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‘Reforma verde’ de Lagos pasará por el cedazo de la ciudadanía

En las próximas semanas organizaciones civiles y políticas comenzarán a analizar la reforma a la Ley de Bases del Medio Ambiente, que busca tipificar el delito ambiental, agilizar la tramitación de proyectos y aclarar qué entidades son las llamadas a fiscalizar.


El Gobierno tiene listos los cambios a la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, los que forman parte de la Agenda Pro Crecimiento y de Modernización del Estado. Previo a ingresar al Congreso, ellos serán entregados al consejo consultivo de la CONAMA, a los comités de medio ambiente de los partidos políticos, ONGs, y empresarios para su discusión y entrega de observaciones.



Tal como adelantó El Mostrador.cl,
las modificaciones abordan tres áreas : perfeccionamiento de los instrumentos de gestión ambiental vigentes, incorporación de nuevas herramientas y fortalecimiento institucional y del rol de coordinación de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama).



La reforma verde, consensuada entre la Conama y el ministerio Secretaría General de la Presidencia, fue confeccionada a partir de sugerencias de las comisiones regionales de medio ambiente y de distintos ministerios.



Los cambios que incluye este documento acogen también las inquietudes del mundo empresarial respecto a la tramitación de los proyectos de inversión. Así, se redefinirán las propuestas que deben someterse a evaluación, lo que implica que los esfuerzos del aparato público se concentrarán sólo en aquellas iniciativas que podrían ocasionar mayor daño al ambiente.



Junto con incluir la postura de los privados, la reforma incorpora una de las permanentes preocupaciones de los sectores ecologistas, que es penalizar a quienes causen daño a la naturaleza.



El director de la Conama, Gianni López, explicó a este medio que varias razones justifican estos cambios legales: "el avance de las exportaciones del país, un nuevo período de crecimiento económico y mayor participación de las empresas en el cuidado por el medio ambiente".



Según López, otra de las razones que llevó al Gobierno a promover esta reforma es la necesidad de contar con la "legislación consolidada" que se requiere para implementar los tratados de libre comercio con Europa y Estados Unidos.



"Una fuerte señal de los gobiernos de la Concertación es que la disposición del cuidado de la naturaleza se ha materializado, por ejemplo, en la planta de tratamiento de aguas servidas La Farfana, situación que hace una década no se pensaba. Es histórico que la gente hoy pague para que las aguas que llegan a los ríos estén limpias", remarcó.



Durante la evaluación que se hizo a la Ley actual se detectaron dos deficiencias en lo que se refiere a educación e investigación: no existe un carácter "programático" de la primera y falta financiamiento para la investigación. Para suplir estas falencias, se incorporarían a la Ley instrumentos específicos y exenciones tributarias para las donaciones con fines ambientales.



El documento preliminar incorpora un párrafo que consagra los principios que forman esta Ley. Ellos son: precaución, prevención, "quien contamina paga", participación, información, desarrollo sostenible, e integración del medio ambiente en decisiones públicas.



Delito ambiental



Uno de los puntos claves de la reforma es la tipificación del delito ambiental. Según el documento, esto es útil, pues no existe un régimen sancionatorio general para las infracciones ambientales y hay distorsiones en el mecanismo de fiscalización en relación a éstas.



Hasta ahora, las sanciones administrativas están circunscritas al cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental y el resto de las infracciones son parte del ámbito de los tribunales.



Frente a esto Gianni López explicó que, "la creación de nuevos instrumentos de gestión ambiental y la acreditación o certificación de proyectos exigen ampliar el régimen de sanciones administrativas para controlar su cumplimiento".



El documento de la reforma plantea que el catálogo actual de sanciones resulta "insuficiente" y no guarda relación con los efectos de las infracciones. Por ello se ampliará este registro de sanciones administrativas y se aumentará el rango de multas aplicables según el delito.



El proyecto, además, define el rol de la Conama y de las Comisiones Regionales del Medio Ambiente (Coremas), encargadas de evaluar los proyectos cuando se detecten incumplimientos en proyectos de inversión.



Se establece que las Conamas y las Coremas podrán fiscalizar directamente y recibir denuncias de particulares. También, que estas entidades puedan requerir colaboración de otros organismos para los exámenes, y que toda infracción cursada a un proyecto sea comunicada.



Las anteriores modificaciones se realizaron tras detectarse dificultades con la fórmula antigua, pues no establecía claramente los roles de la Conama frente a organismos sectoriales y no entregaba a la institucionalidad ambiental la iniciativa para la aplicación de sanciones.



Evaluación de proyectos



Según López, durante la década del 90 los empresarios veían al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) como "un lomo de toro".



Sin embargo, en el plazo de un año debería modificarse este mecanismo, para que en un máximo de 90 días un empresario pueda tener calificado ambientalmente un proyecto. Un avance en esta materia se verifica en que los inversionistas pueden entregar los antecedentes en esta materia vía internet.



Los cambios propuestos a la Ley 19.300 indican que sólo se excluirán del SEIA los proyectos que posean estudios técnicos calificados. El resto seguirán siendo parte de la lista tradicional de inversiones que requieren evaluación como, por ejemplo, embalses, aeropuertos, terminales de buses o conjuntos habitacionales.



También se modificarán las declaraciones de impacto ambiental, análisis que se realizan para inversiones de menor relevancia. El problema está, dice López, en que ellas se han convertido "en un verdadero estudio de impacto ambiental", con todas las complejidades que ello implica.



El director de la Conama enfatiza que las modificaciones permitirán que los titulares de los proyectos puedan realizar procesos participativos con la ciudadanía con anterioridad a su ingreso a la evaluación y extensible a todo el proceso. Así, se incorporará el mecanismo de audiencias públicas como función «permanente» de las Coremas.



Los cambios a la Ley 19.300 también implican que las resoluciones de calificación ambiental de los proyectos tendrán un plazo de vigencia. El objetivo es que la autorización caduque si el proyecto no comienza a ejecutarse en ese plazo indicado.



El proyecto plantea que se disminuya la cantidad de participantes en las Coremas para darle un funcionamiento "más eficiente". Con ello se excluirán a los gobernadores y sólo dos consejeros regionales debieran integrar esta entidad.



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