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La próxima reforma verde del Presidente Ricardo Lagos

El Gobierno tiene en sus manos el documento preliminar que aborda la reforma a la Ley de Bases del Medio Ambiente. La propuesta, a la que tuvo acceso El Mostrador, incluye la tipificación del "delito ambiental" y la redefinición de proyectos que requieren evaluación en esta materia.


Como parte del proyecto de modernización del Estado acordado a principios de año por el Gobierno, el ministerio Secretaría General de la Presidencia (Minsegpres) y la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama) han trabajado en la propuesta de reforma a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley 19.300) que debería ingresar al parlamento este año.



Las modificaciones que incluye este documento, sujetas a posibles cambios, recogen básicamente las inquietudes del mundo empresarial respecto a la tramitación de los proyectos. Así, se redefinirán las propuestas que deben someterse a evaluación, lo que implica que los esfuerzos del aparato público se concentrarán en iniciativas de mayor envergadura o en las que podrían ocasionar mayor daño al ambiente.



Además de incluir la postura de los privados, se incluye una de las permanentes preocupaciones de los sectores ecologistas: penalizar a quienes causen daño a la naturaleza.



Las modificaciones a ley, introducidas en un documento al que tuvo acceso El Mostrador, abordan tres áreas: el perfeccionamiento de los instrumentos de gestión ambiental vigentes, la incorporación de nuevas herramientas y el fortalecimiento institucional y del rol de coordinación de la Conama.



Uno de los puntos más relevantes abordados, es la "responsabilidad ambiental" que deben tener todos los actores en esta materia, por lo que se incorporaría en la normativa la figura del "delito ambiental".



El documento señala que al legislar sobre esa figura legal se puede "cerrar el círculo del sistema de protección de la legislación ambiental", lo que, según se explica, "es coherente con tratados y convenciones internacionales suscritas por Chile en materia de protección al medio ambiente". No tener tipificado este delito es una "carencia" de la Ley de Bases si se compara con otras legislaciones ambientales de países como Estados Unidos o Alemania.



Se aclara que el delito ambiental "principalmente debe ser tipificado para sancionar el manejo inadecuado de sustancias peligrosas, graves atentados contra recursos naturales o áreas protegidas; realización de actividades peligrosas sin las autorizaciones requeridas, declaraciones falsas relativas a contaminantes o a emisiones…».



En cuanto a la legislación penal chilena se reconoce «hay algunas faltas vinculadas a materias ambientales, delitos que se relacionan a la contaminación de las aguas marinas y a la protección de la biodiversidad, pero en términos muy generales".




La propuesta explica que "internacionalmente hay dos tendencias básicas: incorporar los delitos ambientales en la legislación penal general (Código Penal) o incluirlos en las legislaciones específicas".



Junto con lo anterior, se busca modificar normas sobre "responsabilidad por daño ambiental". Con ello se persigue dar "la titularidad de la acción a personas que tengan el interés de hacerlo, aun cuando no sean los que directamente hayan sufrido el daño o perjuicio", según dice el informe.



Nuevos roles de la Conama y las Coremas



Según la propuesta, otro de los puntos cruciales es que a la luz de experiencia de los diez primeros años de vigencia de la institucionalidad ambiental "se estima que una gestión estructurada sobre la base de un modelo de coordinación institucional resulta más eficiente que alternativas que busquen "sectorizar" el tema ambiental" por lo que se plantea que "la apuesta debe ser fortalecer el rol de la Conama".



En cuanto al Consejo Directivo de esta entidad se propone «entregarle la administración del presupuesto nacional ambiental, ejecutado por los distintos ministerios y servicios sectoriales, bajo la fiscalización del Consejo".



Se expone, además, la necesidad de crear el cargo de Ministro Presidente del Consejo Directivo de la Conama, que tenga como principal atribución velar por el adecuado funcionamiento del Consejo Directivo: «mantener la estructura de la dirección ejecutiva y generar una mínima planta regional». Esta inquietud fue planteada por el Premio Nacional del Medio Ambiente 2003, Fernando Dougnac, en una reciente entrevista con este medio.



En cuanto a las Comisiones Regionales del Medio Ambiente (Coremas) se establece que se debe fortalecer el rol coordinador de la gestión ambiental regional, quitándole la atribución sobre los proyectos ingresados al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, dejándola sí como segunda instancia. Las Declaraciones de Impacto Ambiental en una primera instancia serían evaluadas por los directores regionales de la Conama. Los Estudios de Impacto Ambiental tendrían como primera instancia de análisis el comité técnico.



Según la propuesta preliminar del Gobierno, en las modificaciones a la Ley 19.300 se dejarán fuera cuatro puntos: las normas del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), la esperada ley de residuos, el rol ambiental que deben cumplir los municipios y las competencias ambientales de los distintos servicios.



SEIA versus empresas



En cuanto a los instrumentos ambientales que se modificarán, se precisa que se debe "moderar» la importancia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) dentro de la gestión ambiental.



El cambio radicaría en disminuir las facultades reguladoras del SEIA y "limitarla a los elementos imprescindibles y sustanciales". También, se planea "reducir y precisar" el listado de proyectos que ingresan al sistema como forma de priorizar aquellos que podrían "ocasionar impactos ambientales de magnitud" y así focalizar mejor los recursos.



Como forma de simplificar los procedimientos y reducir los plazos de tramitación de los proyectos en el SEIA se fija como tope el 24 de marzo del 2004 para la dictación de un Decreto con Fuerza de Ley. Este reducirá el tiempo de tramitación de los estudios y declaraciones de impacto ambiental a un máximo de 90 días.



También este instrumento extendería el plazo de participación ciudadana a toda el período de evaluación de los proyectos.



El documento plantea que la reforma profundice, además, la educación ambiental de la ciudadanía a través, por ejemplo, del programa de certificación de colegios -que se encuentra en marcha- y la promoción de donaciones al Fondo de Protección Ambiental. Sobre este punto se proponen beneficios como exenciones tributarias a quienes aporten recursos, sistema parecido a la ley de donaciones culturales.



Se plantea, por último, que las áreas silvestres protegidas de propiedad de privados sean eximidas de tributos, tal como sucede con los predios fiscales.



VEA ADEMAS:



Sepa lo que no incluirá la reforma



Las propuestas ambientales de ministerios e intendencias



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