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Reforma a ley de donación de órganos

Por: Alejandra Zúñiga Fajuri


Señor Director:

El dictamen sobre donación de órganos de la Contraloría de diciembre pasado, en el que se declaró ilegal reemplazar la voluntad de las personas fallecidas –contenida en el listado del Registro Civil realizado entre 2010 y 2013- por la voluntad de la familia, sólo puede responderse por medio de una iniciativa legal.

Correctamente el ministerio de Salud ha ingresado un proyecto de ley que dará un plazo de 90 días a quienes integran ese listado, para que ratifiquen en una notaría su voluntad de no ser donantes.

Esto es precisamente lo que había que hacer. Respetar la voz de las personas. Que cada cual decida, en conciencia, si quiere o no ser donante. Que no lo decida su familia, ni un/a médica/o, ni el Estado.

Solo es fundamental que en dicho proyecto se incorpore la obligación, para el Estado y la notaría, de recordar a las personas la existencia en la actual Ley del “principio de reciprocidad”, es decir, del principio moral que dispone que, ante igualdad de condiciones médicas, se dará prioridad para RECIBIR un órgano a quien sea donante.

Este principio ético (la reciprocidad) nos recuerda que no estamos solos, que nuestras acciones tienen consecuencias para otros y para nosotros mismos y que no podemos pretender vivir en comunidad como lo hacen los «free riders» (polizontes), tomando aquello que no estamos dispuestos a dar.

​Dra. Alejandra Zúñiga Fajuri
​Profesora titular de​ la ​Universidad de Valparaíso

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