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Aisén: Suprema da potente respaldo a ministra Araneda y ‘archiva’ a obispo

En definitiva, el máximo tribunal dejó sentado que Infanti no puede intervenir jurídicamente en la causa por sólo ser un representante de la Iglesia, sino que es necesario que se haga parte en ella para que sea considerado por la judicatura.


La Corte Suprema entregó ayer jueves un potente respaldo a la ministra que investiga las muertes de jóvenes en Puerto Aisén, Alicia Araneda, y dio un paso más en la deslegitimación de las acusaciones a miembros del Poder Judicial que ha venido realizando el obispo de la zona, Luis Infanti.



El apoyo a la ministra vino esta vez a través de un fallo del Pleno del máximo tribunal, y ya no a modo de declaraciones ni gestos como el que tuvo el presidente del organismo, Mario Garrido Montt, al no recibir en audiencia al prelado el lunes de esta semana pues, se indicó, la agenda no lo permitía.



El obispo había concurrido al segundo piso del edificio ubicado en Compañía a fin de interponer lo que señaló que era una queja disciplinaria. Sin embargo, la presentación nunca tuvo esa forma sino que se trató de una serie de antecedentes aislados relativos a supuestas presiones de la jueza contra los testigos y situaciones que restringieron las visitas. Los antecedentes aportados por Infanti fueron desestimados, ordenándose su archivo.



El acuerdo de la Suprema contiene dos prevenciones incorporadas por los ministros Enrique Cury y Milton Juica que aportan el cariz más enérgico de la resolución. Una de ellas se refiere a la calidad de las denuncias efectuadas por Infanti y señala que "la presentación que se analiza se basa en atestados privados de dudoso origen".



Agrega que ello "impide abrir de oficio una investigación para poner en duda la actuación de una juez en la indagación que desarrolla con pleno ejercicio de sus facultades jurisdiccionales".



El texto del acuerdo pronunciado ayer tiene presente para ordenar el archivo que "los hechos que se mencionan en la presentación están siendo actualmente conocidos por los tribunales competentes mediante diferentes recursos deducidos por los afectados", por lo que la Corte Suprema podría eventualmente pronunciarse en última instancia respecto a ellos y, por ende, no le es posible ahora analizarlos.



También, "que en dicha presentación no se proporcionan antecedentes nuevos" ya que todos ellos "están en conocimiento de los órganos judiciales correspondientes". Además se señala que los antecedentes aportados no justifican "las impugnaciones que se formulan a la actuación de la señora ministro", a quien el obispo acusó de estar actuando arbitraria e ilegalmente.



En su considerando final, la Suprema sostiene, además, que el obispo carece de representación jurídica respecto de las partes involucradas en los respectivos procesos "y tampoco aparece legalmente investido de la legitimación activa requerida para intervenir en derecho, ante los tribunales, en relación con esas causas".



En definitiva, el máximo tribunal dejó sentado que Infanti no puede intervenir jurídicamente en la causa por sólo ser un representante de la Iglesia, sino que es necesario que se haga parte en ella para que sea considerado por la judicatura.



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