planteles privados fuera de la gratuidad y omitir los aspectos políticos de fondo.

Está claro que la tarea del profesional de la salud se requiere para Chile, es un debate amplio que sigue pendiente de realizar. Es importante aprovechar la apertura a esta discusión para definir políticas en torno a una materia esencial para la salud del país. En el nuevo gobierno de Sebastián Piñera será esencial que los sectores sociales en salud tomen el timón y pongan sobre la mesa una propuesta que solucione la formación de recursos humanos en salud para una alicaída salud pública.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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