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La dimisión de Ponce Lerou: su miedo a la Comisión para el Mercado Financiero Opinión

La dimisión de Ponce Lerou: su miedo a la Comisión para el Mercado Financiero

De este modo, el comunicado emitido el viernes 22 de junio por Alberto Salas, presidente del Directorio de SQM, indicando que ha consensuado con Julio Ponce que este “no será asesor del directorio”, es la confirmación de la mala fe presumida que había detrás de su designación. Pero Ponce no desistió por la crítica de los gremios empresariales ni por las públicas diferencias de opinión, como lo indicó Salas. Desistió solo por miedo a la indagación de la CMF.


La prohibición de Corfo a Julio Ponce Lerou y a su familia, en orden a asumir cargos ejecutivos o de director en SQM y sus filiales, pactada en el mismo Acuerdo Conciliatorio de explotación de litio y de otros minerales en el Salar de Atacama, al menos, para un abogado, resulta una cuestión difícil de digerir jurídicamente. Sin duda, es una “rareza jurídica” que debiera ser fuente de análisis académico y doctrinario, porque la buena fe de las partes es un principio esencial implícito en todo contrato. Así lo aprendimos, abogados, jueces y licenciados en derecho.  

En efecto, la marginación del principal dueño de la empresa arrendataria, SQM, de participar en su administración a cambio de que la arrendadora, Corfo, acepte nuevas condiciones del arrendamiento, solamente se puede entender, cuando esta parte de la base de que aquel dueño actuará “de mala fe” y la arrendataria acepta que será así o que existe una alta posibilidad de que así sea.

Existió, pues, una presunción de Corfo que quiso salvar, haciendo confianza en que el Directorio –encabezado por un presidente independiente– y los ejecutivos de SQM –una vez alejados Julio Ponce y sus parientes cercanos de las tareas de la administración– pondrían fin al comportamiento “tramposo” que motivó el juicio arbitral entre las partes y que culminó con el referido Acuerdo Conciliatorio.

[cita tipo=»destaque»]A pesar de las estipulaciones “de amarre” que establecen prohibiciones, auditorías, controles, fiscalizaciones, causales de término anticipado, aplicación de la normativa anticorrupción, etc., a los ojos del mundo, se hacía muy difícil esperar que antes de que terminase la vigencia natural del Acuerdo Conciliatorio, el año 2030, este instrumento no sería burlado por la empresa arrendataria por acción, por omisión de obligaciones y/o por influencia de su principal dueño. Pero “lo que tenía que pasar pasó”, como en las profecías autocumplidas: a menos de 5 meses de suscrito el Acuerdo, Julio Ponce es “contratado” en calidad de “asesor estratégico del directorio”.[/cita]

No obstante, A pesar de las estipulaciones “de amarre” que establecen prohibiciones, auditorías, controles, fiscalizaciones, causales de término anticipado, aplicación de la normativa anticorrupción, etc., a los ojos del mundo, se hacía muy difícil esperar que antes de que terminase la vigencia natural del Acuerdo Conciliatorio, el año 2030, este instrumento no sería burlado por la empresa arrendataria por acción, por omisión de obligaciones y/o por influencia de su principal dueño. Pero “lo que tenía que pasar pasó”, como en las profecías autocumplidas: a menos de 5 meses de suscrito el Acuerdo, Julio Ponce es “contratado” en calidad de “asesor estratégico del directorio”.

Un primer indicio inequívoco de que la “mala fe presumida” será una constante mientras subsista el Acuerdo. En efecto, si la función exclusiva de todo directorio de una S.A. es “administrar” la empresa, “cualquier” asesoría que reciba constituye una injerencia en la administración y, por lo tanto, una función gerencial o ejecutiva. Más aún, si la “asesoría” es definida como “estratégica”. Y más, si reviste, el carácter de un “acto impositivo” de un socio controlador que elige tres directores de ocho y que se da el gusto de declarar que será ‘gratuita’, “porque a él le va bien cuando a SQM le va bien”.

Y el segundo indicio de la mala fe presumida lo dio el abogado de SQM, Gonzalo Aguirre, quien señaló (ver El Mercurio de 10 de junio pasado) que la prohibición a los hermanos Ponce, no se estipuló entre Corfo y SQM, sino entre Corfo y Pampa Calichera S.A., motivo por el cual jamás hubo consentimiento de SQM para que ellos quedaran inhabilitados como directores, ejecutivos o asesores estratégicos de SQM. Evidentemente, al abogado Aguirre no se le puede haber pasado que el contrato con Pampa Calichera es un anexo que se entendió parte integrante del Contrato con SQM.

De este modo, el comunicado emitido el viernes 22 de junio por Alberto Salas, presidente del Directorio de SQM, indicando que ha consensuado con Julio Ponce que este “no será asesor del directorio”, es la confirmación de la mala fe presumida que había detrás de su designación. Pero Ponce no desistió por la crítica de los gremios empresariales ni por las públicas diferencias de opinión, como lo indicó Salas. Desistió solo por miedo a la indagación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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